Deducciones autonómicas para Andalucía: estas son las 3 nuevas formas de desgravar y con efecto retroactivo

La Junta de Andalucía ha introducido tres deducciones nuevas con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2025 y se aplican desde ya
Principales deducciones a nivel nacional en la declaración de la renta 2026: la de maternidad es aplicable a toda España
La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el 8 de abril de 2026 y se extiende hasta el 30 de junio. La presentación en línea está disponible desde esa fecha; la atención telefónica, a partir del 9 de mayo con cita previa; y la asistencia presencial en oficinas de Hacienda, desde el 1 de junio con cita accesible desde el 29 de mayo.
Para los contribuyentes que residen en Andalucía, este año hay un motivo especialmente potente para no confirmar el borrador sin revisarlo: la Junta ha introducido tres deducciones nuevas con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2025, lo que significa que aplican ya en esta campaña.
Las tres grandes novedades de 2025 con retroactividad
La Ley 8/2025, de 22 de diciembre, aprobó los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2026 e introdujo tres nuevas deducciones en el IRPF autonómico. Estas nuevas deducciones autonómicas entraron en vigor el 1 de enero de 2026 con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, siendo aplicables ya en la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025.
1. Deducción por ejercicio físico y deporte: El 15% de las cantidades satisfechas en concepto de cuotas de pertenencia o adhesión a gimnasios, centros deportivos, clubes deportivos, federaciones deportivas y secciones deportivas de otras entidades, para el desarrollo de actividades de ejercicio físico o práctica deportiva por el contribuyente, su cónyuge o pareja inscrita, o por aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos por descendientes y ascendientes. El límite máximo es de 100 euros anuales por contribuyente.
2. Deducción por gastos veterinarios de animales de compañía: El 30% de las cantidades satisfechas por gastos veterinarios derivados de la adquisición de animales de compañía o de la tenencia de perros de asistencia, con un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente. La deducción aplica, con carácter general, durante el año siguiente a la fecha de adquisición; en caso de adopción, durante los tres años siguientes; y si se trata de un perro de asistencia, durante todo el periodo de tenencia. El umbral de renta para aplicarla es que la suma de la base imponible general y del ahorro no supere los 80.000 euros en tributación individual ni los 100.000 euros en tributación conjunta.
3. Deducción por enfermedad celíaca: 100 euros por cada persona integrante del núcleo familiar del contribuyente que tenga enfermedad celíaca diagnosticada, acreditada mediante informe médico oficial conforme a los criterios reconocidos por la comunidad científica, emitido por profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía o, en el caso de aseguramiento privado, por profesionales adscritos a la entidad aseguradora.
Deducciones consolidadas que no debes perder de vista
Más allá de las novedades, el catálogo andaluz es uno de los más extensos de España. El Manual Práctico de la AEAT para la Renta 2025 recoge un total de 17 deducciones autonómicas aplicables en Andalucía. Las más relevantes por volumen de contribuyentes afectados son:
- Alquiler de vivienda habitual: El 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual, con un importe máximo de 1.200 euros anuales con carácter general y de 1.500 euros anuales en caso de contribuyente con discapacidad. Solo pueden aplicarla contribuyentes menores de 35 años o mayores de 65, víctimas de violencia doméstica, víctimas del terrorismo o personas con discapacidad, siempre que la suma de la base imponible general y del ahorro no supere los 25.000 euros en tributación individual o los 30.000 euros en tributación conjunta.
- Gastos educativos: El 15% de las cantidades satisfechas por gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática, con un importe máximo de 150 euros anuales por cada descendiente. El umbral de renta para aplicarla es de 80.000 euros en tributación individual y 100.000 euros en tributación conjunta.
- Discapacidad: 150 euros por cada contribuyente que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no supere los 25.000 euros en tributación individual o los 30.000 euros en tributación conjunta.
El error más frecuente: confirmar sin revisar
Todas estas deducciones no aparecen reportadas automáticamente en el borrador de Renta. Es decir, que si el contribuyente confirma el borrador sin añadirlas manualmente, las pierde. La clave es no perder los justificantes correspondientes, ya sean recibos del gimnasio, facturas veterinarias, informes médicos de celiaquía, contratos de alquiler... antes siquiera de abrir la declaración. Y si quieres verificar por ti mismo cada deducción, sus cuantías exactas y sus requisitos, puedes consultar el Manual Práctico de IRPF 2025 publicado por la Agencia Tributaria, cuya última actualización data del 17 de marzo de 2026 y recoge ya las modificaciones introducidas por la Ley 8/2025.
