DGT Dirección General Tráfico

La DGT aclara cuál es la edad mínima para ir de pasajero en moto y avisa de multas de 200 euros

Viajar con niños en moto es un peligro ¿evitable?
Viajar con niños en moto es un peligro ¿evitable?. Pixabay
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Viajar con menores en un vehículo siempre requiere de una protección especial dada la vulnerabilidad que tienen los niños en caso de que tengamos un susto en carretera. En coche hay que ir con los sistemas de retención infantil apropiados, pero en moto están más indefensos teniendo en cuenta que no hay un habitáculo que sirva como protección inicial y pueden acabar en el asfalto al más mínimo descuido. ¿Qué dice la normativa sobre llevar a menores como pasajeros en moto y qué recomendaciones de seguridad hay que tener en cuenta?

Edad mínima para ir con un menor en moto

La edad mínima permitida para circular con menores de edad como ‘paquete’ en un vehículo de dos ruedas está fijada en el artículo 13.5 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: “Queda prohibido circular con menores de doce años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas, con o sin sidecar, por cualquier clase de vía. Excepcionalmente, se permite esta circulación a partir de los siete años, siempre que los conductores sean el padre, la madre, el tutor o una persona mayor de edad autorizada por ellos, utilicen casco homologado y se cumplan las condiciones específicas de seguridad establecidas reglamentariamente”.

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También queda recogido en el artículo 12 del Reglamento General de Circulación, donde se dan unas pautas sobre el modo en el que debe ir este acompañante mayor de doce años: “En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de éstas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y cumpla las siguientes condiciones: que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales y que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor. En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta”.

Continúa expandiendo la excepción que existe sobre los menores de 7 años si viajan con algún familiar: “Excepcionalmente, los mayores de siete años podrán circular en motocicletas o ciclomotores conducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior”.

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Un padre e hijo compartiendo viaje en moto

Además de estas condiciones de seguridad y edad mínima, AESVi, la Alianza Española para la Seguridad Vial Infantil, tiene una serie de recomendaciones que se deberían cumplir si se quiere llevar a un menor de edad como pasajero de motocicleta. Los puntos que forman estas recomendaciones de seguridad vial para un menor como acompañante son los siguientes:

  • Casco: además de la obligatoriedad de su uso, el casco debería estar homologado y ser de una talla apropiada para el menor, asegurándonos de una correcta sujeción del barbuquejo en la barbilla.
  • Además del uso de un casco apropiado, se debería tratar de aportar toda la seguridad posible y hacer uso de equipamiento técnico específico como como chaqueta de motorista con protecciones, guantes, pantalón y botas. Si no se dispone, habría que intentar que el menor vista “pantalón largo, calzado alto, guantes de motorista y protecciones tipo peto más económicas y de fácil adaptación (espalda, hombros y codos) y rodilleras”.
  • Antes de iniciar la marcha debemos asegurarnos de que pueden sujetarse con firmeza porque esta va a ser la sujeción principal. Se debería evitar que los niños se agarren en los laterales de la moto, ya que eso compromete su estabilidad. El agarre debería ser sobre el conductor, pero sin afectar a la conducción (una recomendación serían los laterales del cinturón).
  • Hay ciertos elementos que pueden comprometer la estabilidad, como la mochila en la espalda, que puede desequilibrar al menor y tener como consecuencia la pérdida de estabilidad del conjunto. La mochila debería ir en el transportín o portaequipajes de la motocicleta.
  • Hay que adaptar la forma de conducir para proteger al menor. Entre las recomendaciones más evidentes está evitar dar acelerones y frenazos bruscos y elegir trayectos con la menor congestión posible.
  • Si el transporte de menores se convierte en algo frecuente, se debería considerar la instalación de un respaldo para aportar un apoyo mayor que suponga una mayor seguridad y sujeción del niño a la moto.
  • Al bajar o subir de la moto hay que prestar atención a la localización y estado del tubo de escape y también subir o bajar por el lado más seguro, el más pegado a la acera.
  • Además de ir a horcajadas, y con los pies apoyados en los reposapiés laterales, los niños no deberían ir separados de la espalda del conductor.

Edad recomendada para llevar a un menor como paquete

Más allá de lo que se nos permita legalmente, hay que tener en cuenta si merece la pena el riesgo de llevar a un menor de edad como pasajero. Incluso si este supera los 12 años, todavía es muy pequeño si hay una caída o colisión y puede tener consecuencias terribles. Según los datos de AESVi, “no hay que olvidar que el riesgo de morir en moto es 17 veces mayor que con un coche, por lo que desde AESVi aconsejamos elegir este medio de transporte para moverte con tu hijo cuando sea estrictamente necesario, como es el caso de pequeños trayectos urbanos. Para los recorridos interurbanos, dónde las velocidades de circulación son mayores, desaconsejamos viajar con menores de 12 años”.

En caso de incumplir la edad mínima que hay estipulada para llevar a un menor en moto, se considerará una infracción grave al poner en juego la integridad física del niño. Como consecuencia, se aplicará una sanción económica de 200 euros. Sin embargo, tal y como recuerdan desde Pyramid Consulting, en palabras de Thomas Mentucci, abogado, “cumplir con la normativa es imprescindible, pero no suficiente. En mi experiencia, la seguridad de un menor en moto depende también del sentido común del adulto. Siempre recomiendo limitar los trayectos de riesgo y asegurar que el niño vaya protegido con todo el equipamiento adecuado —chaqueta, guantes, calzado cerrado— e incluso con respaldo acolchado o asiento infantil homologado (…) La ley marca el límite, pero la verdadera protección depende de la prudencia y del equipamiento adecuado”.