Adiós a la paga extra de Navidad: el grupo de jubilados que no podrá cobrarla en 2025

Con 9,4 millones de pensionistas registrados, la Seguridad Social afronta un desembolso excepcional. Pixabay
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La llegada de la paga extra de Navidad en noviembre de 2025 supone un respiro económico para millones de pensionistas en España.

Este ingreso adicional, consolidado desde hace décadas dentro del sistema público de pensiones, permite aliviar el aumento de gastos característico del final del año.

Sin embargo, no todos los beneficiarios tendrán acceso a esta percepción extraordinaria, ya que un colectivo concreto quedará excluido del abono de la extra navideña este 2025.

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A pesar de que los bancos han vuelto a adelantar la fecha de pago para facilitar el doble ingreso mensual, la Seguridad Social recalca que el derecho a cobrar esta paga depende estrictamente del tipo de pensión percibida y de la normativa que regula cada modalidad.

Un esfuerzo financiero sin precedentes para la Seguridad Social

La paga extraordinaria de Navidad forma parte del esquema de 14 pagas anuales propias de las pensiones contributivas en España.

Dos de ellas, en junio y noviembre, corresponden a ingresos adicionales que se abonan junto a la mensualidad ordinaria. Esto implica que en noviembre de cada año se dupliquen las transferencias destinadas a los pensionistas.

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Con 9,4 millones de pensionistas registrados, la Seguridad Social afronta un desembolso excepcional. Para contextualizar el volumen, basta recordar que la nómina de pensiones de octubre de 2024 ascendió a 13.675,8 millones de euros.

En noviembre de 2025, el pago superará ampliamente los 30.000 millones, debido precisamente a la suma de la extra. La prestación de jubilación continuará siendo la que absorbe la mayor parte de los recursos, ya que afecta a 6,6 millones de personas y representa más del 70% del total invertido en pensiones contributivas.

El peso de esta inversión es tan significativo que convierte a diciembre de 2025 en uno de los meses más exigentes para las arcas del sistema. Aun así, forma parte del funcionamiento habitual y previsto dentro del marco legal vigente.

Calendario de pagos adelantado por los bancos

Aunque la Seguridad Social realiza formalmente los pagos a principios de diciembre, las entidades bancarias mantienen la práctica habitual de adelantar los ingresos para mejorar la gestión y ofrecer comodidad a sus clientes.

Durante el ejercicio 2025, los adelantos comenzaron el viernes 21 de noviembre en Bankinter y Unicaja Banco. Dos días después, CaixaBank y Banco Santander efectuaron los abonos correspondientes. A partir del 25 de noviembre, bancos como BBVA, Sabadell, Abanca, ING, Ibercaja o Laboral Kutxa distribuyeron las pagas entre sus clientes. PiBank, en cambio, mantuvo la fecha del 1 de diciembre.

Este adelanto permite repartir de forma más equilibrada el flujo de transferencias y evita que el grueso del sistema se concentre en una sola fecha.

Este es el grupo de pensionistas que no recibirá la paga extraordinaria

Aunque la mayoría de los beneficiarios perciben la extra de Navidad sin excepción, existe un colectivo que no tiene derecho a la paga extraordinaria: los titulares de pensiones de incapacidad permanente derivada de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Estas prestaciones se rigen por un modelo de abono distinto. En lugar de dividir la cuantía anual en catorce ingresos, se distribuye en doce mensualidades, incorporando en cada una la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Es decir, los importes extra ya están incluidos cada mes en la pensión ordinaria.

Según la normativa de la Seguridad Social, este sistema evita duplicidades y simplifica la gestión administrativa para los afectados por contingencias profesionales.

Aunque las percepciones anuales son equivalentes a las de otros tipos de pensión, el hecho de que se repartan en doce mensualidades tiene una consecuencia concreta: en noviembre y en junio no se recibe ninguna paga adicional.

Un tratamiento diferenciado justificado por la normativa

Las pensiones derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales forman parte de un régimen especial que incorpora mecanismos de compensación y cálculo diferentes a las pensiones comunes.

En este contexto, la integración de las pagas extraordinarias dentro de las mensualidades ordinarias no es algo nuevo ni de este Gobierno. Responde a un diseño histórico del sistema, que pretende reflejar la naturaleza del riesgo laboral como generador del derecho.

La Seguridad Social insiste en que el importe anual que reciben es equivalente y que no se trata de un recorte, sino de un modelo de reparto distinto.