Ingreso Mínimo Vital: requisitos para que los mayores de 30 años lo soliciten aunque vivan con sus padres
Los mayores de 30 años que convivan con sus padres han de demostrar que constituyen una unidad económica propia dentro del hogar para solicitar el Ingreso Mínimo Vital
El nuevo requisito para obtener el Ingreso Mínimo Vital que muchos beneficiarios no cumplen
El salvavida económico del Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva de la Seguridad Social destinada a garantizar un nivel mínimo de ingresos a personas y hogares en situación de vulnerabilidad económica ha llegado ya a casi 800.000 unidades familiares en los que viven casi dos millones y medio de personas de los que un millón son menores. El Gobierno trata de ampliar el número de beneficiarios y por eso impulsa a los mayores de 30 años para que la soliciten.
En términos generales, para solicitarlo es necesario haber residido en España de forma legal, efectiva y continuada durante al menos el año anterior. La residencia se demuestra mediante la inscripción en el registro central de extranjeros en el caso de ciudadanos comunitarios y suizos, o con la correspondiente autorización en el caso de personas de terceros países. El domicilio en España se verifica con certificado de empadronamiento, y la unidad de convivencia se demuestra mediante el libro de familia, certificados del registro civil o datos padronales.
¿Puede una persona mayor de 30 años que vive con sus padres pedir el IMV?
Una de las dudas más habituales en las oficinas de la Seguridad Social es si una persona mayor de 30 años puede acceder a esta prestación si aún reside en el domicilio familiar. La respuesta es afirmativa, pero siempre dependiendo del concepto de unidad de convivencia.
La Seguridad Social distingue entre unidad de convivencia y unidad de convivencia independiente, y esta diferencia es clave para determinar si una persona que vive con su familia puede solicitar el IMV por su cuenta.
Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, una persona mayor de 30 años puede solicitar el IMV aunque resida con sus padres, siempre que cumpla una serie de condiciones que acrediten que constituye una unidad económica propia dentro del hogar.
A diferencia de los jóvenes de entre 23 y 29 años, a quienes se les exige haber vivido de forma independiente durante al menos dos años, la normativa es ligeramente más flexible —pero estricta en sus plazos— para quienes ya han soplado las 30 velas.
Para que un solicitante de más de 30 años pueda ser beneficiario individual viviendo bajo el mismo techo que sus progenitores, debe acreditar una serie de condiciones que lo "desvinculen" económicamente de la unidad familiar principal:
- Residencia legal y efectiva: El solicitante debe haber residido en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud.
- Independencia administrativa: Este es el punto crítico. Para ser considerado una "unidad de convivencia unipersonal" independiente de sus padres, el interesado debe acreditar que su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores durante, al menos, el año inmediatamente anterior a la solicitud.
- Situación de vulnerabilidad económica: No basta con vivir solo o querer hacerlo; los ingresos anuales del ejercicio anterior deben ser inferiores a la renta garantizada por el IMV (los citados 8.803,20 euros anuales para un adulto solo).
El Ministerio de Inclusión es muy claro a este respecto ya que el IMV es una prestación "subsidiaria y diferencial". Esto significa que se calcula restando a la renta garantizada los ingresos que ya posea el beneficiario. Así, por ejemplo, si el solicitante gana 200 euros al mes por un trabajo a tiempo parcial, el IMV cubrirá la diferencia hasta llegar a los 733,60 euros.
Además, existe un límite de patrimonio neto (activos menos deudas, sin contar la vivienda habitual). Para 2026, un solicitante individual no puede superar los 25.021,50 euros en patrimonio. Superar esta cifra supone la denegación automática, independientemente de que no se tengan ingresos mensuales.
Respecto a lo anterior, la normativa del IMV introdujo un cambio por el que si el cese de la convivencia con los padres se debió al fallecimiento de estos, el requisito de haber vivido un año fuera del hogar familiar queda exento.
¿Cómo solicitarlo y qué documentación preparar?
La gestión se realiza preferentemente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para los mayores de 30 años que buscan demostrar su independencia, los documentos clave son:
- Certificado de empadronamiento histórico y colectivo: Fundamental para demostrar quiénes vivían con el solicitante en los últimos 12 meses.
- DNI o NIE en vigor.
- Declaración de la renta: Aunque no es estrictamente obligatoria para pedirlo, la Seguridad Social cruzará datos con la Agencia Tributaria. De hecho, ser beneficiario del IMV obliga legalmente a presentar la declaración del IRPF cada año.