Enfermedades

La justicia gallega reconoce el codo de tenista como enfermedad profesional de cajeras de supermercado: "Es muy común"

Trabajadora repone estantes en un supermercado
Una trabajadora presentó un recurso y el TSXG ha fallado a su favor. Europa Press / Archivo
  • La epicondilitis o codo de tenista surge en los empleados "tras muchos años de movimientos repetitivos y forzados en las cajas"

  • Desde el CIG valoran la importancia de la sentencia y lamentan la "ausencia de medidas preventivas necesarias" en supermercados

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Santiago de CompostelaLa justicia gallega acaba de dictar una sentencia importante para las cajeras de supermercado. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia reconoce el denominado codo de tenista como enfermedad profesional en el sector.

Así lo comunicó la Confederación Intersindical Galega (CIG) al conocerse el fallo judicial después de que una trabajadora presentara una demanda contra una compañía y dos instituciones gubernamentales.

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En concreto, se dirigía contra Fraternidad Muprespa, Vego Supermercados SA, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Raquel López Reimúndez, delegada de prevención del CIG en Vego Supermercados (de Eroski-Familia) recuerda que estas enfermedades que aparecen por "esfuerzo continuo no son reconocidas como derivadas del trabajo por las mutuas de seguros".

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Sentencia a favor de la trabajadora de un supermercado, sostenida por Raquel

De ahí que la empleada afectada, Noelia Gerpe Meirás, decidiera acudir a los tribunales para interponer un recurso en su caso particular, buscando ese reconocimiento. También influye "la ausencia de medidas preventivas".

"Tras muchos años de movimientos repetitivos y forzados"

El dictamen de la Sala Social del TSXG acepta la epicondilitis como patología laboral. López Reimúndez asegura que "es muy común en el sector tras muchos años de movimientos repetitivos y forzados en las cajas".

Además, lamenta que las continuas quejas transmitidas a la firma de supermercados no se concretaron en sistemas de rotaciones y descansos que redujeran los riesgos de desarrollar el codo de tenista, previniendo su aparición.

Desde el CIG denuncian que la mutua "atribuye sistemáticamente estos despidos a SERGAS y rechaza las pruebas de que se deban a la repetición de desplazamientos prolongados en el lugar de trabajo".

Gerpe Meirás considera que a los trabajadores se les "discrimina incluso cuando están enfermos". Llevaban ya años reclamándolo al sindicato hasta que se ha emitido esta sentencia.

Intentarán que el reconocimiento se extienda a otras enfermedades

La Confederación Intersindical Galega resalta también que el escrito judicial hace referencia a la discriminación de género que existe en lo relacionado con las enfermedades profesionales.

Argumenta que solo se reconoce la epicondilitis en ocupaciones claramente masculinizadas como la de mecánico, albañil, chapista o calderero. En concreto, para la categoría de cajero no se contempla en el Real Decreto.

Desde la CIG van a solicitar a todas las empresas del sector que la reconozcan de forma sistemática e incluso intentarán que se extienda a otras patologías como la del manguito rotador o la del síndrome del túnel carpiano.

Unas enfermedades propias del trabajo en oficina igualmente que los afectados deben reclamar por sus derechos, en vez de que sean tratadas como lesiones personales.