El nuevo modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero elimina la imprescriptibilidad del delito
El texto del modelo 70 modificado en el Senado recoge que las sanciones no podrán superar el 50 % de la cuota defraudada
El cambio del modelo 720, exigido por la Justicia de la EU, entrará en vigor en pocas semanas
El Ministerio de Hacienda ha modificado el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero, tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE) que consideraba algunos aspectos contrarios a Derecho, y ha rebajado las elevadas sanciones que contemplaba, al tiempo que ha eliminado la imprescriptibilidad del delito, que ahora tendrá un plazo de prescripción de cuatro años.
El Gobierno ha aprovechado la tramitación en el Senado de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto el pasado mes de marzo, para introducir, a través del PSOE, un conjunto de enmiendas que adecúen la declaración de bienes y derechos en el extranjero a la sentencia del TJUE.
El Ejecutivo recuerda en las enmiendas que la sentencia del TJUE ha dictaminado que determinados aspectos del régimen jurídico asociado a la obligación de declaración de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720) incurren en incumplimiento de la normativa europea. En consecuencia, añade, se hace necesario modificar dicho régimen jurídico para adecuarlo a la legalidad europea.
Ahora, los cambios introducidos por Hacienda suponen aplicar a esta norma las sanciones y plazos de prescripción contemplados en la Ley General Tributaria, por lo que el delito derivado del modelo 720 prescribirá a los cuatro años como es habitual en los delitos fiscales y las sanciones no podrán superar el 50% de la cuota defraudada, de acuerdo con el régimen general de la citada norma.
Por tanto, los cambios entrarán en vigor en pocas semanas y afectarán, según precisa una de las enmiendas, a los periodos impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2020 y que no hayan concluido aún.
¿Qué es el modelo 720 de declaración de bienes o derechos en el extranjero?
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ha declarado contraria a Derecho la ley que obligaba a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos en el extranjero por medio del conocido como modelo 720, permitiendo a Hacienda imponer altas sanciones a quien no lo hiciera, aventura el fin de algunas de las argumentaciones clásicas sobre su lugar de residencia que han utilizado los famosos perseguidos por la Agencia Tributaria para defenderse.
Pero, ¿qué es el modelo 720?. Éste es el que exige a los ciudadanos a informar sobre los bienes en el extranjero. En él se establecen multas que pueden llegar hasta el 150% en el caso de que se presente fuera de plazo ante la Agencia Tributaria.
La medida se impulsó por el exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, durante la etapa del Gobierno del Partido Popular de Mariano Rajoy.
Dentro de la norma, que en un principio era meramente informativa, pero que después se ha convertido en una fuente de ingresos para el Estado, se prevén sanciones de 5.000 euros por cada dato que no se haya declarado, con un mínimo de 10.000 euros.
En el caso de que se haya declarado pero se haya realizado fuera de plazo, las multas en ese caso serán de 100 euros por cada dato aportado, con un mínimo de 1.500.
En 2015, Bruselas avisó de la ilegalidad del modelo 720 a España, pero ni el Ejecutivo de Rajoy ni el actual de Pedro Sánchez han hecho nada para modificarlo. Ahora, el TJUE obliga a Hacienda a rebajar las sanciones.
Según datos de la Agencia Tributaria, desde la entrada en vigor en 2013 del modelo 720, se han impuesto más de 5.000 sanciones a los contribuyentes, poniendo bajo control más de 156.000 millones de euros de bienes por parte de Hacienda.











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