Una madrugada de octubre del 2023, la madre dio a luz a una niña y la dejó abandonada cubierta con una toalla
La Audiencia Provincial de Málaga impone siete años de prisión para cada progenitor por tentativa de homicidio
MálagaLa Audiencia de Málaga ha impuesto un total de 14 años de cárcel a los padres de la bebé que fue abandonada de madrugada en un descampado junto a una estación ferroviaria de la capital malagueña.
Según han trasladado fuentes judiciales a Europa Press, el juicio se celebró en febrero, pero la sentencia aún no es firme, pues los acusados han recurrido y todavía sus recursos están en tramitación.
En cualquier caso, en el fallo se les impuso la pena de siete años de prisión a cada uno por un delito de tentativa de homicidio. Según considera probado la Sala, un día de octubre de 2023, los procesados habían quedado para verse.
Ambos iban a asistir a un evento deportivo en la ciudad, viajando ella desde Córdoba y él desde Fuengirola. Esa misma noche, la mujer dio a luz y, poco después, dejó a la recién nacida en una explanada de hormigón.
Concretamente, ese espacio estaba ubicado en las inmediaciones de la estación de tren Victoria Kent. "Dicho abandono se materializó exclusivamente por la procesada, cubriendo a la bebé con una toalla y con una especie de sudadera", recoge la sentencia.
La resolución añade que ninguno de los dos procesados llamó a los servicios sanitarios de urgencia, como sí hicieron antes cuando ella experimentó dolores de parto; ni tampoco solicitaron auxilio de alguna persona que pudiera encontrarse por el lugar en el que habían dejado a la niña.
Sin avisar a nadie, la pequeña fue localizada aún con vida
Dos horas después de los hechos, los procesados acudieron a montarse en el Cercanías que les llevó hasta Fuengirola, yendo, posteriormente, a la vivienda del varón, donde estuvieron hasta el día después, cuando ella regresó a Córdoba.
Durante todos estos intervalos de tiempo ninguno de los dos avisó a alguna autoridad, servicio sanitario o terceros de cualquier otra consideración la realidad del abandono llevado a cabo.
Aunque fue la mujer quien la abandonó, la sentencia señala que el hombre no adoptó ninguna medida para evitar que ella lo hiciera. En las fechas posteriores cambiaron de número de móvil para no ser localizados.
Y es que la madre se enteró por las redes sociales de que su niña no había muerto y había sido encontrada aún con vida a la mañana siguiente del abandono, a las ocho horas.
"Indiferente" que supiera o no que estaba embarazada
Para la Sala de Málaga, no es un delito de asesinato y, por tanto, no puede tener concurrencia la circunstancia de alevosía, y considera que resulta "indiferente" que la procesada supiera o no que estaba embarazada o que el procesado dijera que no le notó síntomas.
El Tribunal señala en su escrito que a ambos se le tuvo que representar "la posibilidad cierta" del fallecimiento, debido al abandono; la hora en que se produjo; el momento; las condiciones climatológicas propias de esa fecha y la probabilidad de que no fuera encontrada viva.
"Afortunadamente, no murió", reitera el fallo, justificando en parte que ese día la temperatura era de unos 21 grados centígrados y ello evitó el deceso, por ejemplo, por frío.
Además, apunta a las contradicciones entre ambos acusados, cuando ella a pregunta de su letrada declaró que pensó que la bebé estaba muerta, porque ni lloraba ni tenía los ojos abiertos, y la del acusado que dijo que la mujer le dio el pecho antes de dejarla.
Privación de la patria potestad para ambos
Los dos procesados reconocieron que se había producido el alumbramiento y que la dejaron en el descampado, por lo que considera que "resulta evidente que el comportamiento consistente en el abandono de la bebé recién nacida comportaba la representación de que la misma podría perder la vida".
"No obstante, no les importó a ninguno de los dos asumir tal eventualidad", indica la sentencia, en la que se descarta que se trate solo de un delito de abandono de menores y también que concurran circunstancias de intoxicación etílica u obcecación, que atenúen la pena.
Por estos hechos, además del encarcelamiento, se les impuso a cada uno la prohibición de aproximación a la víctima durante diez años y la medida de libertad vigilada, tras la prisión, por el mismo tiempo.
Incluso se aplica la pena de privación de la patria potestad de la menor para la madre y también para el padre, en el supuesto de que el mismo, finalmente, fuera el progenitor, algo que él ha negado en todo el procedimiento judicial.
