Cómo se gestionará la prohibición de trabajar por calor extremo con las 1.000 alertas anuales de la AEMET por temperaturas

Los trabajadores tienen derecho a "una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo". Lo establece la Ley de Riesgos Laborales pero cuando se trata de trabajar en el exterior y con episodios meteorológicos adversos no hay nada claro, o había. Porque el Gobierno se ha propuesto cambiarlo. Dentro de sus medidas extraordinarias para la sequía, y tal y como adelantó Yolanda Díaz el Consejo de Ministros ha aprobado la prohibición de ejercer trabajos al aire libre cuando se produzcan episodios de calor extremo.

La norma que se acaba de aprobar establece la obligación de concretar y prever medidas adecuadas frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, "incluida la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que estos concurran, lo cual resultará obligatorio cuando las agencias de meteorología emitan aviso de fenómenos de nivel naranja o rojo"

Así las cosas lo primero es establecer cuándo se considera que hay calor extremo. ¿Será operativo para las empresas organizarse en función de las alertas de la AEMET? La agencia de meteorología es la encargada de anunciar cuando se producen fenómenos adversos a través del Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos (Meteoalerta), que con un adelanto de hasta 72 horas, ofrece información puntual de la evolución de los mismos, una vez que se ha iniciado su desarrollo. Esos avisos se refieren siempre a una demarcación territorial

Por tanto, según ha establecido el Gobierno, no se trabajará al aire libre cuando la AEMET advierta de una alerta naranja o roja por calor, y por tanto será obligatorio la reducción o el cambio de las horas de desarrollo de la jornada prevista en exteriores

  • Naranja: Existe un riesgo meteorológico importante (fenómenos meteorológicos no habituales y con cierto grado de peligro para las actividades usuales).
  • Rojo: El riesgo meteorológico es extremo (fenómenos meteorológicos no habituales, de intensidad excepcional y con un nivel de riesgo para la población muy alto).

Solo durante el 2022 se produjeron un total de 1.084 avisos naranjas o rojos por calor.

En el supuesto en que se emita por las agencias de meteorología un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo que determine que las medidas preventivas anteriores no garantizan la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.

¿Es el exceso de calor un riesgo para todos?

El problema es que los modelos que predicen cuánto van a subir las temperaturas no son homogéneos, de hecho un estudio ha demostrado que son distintos para cada provincia. Hay una temperatura a partir de la cual aumenta la mortalidad, y es distinta en cada sitio.

"En Córdoba este temperatura son 40 grados. En A Coruña son 26. Lo que podemos intentar es que se produzca una adaptación en cada sitio acorde a la subida de temperatura en ese lugar. Lo que si podemos intentar es que se produzca una adaptación en cada sitio acorde a la subida de temperatura en ese lugar", explicaba a NIUS Julio Díaz, codirector de la Unidad de Cambio Climático, Salud y Medio Ambiente Urbano del Instituto de Salud Carlos III, quien considera además que "en general en España nos estamos adaptando a una subida de 0,6 grados por década, es decir, a que cada diez años las temperaturas suban 0,6 grados de media. Esto quiere decir que cada vez hace falta más calor para que haya mortalidad atribuible a ese calor."

De hecho se ha demostrado que la vulnerabilidad de la población al calor está fuertemente influenciada por factores ambientales tanto físicos como sociales, que hacen que su impacto varíe de acuerdo con las condiciones locales.

¿Quién garantiza la protección del trabajador?

El Gobierno establece que se deberán "tomar medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras" frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo las temperaturas extremas. Estas medidas se sustentarán en una evaluación de riesgos laborales que tendrá en cuenta tanto las características de la tarea como las individuales de las personas trabajadoras.

En principio el encargado de garantizar la protección en materia de riesgo laboral de los trabajadores es el empresario que les contrata pero si este no acata lo que se acaba de aprobar, y de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 14 de dicha Ley, "el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud".

Una medida que podrán asumir sin riesgo porque el Gobierno ha aprobado que las empresas tienen que cumplir lo establecido, incluida la "prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos que así lo requieran, sin perjuicio de la adopción de las medidas de protección individual que sean procedentes".

Medidas que se suman a las que ya se recomendaban desde Sanidad como :

  • Adecuar el horario y la carga de trabajo al calor del sol, programa las tareas de más esfuerzo en las horas de menos calor.
  • Establece rotaciones para reducir el tiempo de exposición. Evita que haya puestos permanentes bajo el sol, instala toldos u otros medios eficaces para crear sombra.
  • Proporciona al personal agua fresca abundante y sitios de descanso frescos, cubiertos o a la sombra para que los trabajadores puedan descansar. 

El verano pasado fallecieron más de 4.600 personas por calor en España. Y son datos que pueden aumentar. La Sociedad Española de Epidemiología (SEE) ya ha advertido que, si no nos adaptamos a las temperaturas que vienen, "podrían producirse hasta 13.000 muertes anuales a corto plazo atribuibles a las altas temperaturas".

¿Qué trabajadores deben adaptar su jornada?

Lo cierto es que son muchos los trabajadores que podrían verse afectados por la medida aprobada por el Gobierno. Trabajadores de la agricultura, ganadería, explotación forestal, construcción, servicios de jardinería, trabajadores municipales de servicios de limpieza, recogida de basuras, policía, bomberos.

El mismo Ministerio de Trabajo ya advertía en 2013 en un informe que "el estrés térmico por calor resulta especialmente peligroso en los trabajos al aire libre, como en la construcción, la agricultura o en los trabajos de obras públicas"

La exposición al calor puede causar diversos efectos sobre la salud, de diferente gravedad, tales como erupción en la piel, edema en las extremidades, quemaduras, calambres musculares, deshidratación y agotamiento Pero, sin duda, el efecto más grave de la exposición a situaciones de calor intenso es el golpe de calor que se produce cuando la temperatura corporal supera los 40,6 ºC y el cuerpo no encuentra herramientas para reducirla, siendo mortal entre el 15 % y 25 % de los casos.

El verano pasado, un operario del servicio municipal de limpieza de Madrid falleció como consecuencia precisamente de un golpe de calor, y es lo que ahora se pretende evitar.

Por eso los expertos en riesgos laborales avisan: hay que parar si un trabajador se siente fatigado, tiene dolor de cabeza, se marea o tiene calambres musculares porque eso puede implicar que nuestro cuerpo esté viéndose afectado por el calor. A partir de ahora todas las empresas deberán tomar medidas para que eso no suceda, al menos en horas de trabajo.