Miles de contribuyentes confirman el borrador de la declaración de la renta sin revisar estas casillas clave
Confirmar el borrador de la declaración de la renta sin comprobar los datos en todas las casillas puede llevar a equivocaciones que valen mucho dinero
Deducción de más de 1.000 euros en la Declaración de la Renta 2026 para autónomos: solo hace falta cumplir un requisito
La campaña de la declaración de la renta 2026 arranca el 8 de abril y se cierra el 30 de junio. En la última campaña se presentaron 24.570.000 declaraciones, un 2,3% más que el año anterior. Y también en la última campaña, la Agencia Tributaria tuvo que enviar cartas a contribuyentes que habían presentado su declaración modificando información aportada por la Agencia, a efectos de que valorasen si debían presentar una declaración complementaria. Debido a esto, se presentaron 44.900 declaraciones complementarias de contribuyentes que rectificaron su declaración a partir de la carta remitida.
Es decir, todas esas personas confirmaron un borrador con errores. Muchas de ellas, por no revisar una casilla que este año, por primera vez, puede cambiar el resultado de la declaración de forma radical.
La confusión entre borrador y declaración definitiva es habitual campaña tras campaña. Hacienda genera el borrador de cada contribuyente automáticamente, pero eso no significa que sea cien por cien correcto. Y, de hecho, muchas veces no lo es.
La Agencia Tributaria lo advierte también, diciendo que el borrador tiene carácter meramente informativo y la responsabilidad de la veracidad de la declaración recae sobre el contribuyente. Aceptar ese borrador sin revisarlo implica asumir como propios posibles errores que, legalmente, pasan a ser responsabilidad del contribuyente.
El problema es que el borrador incorpora solo los datos que la AEAT conoce, pero no puede incorporar lo que desconoce. De esta manera, incorpora gran parte de la información, pero no puede determinadas ciertas circunstancias personales, autonómicas o familiares de los contribuyentes. Donaciones a ONG, deducciones autonómicas, incrementos por guardería o situaciones de discapacidad son algunos de los ejemplos que, si el contribuyente no los introduce manualmente, no aparecen en el resultado final. Cada año quedan cantidades sin solicitar simplemente porque el contribuyente no revisa estas casillas o desconoce que cumple los requisitos.
La casilla nueva de 2026: 340 euros que no llegan solos
Este año, la casilla que más contribuyentes van a ignorar es una que no existía antes. El Boletín Oficial del Estado, a través de la Ley 5/2025, ha aprobado una medida de carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025: una deducción de hasta 340 euros en la declaración de la renta, que beneficia a los asalariados que no superan el Salario Mínimo Interprofesional. El SMI de 2025 estaba fijado en 1.184 euros brutos mensuales, es decir, 16.576 euros anuales (aunque se haya subido recientemente, es importante recordar que se está dando fe de la situación de 2025, no de la actual).
El funcionamiento concreto de la deducción es el siguiente. Si los rendimientos íntegros del trabajo son iguales o inferiores a 16.576 euros al año, corresponde la deducción íntegra de 340 euros anuales. Si los rendimientos se sitúan entre 16.576 y 18.276 euros anuales, la deducción se reduce progresivamente de acuerdo con la siguiente fórmula: 340 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos del trabajo y 16.576 euros.
Así, para alguien que haya percibido 17.500 euros brutos anuales, el cálculo es 340 menos 0,2 por (17.500 menos 16.576), lo que da 155,2 euros de deducción. Y hay un límite adicional, ya que para poder aplicar esta deducción, además del umbral de ingresos laborales, se exige que el contribuyente no perciba otras rentas no exentas superiores a 6.500 euros anuales, y que no tribute bajo el régimen de estimación objetiva.
A esto hay que añadir un problema silencioso que cuesta mucho dinero a los contribuyentes. Y es que, aunque en muchos casos no estén obligados a presentar la declaración de la renta, es recomendable hacerlo para poder recuperar las retenciones soportadas durante el año. La razón es técnica pero relevante: la Ley 5/2025 no prevé una exención en el pago de nóminas, sino en la devolución. Es decir, si se cobra el SMI, se ha estado aplicando durante todo 2025 la retención correspondiente. No obstante, por esta ley, se devolverá lo contribuido en la declaración de la renta anual.
Dicho de otro modo: la retención mensual en nómina no se ajustó durante el año. La deducción no cambia las retenciones mensuales, no afecta al cálculo del salario neto durante el año, no supone un ingreso automático ni garantizado. Su efecto se concentra exclusivamente en la declaración anual. Quien no presente la renta, pierde al menos esos 340 euros.
En definitiva, el error más caro suele ser el más simple, y en este caso pasa por aceptar datos fiscales sin contrastarlos. El borrador ayuda, pero no es un certificado exacto. Si falta un ingreso, sobra una deducción o hay un dato desactualizado, la responsabilidad final siempre recae en el contribuyente.