Arranca la campaña de la Renta de los ERTE y el Ingreso Mínimo Vital

  • 20 millones de contribuyentes deben presentar la renta

  • Los ERTE cuentan como un segundo pagador

  • El receptor del IMV, obligado a presentar la renta

Arranca la campaña de Declaración de la Renta para más de 20 millones de españoles. Desde hoy, se puede presentar vía telemática. Para hacerlo de forma telefónica o presencial, aún habrá que esperar. Este año, la novedad será el cómputo de los ERTE y el ingreso mínimo vital.

La declaración de la Renta se puede presentar desde hoy y hasta el 30 de junio. Aunque quienes prefieran hacerla por teléfono tienen que esperar al 6 de mayo. Y quienes opten por hacerlo de forma presencial hasta el 2 de junio.

Para hacerlo por Internet, a través del programa Renta Web o la app de la Agencia Tributaria, es necesario certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

La campaña de este año va a estar marcada por la pandemia de coronavirus, es decir, por los hasta tres millones y medio de trabajadores que estuvieron en un ERTE durante el confinamiento de la primera ola. "He cobrado dos meses de ERTE", confiesa un trabajador.

El pago del SEPE cuenta como un segundo pagador. “Lo más probable es que les salga a pagar porque las prestación por ERTE y desempleo no llevan retención", ha explicado una asesora fiscal.

El mínimo para hacer la declaración es de 22.000 euros al año, o de 14.000 si tiene dos pagadores. También es obligatoria para quienes han recibido en 2020 el Ingreso Mínimo Vital (IMV) -460.000 personas- y si los abonos de todos los que no son el principal superan los 1.500 euros. "No he hecho números porque me da miedo pero me saldrá a pagar seguro", admite una mujer.

Para los trabajadores en ERTE que les salga a pagar, Hacienda les permitirá fraccionarlo en seis meses, entre julio y diciembre, sin intereses.

Hay a quien ni ese fraccionamiento le consuela. "A mí me parece un poco vergonzoso que nos pidan y nos hagan devolver ese dinero", dice una mujer.

El plazo termina el 30 de junio, salvo para las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse, que tendrán que estar entregadas antes del 25 de junio.