Hasta 200€ por no usar bien el intermitente: el error que más se repite al volante
Un elevado número de conductores no acciona los avisadores luminosos de cambio de dirección en sus trayectos, poniendo en peligro al resto de usuarios de la vía.
¿Cuáles son las multas de la DGT por usar mal los intermitentes?
Hasta que inventen algo parecido a unos intercomunicadores por lo que podamos ‘llamar’ a los conductores que tengamos cerca, la única forma que tenemos de advertir a otros usuarios de la vía es mediante señales luminosas (y acústicas, aunque su uso está más restringido). Principalmente lo hacemos a través de los llamados intermitentes, luces parpadeantes de color anaranjado colocadas tanto en la parte delantera como en la trasera de los vehículos. Sin embargo, su uso no es tan habitual como debería, siendo una de las infracciones más frecuentes y peligrosas que se pueden cometer.
Usos obligatorios de los intermitentes
Según nos indica el artículo 44 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, tanto en su apartado 1) como en el 2), “el conductor está obligado a advertir al resto de los usuarios de la vía acerca de las maniobras que vaya a efectuar con su vehículo. Como norma general, dichas advertencias se harán utilizando la señalización luminosa del vehículo o, en su defecto, con el brazo, de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente”. De este modo, el uso de intermitentes se establece como obligatorio en todo tipo de maniobras, algunas de las cuales pasamos a detallar.
En primer lugar, el uso de los intermitentes en los casos en los que es necesario debe hacerse según un orden determinado que es el que se ha fijado para maximizar la seguridad vial. Este es la regla nemotécnica RSM (Retrovisor/Observación, Señalización, Maniobra). Si no se sigue este orden fijado podríamos estar incurriendo en la primera de las infracciones por un uso incorrecto del intermitente, que es activar la palanca de forma simultánea con la maniobra, sin permitir que el resto de los usuarios tengan tiempo para advertir tus intenciones. En este caso, usarlo tan mal equivaldría prácticamente a no usarlo en cuanto a peligrosidad, pero tiene un castigo económico menor que no activar las señales luminosas.
Detallando los usos obligatorios, uno de los más importantes es para indicar la intención de incorporarse o abandonar una autopista o autovía. Más o menos equivalente es el uso para indicar que quieres cambiar de carril. Teniendo en cuenta que nuestro sistema de circulación se basa en lo que la Dirección General de Tráfico denomina ‘conducción encarrilada’, cualquier modificación de trayectoria puede acabar en un alcance entre vehículos que provoque un accidente. Estos son algunos de los casos en los que más necesaria es toda la secuencia RSM, con especial importancia a la correcta señalización.
Para tratar de compensar el uso incorrecto en estas situaciones, desde 2022 es obligatorio que todos los vehículos cuenten con un sistema de ayuda a la conducción (ADAS) conocido como ‘sistema de alerta de cambio involuntario de carril’. Este impide o dificulta en gran medida a través de una resistencia en el volante o un aviso acústico y/o visual que se produzca un desplazamiento lateral del vehículo si anteriormente no se ha señalizado con el intermitente. Otros usos obligatorios de los intermitentes son los giros y cambios de sentido, en los que es crucial su uso para evitar colisiones con los vehículos que nos siguen o que circulan por el nuevo lugar al que queremos girar, para señalizar la intención de abandonar una rotonda o glorieta o al indicar que se va a estacionar, para que la detención no pille por sorpresa al vehículo que circula detrás de nosotros.
También hay ciertos usos obligatorios de los ‘warning’ o intermitentes de avería, cuando se ponen los cuatro intermitentes, dos traseros y dos delanteros, de forma simultánea. El uso obligatorio principal es el que indica su nombre, cuando hemos sufrido una avería mecánica por la cual nos hemos visto obligados a detenernos (debería usarse junto con la baliza V-16) o cuando la avería nos permite continuar pero a una velocidad anormalmente reducida (si estamos en autopista o autovía circularíamos así por el arcén, debiendo abandonar la vía en la primera salida posible).
El artículo 109 del Reglamento General de Circulación también recoge la obligación de usar las luces de emergencia ante repentinas detenciones en autopista o autovía, como es el caso de las retenciones. “La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos. Cuando la inmovilización tenga lugar en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, se deberá señalizar la presencia del vehículo mediante la utilización de la luz de emergencia”.
Hasta 200 euros de multa por no usar bien las señales luminosas
Según el artículo 76.e) de la Ley de Tráfico, se considera una infracción grave “circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario”. Esto aplica también a las señales luminosas en los casos que marcaba el artículo 44, por lo que la cuantía con la que se sanciona dicho comportamiento es de 200 euros de multa.
La única salvedad que, como decíamos anteriormente, nos puede ahorrar algo de dinero, concretamente 120 euros, es si hemos utilizado los intermitentes, pero lo hemos hecho de manera incorrecta, por ejemplo no dejando suficiente tiempo entre señalización y maniobra, haciendo insuficiente el encendido de las luces naranjas o el extremo contrario, avisar con demasiada antelación. En estos casos, el despiste o mal uso también se sanciona, pero con 80 euros de multa económica y sin pérdida de puntos.