Miles de autónomos andaluces pueden beneficiarse de estas deducciones por despoblación en la Renta

Existen varias deducciones que se pueden aplicar en la Declaración de la Renta en Andalucía
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Andalucía es la comunidad autónoma con mayor número de declaraciones de renta presentadas en España, por encima de Cataluña y Madrid, según los datos de la Agencia Tributaria. Y también es, a cierre de 2025, la región con uno de los incrementos más notables de trabajadores por cuenta propia: 592.000 autónomos registrados en el RETA, tras sumar 8.961 nuevas altas a lo largo del año. Son dos datos que, unidos, tienen implicación directa: en Andalucía hay cientos de miles de autónomos con obligación de declarar, muchos de ellos en municipios pequeños donde los incentivos fiscales autonómicos pueden suponer una diferencia real en el resultado de la declaración.
La Junta de Andalucía publica cada año una resolución oficial que determina qué municipios tienen la consideración legal de estar en riesgo de despoblación a efectos fiscales. La normativa establece que tendrán esa consideración los municipios con menos de 3.000 habitantes. Para el ejercicio 2025 se fijan en 422 los municipios andaluces que cumplen ese criterio. Por provincias, Granada concentra el mayor número de municipios afectados (121), seguida de Almería (69), Jaén (56), Málaga (59), Huelva (49), Córdoba (37), Sevilla (24) y Cádiz (11).
Deducciones si vive en uno de esos 422 municipios
La deducción más directamente vinculada al despoblamiento en la declaración del IRPF es la de nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores. En circunstancias ordinarias, esta deducción es de 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o acogido durante el ejercicio. Pero cuando el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación —es decir, en uno de los 422 que figuran en la resolución para 2025—, ese importe se duplica: la deducción pasa a ser de 400 euros, según el artículo 11.2 de la Ley 5/2021 y el Manual de Renta 2025 de la Agencia Tributaria.
Para aplicarla, la suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 25.000 euros en tributación individual ni los 30.000 euros en tributación conjunta. Esta condición limita su uso a autónomos con ingresos moderados, pero coincide precisamente con el perfil más habitual en los municipios rurales andaluces.
Junto a esta deducción en el IRPF, la Ley 5/2021 también establece tipos reducidos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD) para la compra de vivienda habitual en estos municipios, siendo este del 3,5% en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y el 0,3% en la de Actos Jurídicos Documentados, siempre que el inmueble se destine a residencia habitual y su valor no supere los 150.000 euros. Para quien esté valorando establecerse en un pueblo andaluz de menos de 3.000 habitantes, este descuento sobre el precio de la compra puede representar miles de euros de ahorro respecto a los tipos generales.
La deducción por inversión
Más allá de las deducciones vinculadas al despoblamiento, Andalucía ofrece en la Renta 2025 una deducción por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales que resulta especialmente relevante para autónomos que están constituyendo una sociedad o ampliando capital en una empresa andaluza. El importe es del 20% de las cantidades invertidas, con un máximo deducible de 20.000 euros. Si la entidad participa en proyectos de I+D promovidos por universidades o centros de investigación andaluces, el porcentaje sube al 50%, con un límite de inversión de 24.000 euros y una deducción máxima de 12.000 euros.
Los requisitos son muy concretos y piden que la sociedad debe tener domicilio social y fiscal en Andalucía, actividad económica con medios personales y materiales propios, y haberse constituido en los tres años anteriores o estar realizando una ampliación de capital. El contribuyente debe mantener la participación durante al menos tres años y no puede superar el 40% del capital social junto con sus familiares directos.
Hay un elemento que convierte estas deducciones en una trampa para quienes no las conocen: ninguna aparece de forma automática en el borrador de la declaración. Todas deben añadirse manualmente en el apartado correspondiente del modelo, conservando toda la documentación justificativa.
