El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco desestima íntegramente el recurso presentado por la empresa contra el fallo inicial del Juzgado de lo Social número 12 de Bilbao
Una experta avisa sobre los motivos por los que una empresa puede despedirte aun estando de baja: "No implica ser inmune"
BilbaoUna empresa vasca tendrá que readmitir e indemnizar a un trabajador, –además de pagarle todo el salario que ha dejado de abonarle en este tiempo–, después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJV) haya declarado nulo su despido, el cual la compañía acometió poco después de que expresase su “malestar y descontento con la gestión de las vacaciones de los integrantes de su departamento”.
Por medio de una sentencia fechada en el 5 de mayo de 2026, el TSJV desestima íntegramente el recurso presentado por la empresa contra el fallo dictado inicialmente por el Juzgado de lo Social número 12 de Bilbao, el cual declaró nulo el despido, ordenando la readmisión inmediata del trabajador afectado al estimar que la extinción de su contrato se efectuó como una represalia vinculada a sus quejas laborales previas.
El despido del trabajador, un mes después de quejarse de la gestión de las vacaciones
En la revisión del caso y la contextualización del mismo, el auto refiere en primer lugar que en 2023 el trabajador despedido, con apenas un año de experiencia en la empresa, inició un procedimiento legal para reclamar que le fuese reconocida una categoría o grupo profesional superior, lo que culminó con un acuerdo judicial.
Después de aquello, fue a finales de 2024 cuando, según recoge el diario Hoy citando el auto, el implicado expresó su “malestar y descontento” con la gestión de las vacaciones, pidiendo aclaraciones al respecto.
La respuesta obtenida a aquella solicitud llevó a que el trabajador continuase “manifestando su discrepancia”, solicitando soluciones. Solo un mes después, se acometió su despido.
La empresa, alegando “causas objetivas”, le remitió la carta de extinción de su contrato argumentando su “insuficiencia manifiesta para desempeñar las funciones correspondientes a la categoría profesional reconocida en su contrato de trabajo”.
“A pesar de las oportunidades y medios proporcionados por la empresa para mejorar su desempeño, no se ha alcanzado el nivel esperado para cumplir con los estándares exigidos por el puesto”, señalaba la compañía en la carta de despido, añadiendo que habían “evaluado cuidadosamente” su situación “antes de tomar la decisión” y “considerando todas las posibles alternativas”.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco resuelve a favor del trabajador
Tras los recursos presentados por la empresa contra el fallo del Juzgado de lo Social número 12 de Bilbao, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha resuelto desestimándolos y resolviendo que existían indicios suficientes de represalia por parte de la compañía por las protestas laborales realizadas por el trabajador.
De ese modo, el TSJV apunta a una “voluntad empresarial clara e inequívoca" de extinguir su contrato vinculada al conflicto laboral previo. Por eso, rechazan, como pretendía la empresa con su recurso, la declaración únicamente de un despido improcedente, ratificando su nulidad por la vulneración de derechos fundamentales.
En consecuencia, la empresa tendrá que readmitir al trabajador, pagarle una indemnización de 6.500 euros y, por otro lado, abonarle los salarios que no le han pagado durante todo este tiempo: una cantidad que, sumando todo, ronda los 57.000 euros.

