Absuelto un policía local de Vigo acusado de violar a la hermana de un amigo de 18 años

La Sala explica que la declaración de la afectada "carece de la suficiente fiabilidad"
El comisario de La India amenazó con hundir la carrera de la víctima: “Como yo haga un informe, te hundo”
La sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto a un policía de Vigo acusado de violar a la hermana de un amigo al no haberse probado la ausencia de consentimiento por parte de la chica, que tenía 18 años en el momento de los hechos, 24 menos que él.
En una sentencia divulgada este lunes por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), los magistrados entienden acreditado que ambos mantuvieron relaciones sexuales en el coche del procesado la madrugada del 27 de noviembre de 2022, si bien no hay pruebas que desvirtúen la presunción de inocencia del sospechoso.
La Sala explica que la declaración de la afectada "carece de la suficiente fiabilidad" para poder concluir que el policía "no había prestado en aquel momento su consentimiento para mantener una relación sexual con el denunciado".
No se ha probado la ausencia de consentimiento
Los magistrados señalan que los desvanecimientos sucesivos que refirió la mujer y que descartarían el consentimiento "se produjeron en un breve espacio temporal, alternándose con episodios en que estaba despierta y en los que admite que pudo" haber manifestado consentimiento.
El tribunal considera que carece de respaldo la pérdida de voluntad que ella manifestó en el juicio, en el que declaró a puerta cerrada, en el sentido de que se veía obligada a hacer lo que el acusado le pedía.
No consta, apunta la sentencia, ni que la chica hubiera bebido ni que el policía le hubiera suministrado algún tipo de sustancia que anulara su voluntad. La falta de consentimiento a la que aludía la acusación tampoco se vio reflejada, a juicio de la Sala, en los mensajes que intercambiaron el día después de los hechos.
"Una duda razonable de cierta entidad acerca de la existencia del consentimiento"
En consecuencia, los magistrados sostienen que hay "una duda razonable de cierta entidad acerca de la existencia del consentimiento" y eso les impide dictar una sentencia condenatoria. En cualquier caso, el fallo no es firme, ya que cabe presentar recurso de apelación ante el TSXG.
Los hechos juzgados ocurrieron en la madrugada del 27 de noviembre de 2022 en Vigo cuando el acusado, que ha estado representado por el despacho Espinosa & Asociados, se ofreció a llevar a su casa en coche a la denunciante, de 18 años y hermana de un amigo. Tras dejar a otras dos acompañantes, ambos se dirigieron al parque de Castrelos y allí, en el coche, se produjo lo que la víctima denunció como una agresión sexual.