Con qué ayudas cuenta un pensionista en España

  • Existen distintas ayudas para jubilados: desde complementos hasta apoyo económico por dependencia, pasando por el bono eléctrico o el Imserso

El sistema de pensiones es uno de los grandes logros del Estado del bienestar: su razón de ser es intervenir desde el Estado para garantizar unos servicios mínimos a la población a través de un sistema de protección social, y la percepción de una suma de dinero mensual por parte de personas jubiladas es una de ellas. En España, además de las pensiones por jubilación contributivas, existe un sistema de ayudas especificas para casos concretos que requieren especial protección. Por eso, las distintas comunidades autónomas ofrecen ayudas para pensionistas jubilados en determinados circunstancias. Otra alternativa es hacerse un plan de pensiones.

¿Qué ayudas para pensionistas jubilados existen en España?

Las pensiones son prestaciones económicas, normalmente de duración indefinida y supeditadas a una previa aportación a la Seguridad Social, aunque no siempre es así. De hecho, cuando hablamos de pensiones por jubilación, podemos distinguir entre pensiones contributivas y no contributivas. Las primeras se perciben si se acredita el cumplimiento de ciertos requisitos (un período mínimo de cotización, por ejemplo) y su cuantía depende de la cantidad que nosotros hayamos aportado a la Seguridad Social durante nuestra vida laboral. Sin embargo, en el caso de las pensiones por jubilación no contributivas, no es necesario acreditar estas aportaciones, ya que se conceden como ayuda en determinados casos. Sí habrá que cumplir, por tanto, con los requisitos necesarios para acceder a ellas.

Tal y como explica la web de la Seguridad Social, dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social se incluyen las pensiones por jubilación, que pueden ser de distinto tipo: jubilación ordinaria, jubilación anticipada por tener la condición de mutualista, jubilación anticipada sin tener la condición de mutualista, jubilación anticipada derivada del cese no voluntario en el trabajo, jubilación anticipada por voluntad del trabajador, jubilación anticipada por reducción de la edad mínima debido a la realización de actividades penosas, tóxicas e insalubres, jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad, jubilación parcial, jubilación flexible y jubilación especial a los 64 años.

Por otro lado, de la gestión de la pensiones por jubilación no contributivas se encargan los órganos competentes de cada comunidad autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla. Es necesario, por tanto, dirigirse a estas instituciones para conocer las ayudas que existe en cada comunidad y en cada momento. En este enlace puedes encontrar accesos directos al servicio de cada autonomía. Esta categoría se correspondería con las ayudas para jubilados.

Además, a nivel estatal existe el llamado complemento para pensiones no contributivas. Así, para el año 2020 se establece un complemento de pensión, fijado en 525 euros anuales, para el pensionista que acredite fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada al pensionista cuyo propietario no tenga con él relación de parentesco hasta tercer grado, ni sea cónyuge o persona con la que constituya una unión estable y conviva con análoga relación de afectividad a la conyugal. En caso de unidades familiares en las que convivan varios perceptores de pensiones no contributivas, solo podrá percibir el complemento el titular del contrato de alquiler o, de ser varios, el primero de ellos.

Otro tipo de ayuda es la de las prestaciones de atención a la dependencia, que se componen no solo de ayuda económica, sino también a nivel asistencial. Se dirigen a las personas que se encuentren en situación de dependencia (personas mayores dependientes; personas con discapacidades moderadas y graves o grande dependientes; niños menores de tres años con problemas de dependencia; personas que tengan una discapacidad psíquica, intelectual o bien una enfermedad mental y que sean dependientes), y se gestionan a nivel municipal.

También existen ayudas residenciales, destinadas a determinadas personas que, siendo receptores de una pensión por jubilación, necesiten una asistencia continua. La Ley de Dependencia también ofrece una prestación para pagar la residencia de ancianos (las llamadas Prestaciones Económicas Vinculadas al Servicio o PEVS) que tienen un carácter periódico y se otorgan cuando no es posible el acceso a un servicio público o concertado.

Además, el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 incluye ayudas para los mayores de 65 años que pueden cubrir hasta el 50 por ciento del importe de la renta mensual, siempre que se trate de vivienda habitual y permanente.

Otra posible ayuda es el bono social eléctrico, destinado a los jubilados y otros colectivos vulnerables por su condición social o económica. Éste supone descuentos de entre un 25 o un 50 por ciento de la factura eléctrica. Por ejemplo, se prevé una ayuda del 25 por ciento cuando todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

Por otro lado, los Centros de día son establecimientos que ofrecen actividades culturales, deportivas, educativas... y si bien no se trata de una ayuda económica directa, sí pueden suponer un impacto muy positivo en la población jubilada. Normalmente son centros gratuitos.

En la misma línea, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) es una de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social de España responsable de la gestión de los servicios sociales complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social, de las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas. Los servicios sociales complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social incluyen el turismo social o viajes de vacaciones de las personas mayores y el termalismo social o estancias de personas mayores en balnearios.

Lo mejor en estos casos es asesorarse a nivel local para conocer qué ayudas específicas ofrece cada Administración y estudiar sus compatibilidades.