Los padres de estos hermanos tuvieron una separación conflictiva y los dos hijos se quedaron a vivir con su madre
Una madre retira la pensión alimenticia a su hijo en Guipúzcoa tras romper toda relación con ella: solo le hablaba por WhatsApp
La Audiencia de Palma ha considerado en que dos chicos, de 21 años, no se merecen recibir la pensión de alimentos que estaban cobrando desde la separación de sus padres. ¿El motivo? Que llevan años sin hacer nada porque no les gusta estudiar y no les apetece trabajar, según informa 'Diario de Mallorca'.
Los padres de estos hermanos tuvieron una separación conflictiva y los dos hijos se quedaron a vivir con su madre. El juez le estableció la obligación al padre de hacerse cargo de la manutención. Los dos jóvenes no tienen contacto con su progenitor pero hasta ahora estaba cumpliendo con las medidas establecidas en la sentencia de separación.
La pensión se mantiene hasta que los hijos alcanzan la independencia económica
Los padres tienen la obligación de hacerse cargo de alimentar a sus hijos, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Y es una obligación que no se extingue una vez que los hijos cumplen la mayoría de edad, sino que se mantiene hasta que alcanzan la independencia económica. Incluso si un hijo tiene una titulación académica pero no dispone de medios económicos para mantenerse no se extingue esa pensión.
Pero estas pensiones tienen un límite. Los tribunales utilizan el término "principio de solidaridad activa", que obliga a analizar la actitud personal que mantiene la persona, ya mayor de edad, que considera que su situación es de necesidad.
Los dos chicos dejaron los estudios con 16 años
Los jueces aclaran que debe existir una situación de "verdadera necesidad" para que se pueda asimilar la situación de los hijos ya mayores que siguen recibiendo esta ayuda económica, a la de los descendientes menores que siguen estudiando y por tanto no pueden trabajar para independizarse.
En este caso, el padre -defendido por el abogado Bartomeu Vidal- presentó la demanda para conseguir la suspensión definitiva de la pensión. Los dos chicos dejaron los estudios con 16 años, a ninguno les gustaba los libros y se negaron a seguir formándose. Estuvieron cuatro años sin hacer nada y la única actividad laboral que realizaron fue trabajar durante unos meses como cocineros.
El padre les abonaba 400 euros mensuales
Pese a las dificultades económicas que atravesaban sus padres, los jóvenes renunciaron al trabajo porque "no les llenaba". Desde entonces, no desarrollan ningún tipo de actividad laboral, ni tampoco realizan ningún curso académico para formarse en una profesión. Tan solo recibían los 200 euros mensuales de su padre.
El tribunal de la Audiencia señala que "esta situación de pasividad voluntaria para su formación y sustento no justifica que se establezca una pensión de alimentos a cargo del padre, con quien mantienen una mala relación".
La sentencia resalta que al juicio únicamente acudió uno de los dos hijos. El joven fue quien reconoció que ni él, ni su hermano, estudiaban, ni tampoco trabajaban. Señaló también que la relación con el padre prácticamente no existía, aunque el hombre venía abonando la pensión mensual de 400 euros.

