Confirmados tres años de cárcel para una madre que agredió sexualmente a su hijo de 8 años

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Entrada a la Audiencia Provincial de León. Europa Press
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de tres años de cárcel a una mujer de 43 años como autora de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal a su hijo, cuando este tenía 8 años, el tribunal ha desestimando el recurso de apelación interpuesto por la mujer contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palencia el pasado 18 de marzo de 2025, y confirma íntegramente el auto dictado en primera instancia.

La Audiencia Provincial tuvo en cuenta en la condena la eximente incompleta de intoxicación porque, en el momento de los hechos, la mujer que vivía en Palencia con sus dos hijos, uno de ellos menor de edad, consumía entre 20 y 30 cervezas al día y tenía un problema de alcoholismo que anulaba de forma parcial sus facultades.

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En el recurso, la condenada alegaba vulneración del derecho de presunción de inocencia y del principio “in dubio pro reo”, error en la valoración de la prueba, e indebida inaplicación de la eximente completa de alcoholismo, para solicitar la revocación de la sentencia y la absolución.

El TSJCyL rechaza las apelaciones y considera que “el testimonio de la víctima constituye prueba de cargo eficaz y suficiente en que sustentar la condena impuesta”, según el auto facilitado por el tribunal.

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Además, el tribunal tiene en cuenta el resto de pruebas, para concluir que la acusada cometió los episodios de agresión sexual descritos durante el juicio.

Tampoco considera justificada la eximente completa de alcoholismo argumentando que “esa dependencia y adicción al alcohol explica que la acusada pudiera cometer hechos tan graves como los enjuiciados, pero ello no significa en modo alguno que, al cometerlos, estuviese total o plenamente privada de sus facultades intelectivas (que no supiese lo que hacía), por más que, aun sabiéndolo, su voluntad se viese muy condicionada (aunque no totalmente) para realizarlos”.

Según los hechos probados, en junio o julio 2018, cuando el hijo menor tenía 8 años, después de ver un capítulo de una serie en televisión en la que aparecían miembros de una misma familia manteniendo relaciones sexuales, la madre propuso al niño mantener relaciones sexuales a lo que este inicialmente se negó aunque al final accedió debido a la actitud de su madre.

La sentencia recoge que tras ese día y hasta el día 5 de agosto de 2018 la acusada, movida por el ánimo de satisfacer su deseo libidinoso, aprovechando los momentos en los que se quedaba a solas con su hijo menor en la vivienda, mantuvo relaciones sexuales.

Dichas conductas se repitieron en varias ocasiones hasta el 5 de agosto de 2018, cuando la madre llamó al 112 explicando que era alcohólica, que ella y su hijo llevaban varios días sin comer, que necesitaba ayuda para ocuparse de su hijo, y quería ir a un centro a desintoxicarse.

Tras la llamada, agentes de la Policía Local de Palencia trasladaron al menor a un Centro de acogida de menores. Dos días después, la Junta de Castilla y León dictó resolución para que la guarda provisional del niño se llevara a cabo en un centro y en octubre asumió su tutela legal.

En agosto de 2022 cuando el menor tenía 13 años contó a los monitores de un campamento de verano que había sufrido abusos por parte de su madre, por lo que la directora del centro de acogida denunció los hechos.