Hasta 600 euros de multa por hacer una reseña falsa en Google o Tripadvisor: la sanción que ya aplican en España
La Ley española se ha endurecido en los últimos años para evitar que las valoraciones que leamos de un producto sean falsas para exagerar su calidad o para extorsionar a algún negocio.
El oscuro negocio de las reseñas falsas de internet: "Muchas están escritas por personas reales"
Hay un capítulo de Black Mirror de la tercera temporada en el que todas las interacciones humanas se califican con estrellas del uno al cinco. Lo que trata de representar una distopía no se aleja tanto de la realidad, pues el poder de las reseñas es muy grande en nuestros tiempos. Sin embargo, no todas las valoraciones que leemos en Internet son reales. Se estima que el 30 % de las reseñas en línea son falsas. Para que nos hagamos una idea, en 2024 Amazon borró 275 millones y Google eliminó 240 millones.
La Ley prohíbe hacer valoraciones falsas
En la última reforma de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal, llevada a cabo en 2022, el Ministerio de Consumo introdujo nuevos comportamientos que pueden ser considerados prácticas desleales por engañosas adaptadas a los nuevos tiempos y el auge del comercio online o e-commerce.
Así lo reflejan los artículos 27.7 y 27.8, que consideran desleales las prácticas que “Afirmen que las reseñas de un bien o servicio son añadidas por consumidores y usuarios que han utilizado o adquirido realmente el bien o servicio, sin tomar medidas razonables y proporcionadas para comprobar que dichas reseñas pertenezcan a tales consumidores y usuarios” o “añadan o encarguen a otra persona física o jurídica que incluya reseñas o aprobaciones de consumidores falsas, o distorsionen reseñas de consumidores o usuarios o aprobaciones sociales con el fin de promocionar bienes o servicios”.
De esta forma, este comportamiento, que en los últimos tiempos se ha convertido en fuente de amenazas y búsqueda de perjuicio para ciertos negocios cuando se hacía coordinadamente (algo conocido como review-bombing o bombardeo de reseñas), ya figura como un comportamiento que se puede perseguir judicialmente por parte de los afectados, para conseguir sancionar debidamente a quienes cometan las infracciones.
Posteriormente, la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela, ahondó más en las acciones que se pueden llevar a cabo cuando se produzcan estas valoraciones fraudulentas, dando cierta potestad al empresario o comercio para resarcir el daño causado. “En el supuesto de que una o varias reseñas no sean formuladas por un consumidor o usuario que haya adquirido o utilizado efectivamente el bien o servicio al que se refiere o sea engañosa, el empresario a cuyo bien o servicio se refiera la reseña estará facultado para solicitar la eliminación de esta, para lo que deberá acreditar, de forma fehaciente, que la reseña no ha sido publicada por un consumidor o usuario que haya comprado o utilizado el bien o servicio”.
Además, dado el auge de la Inteligencia Artificial, en muchas ocasiones son los competidores de un producto quienes dirigen una serie de reseñas falsas generadas por IA para sacar beneficio a costa del perjuicio del rival o una serie de comentarios que ponen por las nubes el propio producto o servicio. Para distinguir estos comentarios falsos se puede identificar patrones como una estructura de frases uniforme, aparición de superlativos grandilocuentes, detalles que no corresponden con la descripción del producto o una longitud uniforme de varias reseñas similares.
Sanciones por reseñas fraudulentas
En el caso de que se consiga identificar a quien ha realizado valoraciones negativas de forma fraudulenta, sin haber ni siquiera sido consumidor o usuario del producto o negocio valorado, solamente por causar un perjuicio económico, se enfrenta a castigos por estos comportamientos desleales.
Según lo votado en la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, se ha optado por una serie de medidas para tratar de garantizar que las valoraciones sean reales. En primer lugar, solamente se podría publicar una reseña dentro de un plazo de 30 días desde la compra o disfrute del producto o servicio. De esta forma, se evita incluso que ya haya reseñas negativas antes de la fecha de lanzamiento del producto o de celebración del evento. Además, las plataformas ya no pueden alegar ser meros intermediarios, sino que Google o TripAdvisor tienen responsabilidad en las mismas y, en caso de sospechar de una reseña falsa, deberían verificar si el autor realmente es cliente o consumidor.
Además, las injurias graves realizadas con publicidad (como ocurre al publicar reseñas falsas en internet que difaman gravemente a una persona o negocio) están castigadas en España con una multa de 6 a 14 meses, según establece el Artículo 209 del Código Penal. Por tanto, entre la sanción administrativa de al menos 600 euros que se nos podría poner por parte del organismo de consumo de nuestra comunidad autónoma y la posible escalada a delito, habría salido realmente caro mentir en la valoración que hayamos escrito.