Los viajeros tendrán derecho a recibir una compensación en vuelos de larga y corta distancia y se introducen novedades en materia de información y asistencia
Qué pasa con el equipaje de mano en el avión tras la nueva normativa de la UE: lo que podrán cobrar las aerolíneas y lo que no
Los retrasos aéreos son una de las incidencias más frecuentes para los viajeros europeos. Cada año, millones de pasajeros sufren demoras que alteran planes de vacaciones, viajes de trabajo y conexiones internacionales.
Por ello, la Unión Europea ha aprobado una reforma de los derechos de los pasajeros que mantiene las compensaciones económicas actuales y, además, introduce nuevas obligaciones para las aerolíneas en materia de información y asistencia.

Las compensaciones por retraso se mantienen
Una de las principales novedades es que la reforma conserva el sistema actual de indemnizaciones económicas para los pasajeros afectados por retrasos importantes.
Los viajeros seguirán teniendo derecho a recibir una compensación de 250 euros en vuelos de hasta 1.500 kilómetros cuando el retraso supere las tres horas. En el caso de trayectos intracomunitarios de mayor distancia y vuelos comprendidos entre 1.500 y 3.500 kilómetros, la cuantía asciende a 400 euros.
Para los vuelos de larga distancia, la compensación continuará siendo de 600 euros.
Estas cantidades también seguirán aplicándose a determinadas cancelaciones comunicadas con menos de 14 días de antelación, siempre que se cumplan los requisitos previstos en la normativa comunitaria.
Las aerolíneas deberán informar mejor a los pasajeros
Uno de los problemas más habituales en las reclamaciones era el desconocimiento de los derechos por parte de los viajeros.
La nueva regulación pretende corregir esta situación obligando a las compañías aéreas a comunicar de forma más clara las compensaciones disponibles y los procedimientos necesarios para solicitarlas.
La presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, defendió la reforma asegurando que "hacemos más fácil a los pasajeros defender sus derechos y pedir compensaciones". Además, añadió que la nueva legislación "refuerza los derechos de los pasajeros y garantiza claridad y predictibilidad para nuestras aerolíneas".
Las compañías estarán obligadas a facilitar información detallada cuando un retraso o cancelación genere derechos económicos para los afectados.
Respuesta obligatoria a las reclamaciones
Otra de las medidas incluidas en la reforma afecta directamente a la gestión de las reclamaciones.
Las aerolíneas deberán acusar recibo de las solicitudes presentadas por los pasajeros y responder en un plazo máximo de 14 días. En ese periodo deberán comunicar si procede el pago de la indemnización o explicar de manera fundamentada los motivos por los que consideran que no corresponde abonarla.
El objetivo es reducir la incertidumbre y evitar que muchos viajeros permanezcan durante meses sin respuesta tras iniciar un procedimiento de reclamación.
Asistencia durante las largas esperas
La normativa también refuerza las obligaciones de asistencia cuando los retrasos se prolongan durante varias horas.
Los pasajeros tendrán derecho a recibir refrigerios periódicos durante la espera. Además, cuando las demoras sean especialmente largas, las compañías deberán facilitar comidas adicionales de forma regular.
Entre las novedades figura también el acceso garantizado a medios de comunicación, incluyendo conexión a Internet y la posibilidad de realizar llamadas telefónicas.
Si la incidencia obliga a pernoctar fuera del domicilio, la aerolínea deberá proporcionar alojamiento y asumir el transporte entre el aeropuerto y el hotel.
Cuando la compañía no ofrezca esta asistencia, el viajero podrá adoptar medidas por su cuenta y posteriormente solicitar el correspondiente reembolso.
Más protección para colectivos vulnerables
La reforma incorpora medidas específicas para determinados grupos de pasajeros.
Las aerolíneas ya no podrán cobrar suplementos para garantizar que los menores viajen sentados junto a sus padres o tutores. Tampoco podrán aplicar recargos a personas dependientes que necesiten permanecer junto a sus acompañantes.
Asimismo, se refuerzan los derechos de las personas con discapacidad cuando no reciban la asistencia necesaria durante su paso por los aeropuertos.
Otros cambios que llegan con la reforma
Entre ellas figura la prohibición de cobrar determinadas tasas por errores ortográficos o cambios administrativos simples en los nombres de los pasajeros.
También se limita la práctica conocida como "no-show", evitando que algunos viajeros pierdan automáticamente el derecho a utilizar parte de su billete por no haber utilizado un trayecto anterior.
En relación con el equipaje, la normativa mantiene la posibilidad de que las aerolíneas cobren por determinadas maletas de cabina, aunque obliga a ofrecer una mayor transparencia sobre las tarifas disponibles.
Además, los pasajeros seguirán pudiendo transportar gratuitamente un objeto personal que pueda colocarse bajo el asiento delantero, como una mochila pequeña o una funda para ordenador portátil.
Cuándo comenzará a aplicarse
Tras la aprobación política del acuerdo, el reglamento deberá completar los últimos trámites institucionales antes de su entrada en vigor definitiva.
Una vez publicado oficialmente, los Estados miembros dispondrán de un plazo aproximado de doce meses para adaptar sus procedimientos y garantizar el cumplimiento de las nuevas disposiciones.

