Parar una carrera ciclista se multa con hasta 60.000€: sanciones reales en España
Las imágenes de la última etapa de la Vuelta a España en Madrid: cargas policiales y lanzamientos de vallas y botellas
Casos como los de las protestas que obligaron a cancelar la etapa final de la Vuelta a España 2025 en Madrid puede salir realmente caros, con sanciones económicas muy elevadas.
Todavía se recuerdan las protestas que sucedieron en la última edición de nuestra carrera ciclista más importante, la Vuelta a España, con motivo de la participación del equipo Israel-Premier Tech y en el contexto del apoyo a Palestina. Durante el devenir de las distintas etapas, cientos de personas exhibieron banderas palestinas y realizaron cortes en algunos puntos del recorrido, teniendo que suspenderse incluso la última etapa que acabaría con la competición en Madrid. Algunos de los manifestantes ya han recibido el resultado de sus propuestas de sanción y son de varios miles de euros cada una.
“Sanciones que arruinan a familias”
Ya advirtió el subdelegado del Gobierno en Valladolid, Jacinto Canales, antes de la celebración de la etapa del 11 de septiembre de 2025 del peligro —y castigo— que podría tener la participación en estas protestas y cortes de la carrera ciclista. “Son sanciones administrativas muy duras, que algunas arruinan a familias. Tenemos experiencia con el fútbol, donde hay actos a los que se le pone una sanción de 60.000 euros. Y son sanciones administrativas, es decir, primero pagas y luego, si quieres ir al contencioso, vas...pero primero pagas. El testimonio del policía es suficiente”.
Pareciera que esa cantidad de 60.000 euros no iba a ser en ningún caso aplicada, al ser el máximo de la cuantía establecida para las infracciones graves, contempladas en el artículo 23 de la Ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, que fija la horquilla entre 3.000,01 a 60.000 euros en caso de infracciones graves. Sin embargo, sí parece haber al menos un participante en las protestas que debería hacer frente al pago de dicha cantidad.
Así lo ha comunicado la Asociación Bierzo Aire Limpio, quienes junto al Grupo de Apoyo a Palestina del Bierzo participaron en protestas en la etapa del 10 de septiembre. Por los actos ocurridos delante del Castillo de los Templarios en la Avenida del Castillo de Ponferrada, aseguran que un total de 5 personas han sido sancionadas administrativamente, con cuatro de ellos más afortunados a los que “solamente” han hecho pagar 3.001, pero habiendo una quinta persona a la que se exige el pago de una multa económica de 60.000 euros. “Consideramos importante trasladar esta información con transparencia, para que se conozcan estos hechos y podamos apoyar a las personas multadas por mostrar su solidaridad con Palestina y su rechazo al genocidio”, han explicado en redes sociales (en una publicación ya eliminada).
La Ley castiga duramente estas acciones
Ciertamente, parezca desproporcionado o no a ojos de cada uno, con la Ley en la mano, se puede llegar a entender qué normativas se han vulnerado y por qué ese castigo tan severo. La diferencia entre las cuantías que se proponen para sanción también depende no solamente de la participación en un mismo acto, sino del testimonio de la fuerza policial que realizó la intervención y posterior acta.
La Ley que regula principalmente la asistencia a eventos deportivos (incluso aunque estos se celebren en la vía pública) es la Ley 19/2007 de 11 de julio contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. Si echamos un vistazo a su artículo 2, este considera conductas violentas que incitan a la violencia en el deporte “a) La participación activa en altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos, cuando tales conductas estén relacionadas con un acontecimiento deportivo que vaya a celebrarse, se esté celebrando o se haya celebrado”, “d) la irrupción no autorizada en los terrenos de juego [en este caso sería el asfalto por el que debería transcurrir la prueba ciclista]”.
Todo ello sin entrar a valorar posibles interpretaciones de la naturaleza de las protestas contra Israel, pues también hay ciertos agravantes como que la utilización de banderas pueda considerase “exhibición en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos de pancartas, símbolos, emblemas o leyendas que, por su contenido o por las circunstancias en las que se exhiban o utilicen de alguna forma inciten, fomenten o ayuden a la realización de comportamientos violentos (…) o constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo” o “la entonación de cánticos que inciten a la violencia, al terrorismo o a la agresión en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos. Igualmente, aquéllos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo”. Poner en peligro la integridad de los corredores podría entrar en este último supuesto.
Como decíamos anteriormente, siempre que estos actos no sean catalogados como muy graves, la cuantía de las sanciones oscila entre 3.000,01 a 60.000 euros. Originalmente, según una publicación de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, se acordó proponer sanciones a 38 ciudadanos por incidentes ocurridos durante las manifestaciones en la Vuelta Ciclista a España, concretamente en sus últimas cuatro etapas, “los expedientes corresponden a infracciones calificadas como leves o graves y las propuestas emitidas por la Oficina Nacional de Deportes (OND) de la Policía Nacional contemplan multas de 1.500 a 5.000 euros”. Sin embargo, en algún momento del proceso al menos una parece haber escalado hasta la cantidad máxima de 60.000 euros.