El informe de un detective deja sin prestación a un empleado de baja médica en A Coruña: fue grabado visitando varios bares

El TSXG confirma la decisión de una mutua que retiró la prestación a un trabajador de baja por lumbalgia
Un detective documentó desplazamientos a pie, trayectos en coche y visitas a varios establecimientos hosteleros
La Justicia gallega ha avalado la decisión de retirar la prestación por incapacidad temporal a un trabajador de A Coruña que llevaba meses de baja por problemas lumbares después de que una investigación privada pusiera en duda la gravedad de las limitaciones físicas que aseguraba padecer.
El caso, resuelto por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), enfrenta a un teleoperador y a la mutua que gestionaba su prestación. El trabajador sostenía que sufría intensos dolores que le impedían realizar tareas cotidianas como caminar largas distancias, permanecer sentado durante un tiempo prolongado o conducir. Sin embargo, las pruebas aportadas por un detective contratado por la entidad acabaron siendo determinantes para que los tribunales respaldasen la retirada de la ayuda económica.
Un seguimiento que cambió el rumbo del caso
Los hechos se remontan a febrero de 2023, cuando el empleado fue diagnosticado de lumbalgia y obtuvo la baja médica. Durante los meses siguientes continuó percibiendo la prestación correspondiente mientras seguía un proceso de recuperación.
No obstante, la mutua comenzó a sospechar de que la situación real del trabajador podía no coincidir con las limitaciones que describía en las revisiones médicas. Según recoge la resolución judicial, durante una consulta el hombre afirmó que apenas podía desplazarse unos metros, que tenía dificultades para permanecer sentado y que conducir le resultaba prácticamente imposible. Ante estas dudas, la entidad decidió contratar a un detective privado para comprobar si existía alguna incompatibilidad entre las actividades que realizaba y las dolencias que manifestaba.
El seguimiento se produjo tras una de las revisiones médicas. Según el informe incorporado al procedimiento, el trabajador salió de la consulta y recorrió caminando más de un kilómetro sin aparentes dificultades. Posteriormente accedió a su vehículo y condujo por distintos puntos del área metropolitana coruñesa. Durante esa mañana realizó varias paradas en establecimientos de hostelería, visitando diferentes cafeterías y bares antes de regresar a su domicilio. Todo ello quedó reflejado en el informe elaborado por el investigador privado.
El TSXG respalda la decisión de la mutua
Con estos datos sobre la mesa, la mutua comunicó al trabajador que consideraba improcedente el cobro de la prestación durante parte del período de incapacidad temporal al entender que no existía una limitación funcional que justificase la situación descrita.
El afectado presentó una reclamación administrativa y posteriormente acudió a los tribunales para intentar recuperar las cantidades retiradas. Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social número 7 de A Coruña como el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rechazaron sus argumentos.
La sentencia destaca especialmente la contradicción entre las dificultades físicas expuestas ante los médicos y las actividades observadas durante el seguimiento. Los magistrados consideran acreditado que existían elementos suficientes para cuestionar la incapacidad alegada y respaldan la actuación de la mutua y de la Seguridad Social.
El fallo confirma así la pérdida de la prestación correspondiente al período comprendido entre junio y noviembre de 2023, fecha en la que el trabajador recibió finalmente el alta médica.
Los detectives privados, una prueba cada vez más habitual
Este tipo de investigaciones se han convertido en una herramienta frecuente en procedimientos relacionados con bajas laborales, incapacidades o fraudes a la Seguridad Social. Los tribunales suelen admitir estos informes siempre que la obtención de las pruebas respete los límites legales y no vulnere derechos fundamentales.
Los jueces recuerdan que una persona de baja médica no está obligada a permanecer encerrada en casa, pero sí debe evitar conductas incompatibles con las dolencias que justifican la incapacidad temporal. Cuando existe una diferencia notable entre lo declarado y lo observado, las pruebas pueden tener consecuencias económicas e incluso disciplinarias.
