Qué impuestos debes abonar si te hacen una donación

  • Diferencias entre herencia y donación

  • Cuando recibes algún bien en herencia o donación estás obligado a pagar un impuesto

  • Te contamos qué impuesto se paga al recibir una donación y al realizarla, para que lo tengas en cuenta al llevar a cabo esta operación

Recibir una donación es un regalo en vida que ayuda a una persona en la compra o recibo de un bien material o inmaterial, pero como toda operación que suponga dejar o prestar dinero, no sale gratis. Lo cierto es que, por más lógico que pueda parecer que un padre done a un hijo un capital a coste cero, este tipo de operaciones tiene un precio fiscal, es decir, ambas partes están obligadas a pagar impuestos por la donación.

En el caso del donatario, es decir, quien recibe el dinero o el bien, debe pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y, además, si se tratara de la donación de un inmueble urbano, se debe abonar el Impuesto de Plusvalía Municipal. Mientras que el donante, debe declarar esta operación en el IRPF si ha obtenido una ganancia patrimonial.

A continuación, te detallamos en qué consisten estos impuestos en el caso de ejercer el papel de donatario: qué tienes que declarar, en qué periodo de tiempo y cómo tienes que hacerlo.

Impuestos que paga el donatario

1. Impuesto de sucesiones y donaciones

El impuesto de sucesiones es la cantidad de dinero que tienen que pagar los herederos cuando reciben una donación o herencia. Entre los aspectos que debe considerar el donatario están:

  • Plazo: se debe liquidar el impuesto en 30 días contados desde la fecha en el que se ha realizado la donación.
  • Lugar de presentación: 
  • Si se dona un bien inmueble: en la comunidad autónoma donde se encuentra dicho inmueble. 
  • Si se dona un bien mueble: en la comunidad autónoma donde resida el donatario. 
  • Si se donan bienes muebles e inmuebles: en la comunidad autónoma donde radique la vivienda si tiene un valor superior al de los bienes muebles, o en la comunidad donde resida de forma habitual el donatario si los bienes muebles tienen un valor superior a los inmuebles. 
  • Bonificaciones aplicables: existen bonificaciones en las diversas comunidades autónomas que dependen del tipo de bien que se dona o del parentesco entre donante y donatario.

2. Plusvalía municipal

Por otra parte, el donatario debe liquidar la plusvalía municipal si ha recibido un bien inmueble urbano. Dispone de 30 días hábiles para pagar este impuesto, cuya cantidad varía según el Ayuntamiento.

Impuestos que paga el donante

Por otro lado, el donante también tiene que declarar el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) si se ha producido una ganancia patrimonial. En el caso en que el inmueble tenga un valor superior respecto a cuando se ha adquirido, el donante debe incluir la ganancia patrimonial en la declaración de la renta. El importa a pagar varía entre el 19% y el 23% en función del valor del bien donado.

Asimismo, existen varias excepciones en las que se exonera el IRPF:

  • El inmueble donado es una vivienda habitual y el donante es mayor de 65 años. 
  • El donante ha tenido la vivienda en propiedad durante menos de un año. 
  • El donante mantiene el aprovechamiento del inmueble y conserva solo el vínculo de propiedad, por lo que la plena propiedad se consolida cuando fallezca el donante.