Condenan a María León a pagar una multa de 5.700 euros por la agresión a una policía local de Sevilla en 2022
La Audiencia de Sevilla confirma la condena para la actriz por resistencia y lesiones, calificando su conducta de "intolerable"
María León acepta la condena por el altercado con la Policía Local de Sevilla pero los agentes recurren
SevillaPunto final al capítulo judicial de la actriz María León por su polémico altercado hace más de tres años en Sevilla. La Audiencia Provincial ha confirmado íntegramente la sentencia que condena a la intérprete al pago de una multa de 5.700 euros por un delito de resistencia a la autoridad y otro leve de lesiones.
Con este fallo, la justicia rechaza las peticiones de la Fiscalía y de la acusación particular, que solicitaban elevar la pena hasta los dos años de cárcel al considerar que los hechos constituían un delito de atentado.
Los hechos se remontan a la madrugada del 1 de octubre de 2022, en las inmediaciones del Parque de María Luisa. Lo que iba a ser una intervención rutinaria de la Policía Local acabó con la detención de la actriz tras un forcejeo que el tribunal no ha dudado en tildar de "intolerable". Sin embargo, los magistrados de la Sección Séptima consideran que el puñetazo y la patada que León propinó a una agente no buscaban agredir por el hecho de ser autoridad, sino que fueron gestos dirigidos exclusivamente a "evitar su detención" y poder huir del lugar.
Puñetazos, patadas e insultos: el relato de la agresión
La sentencia ratificada describe una escena de gran tensión. Según los testimonios de los agentes, clave en el proceso ante la falta de nitidez de los vídeos aportados, María León se bajó sin autorización de un coche patrulla y trató de huir hacia un grupo de personas. Cuando dos agentes la interceptaron y la sujetaron por los brazos, la actriz reaccionó de forma violenta.
El tribunal relata que la acusada lanzó un puñetazo hacia atrás que alcanzó el rostro de una agente y, tras perder el equilibrio y caer al suelo, aprovechó para propinarle una patada. Todo ello, según recoge el fallo, acompañado de insultos como "zorra" e "hija de puta".
A pesar de la agresividad del momento, los jueces subrayan que las lesiones fueron de "mínima gravedad" y que la complexión de la actriz limitó la trascendencia física del ataque.
La diferencia entre resistencia y atentado
La gran batalla jurídica de este caso residía en la calificación del delito. Mientras que los tres policías locales y la Fiscalía insistían en que se trataba de un delito de atentado (castigado con penas de prisión), la Audiencia ha mantenido la tesis del Juzgado de lo Penal número 2.
La clave reside en la "finalidad" de la violencia ejercida por la sevillana. "Los hechos se incluyen en el delito de resistencia porque la acción iba dirigida a desasirse de la sujeción de los agentes para salir corriendo", argumentan los magistrados.
Al no considerarse un ataque directo y grave a la autoridad, sino una resistencia activa para escapar, la condena se queda en el plano económico. María León deberá abonar 4.800 euros por la resistencia y otros 900 euros por las lesiones leves, además de una indemnización simbólica de 100 euros para la agente herida.
Sin indemnización por daños morales
El tribunal también ha desestimado la pretensión de la agente de ser indemnizada con 1.000 euros adicionales por daños morales. La policía alegaba haber sufrido una situación de "humillación" tras la filtración de diversos vídeos en prensa y redes sociales, asegurando que ciudadanos la habían reconocido e insultado en la calle.
La Sala es tajante al respecto, ya que consideran que no existe prueba alguna de que María León fuera la responsable de filtrar esas imágenes. Por tanto, esos supuestos daños no pueden imputarse a la actriz dentro de este procedimiento penal.
Con esta resolución, que confirma la absolución de los dos amigos de la actriz que también fueron juzgados, se cierra un episodio que ha mantenido a María León en el foco mediático por motivos ajenos a su carrera cinematográfica.