Multa de 2.500 euros a Baños y Reguant, exdiputados de la CUP, por negarse a contestar a Vox en el juicio del procés

Informativos Telecinco / Agencias 27/02/2019 22:51

La sanción llega después de que Antonio Baños, que debía contestar en primer lugar a las preguntas de la acusación popular ejercida por Vox en el juicio del procés, –al ser la que solicitó su declaración–, se negase a responder “por dignidad democrática y antifascista”.

Pese a que el presidente del tribunal, Manuel Marchena, le ha indicado que “ese derecho” a no responder “solo lo tienen los acusados”, informándole de que él es "un tercero que tiene información útil para alguna de las partes", Baños ha insistido en que no iba a contestar a Vox.

De hecho, Marchena le ha advertido de que “el no responder a las preguntas” podía, efectivamente “tener consecuencias penales que el tribunal no quiere poner en marcha”, pero Baños, siempre sonriente, ha dicho que asumía ese riesgo y se ha mantenido así en su posición.

Ni siquiera la fórmula alternativa de Marchena, de recibir en voz alta las preguntas del abogado de Vox, Javier Ortega Smith, para ser él quien las formulase después, ha convencido a Baños, al que finalmente, y tras deliberar, se le ha pedido que saliese de la sala.

Tras ello, ha sido Eulalia Reguant, también exdiputada de la CUP, la siguiente testigo, la cual, tras dar sus datos al tribunal, ha pedido poder declarar en catalán y también ha comunicado su intención de negarse a contextar a Vox, al que ha definido “de extrema derecha, machista y xenófobo”.

Como procede, Marchena ha seguido el mismo protocolo advirtiéndola de las consecuencias de negarse a declarar ante la acusación popular, pero la respuesta de la testigo ha sido idéntica al caso anterior, por lo que, del mismo modo, ha terminado saliendo de la sala.

Cinco días para pronunciarse

De acuerdo a fuentes jurídicas, ahora los exdiputados tienen cinco días para pronunciarse y comunicar al tribunal si persisten en su decisión de no contestar. Si se retractan, volverán a ser citados otro día. En caso contrario, se deducirá testimonio de su comportamiento por un delito de desobediencia grave, lo que consiste en remitir a un juzgado ordinario de Madrid las actas de la sesión. Será este juez el que decida si abre una investigación.

La obligatoriedad de los testigos a contestar a las preguntas de todas las partes personadas en un procedimiento judicial está regulada en el artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) y, según fuentes jurídicas, puede ser penado con hasta un año de cárcel o una multa de hasta 18 meses por un delito de desobediencia.

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