Algunas comunidades ofrecen ya ayudas para comprar bicicletas eléctricas: cubren parte del coste si se cumplen ciertos requisitos
España no cuenta con una subvención nacional única para bicicletas eléctricas, pero sí un mosaico de programas autonómicos y municipales, que pueden cubrir entre el 20% y el 60% del precio
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El fomento de la movilidad sostenible ha generado en los últimos años un ecosistema de ayudas estructurado en tres niveles que, en algunos casos, pueden llegar a combinarse sobre la misma compra. Lo que no existe, y conviene dejarlo claro desde el principio, es un programa nacional uniforme, ya que a diferencia de lo que ocurre con los vehículos eléctricos de cuatro ruedas, donde el Plan MOVES III ha tenido un peso central, las bicicletas eléctricas dependen casi por completo de lo que decida cada comunidad autónoma o cada ayuntamiento.
Madrid: hasta 600 euros con el Plan Mueve
El programa más consolidado y con plazo de vigencia más amplio en este momento es el Plan Mueve Madrid, vigente desde el 25 de noviembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. Ofrece subvenciones de hasta el 50% del precio de la bicicleta eléctrica de pedaleo asistido, con motor de un máximo de 250 W, sin contar impuestos ni accesorios, con un límite máximo de 600 euros por unidad.
El plan también incluye ayudas para ciclos de tres ruedas, de hasta 1.500 euros, y para ciclomotores L1e-B, de hasta 700 euros. Pueden beneficiarse personas físicas, autónomos y pymes, y la compra subvencionable abarca desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026.
Galicia: el programa EBici
La Xunta de Galicia mantiene activo el programa EBici a través de la Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes, dirigido tanto a bicicletas eléctricas de pedaleo asistido como a bicicletas de mano híbridas o eléctricas para sillas de ruedas. La cuantía de la subvención no puede superar el 50% del precio de la bicicleta para un beneficiario general, con un límite de 500 euros. Para integrantes de una familia numerosa, el porcentaje sube al 60%, con un límite de 600 euros, y para quienes pertenezcan a una familia numerosa de categoría especial, el tope alcanza el 70%, con una cuantía máxima de 700 euros.
El presupuesto asignado para 2026 es de 700.000 euros, frente al millón de euros destinado en 2025. Una persona beneficiaria solo puede recibir ayuda por la adquisición de una única bicicleta eléctrica, y la solicitud debe tramitarla la entidad colaboradora, es decir el establecimiento comercial adherido al programa, de forma telemática, no el comprador directamente.
Cataluña, Baleares y otros territorios
En Cataluña, la Generalitat ha financiado en convocatorias anteriores ayudas de entre 250 y 500 euros en función del modelo de bicicleta, aunque no hay convocatoria autonómica abierta en 2026 en el momento de redactar este artículo. Los requisitos habituales en convocatorias pasadas exigían estar empadronado en Cataluña, ser mayor de 18 años y mantener la bicicleta durante al menos dos años tras recibir la ayuda.
En Baleares, las convocatorias anteriores han llegado hasta 600 euros para bicicletas eléctricas estándar y hasta 900 euros para bicicletas adaptadas, una cifra notablemente superior a la media nacional. En el País Vasco se han ofrecido en el pasado subvenciones de hasta 400 euros, aunque su continuidad para 2026 no está confirmada en fuentes oficiales recientes. Canarias ha ofrecido también ayudas de hasta 500 euros en convocatorias previas. Comunidades como Valencia, Andalucía o Aragón mantienen programas de ayuda al vehículo eléctrico que incluyen bicicletas, aunque su tramitación suele canalizarse a través de convocatorias municipales específicas más que de un programa autonómico único y estable.
Un requisito que nunca falta
Independientemente de la comunidad, hay un requisito que se repite en prácticamente todas las convocatorias: la bicicleta debe cumplir la normativa europea EPAC, lo que significa un motor de potencia máxima de 250 W y una asistencia eléctrica limitada a 25 km/h. Cualquier bicicleta que supere esos límites técnicos queda automáticamente fuera de cualquier programa de subvención, con independencia de su precio o de la comunidad en la que se solicite.
A esta exigencia técnica se suman, casi siempre, otros requisitos de carácter administrativo: ser mayor de edad, estar empadronado en el territorio donde se solicita la ayuda, que la bicicleta sea nueva, comprarla en un establecimiento adherido al programa correspondiente, y mantenerla en propiedad durante un periodo mínimo antes de poder venderla sin penalización. La documentación que se suele exigir incluye la factura de compra nominativa, el DNI, el certificado de empadronamiento y, en algunos casos, un certificado técnico de la bicicleta que acredite su potencia y velocidad máxima.
La alternativa cuando no hay subvención
Independientemente del lugar de residencia, existe una vía fiscal complementaria que no depende de ninguna convocatoria autonómica: la deducción del IRPF por la compra de bicicletas eléctricas, que asciende al 30% sobre un tope de 1.500 euros. Para contribuyentes con ingresos inferiores a 30.000 euros, o que pertenezcan a una unidad familiar con ingresos totales inferiores a 60.000 euros, ese porcentaje se eleva al 35%. Esta deducción puede ser especialmente útil en comunidades donde, como ocurre actualmente en varias regiones, no hay ninguna convocatoria de subvención directa abierta.