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La nueva normativa de la Unión Europea sobre los costes extras del billete de avión: de la selección de asientos al pago por la maleta de mano

La nueva normativa de la Unión Europea sobre los costes extras del billete de avión: de la selección de asientos al pago por la maleta de mano
Pasajeros con sus maletas en el Aeropuerto Adolfo Suáre Madrid Barajas. Europa Press
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BruselasLa Unión Europea, tras cumplir el lunes el último trámite formal para adoptar una reforma de los derechos de pasajeros más de una década después de impulsar las primeras negociaciones, mantendrá las compensaciones por retraso en su nuevo reglamento, pero no garantizará la gratuidad de la maleta de mano, permitiendo a las aerolíneas cobrar por ello.

Después de alcanzar por fin un acuerdo para poner coto a los costes extras del billete de avión, algo que que no ha convencido a las compañías aéreas por considerar que no se ajusta a los tiempos y la evolución del mercado, Bruselas incluye también entre las principales novedades de la norma la prohibición para las aerolíneas de cobrar a las familias o personas dependientes un recargo por garantizar asientos juntos a sus acompañantes.

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La nueva normativa de la Unión Europea sobre los costes extras del billete de avión

Los Estados miembro tendrán un plazo de 12 meses para la aplicación de la nueva normativa a partir de su publicación en el Diario Oficial de UE (DOUE) y su entrada en vigor.

El texto del acuerdo obtuvo el pasado viernes el visto bueno de los Veintisiete, con el voto en contra de España, además de Letonia, y las abstenciones de Finlandia y Austria. Sin embargo, el lunes fue adoptado por unanimidad por los eurodiputados, permitiendo con ello a la presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, y al ministro de Transportes chipriota, Alexis Vafeades, en nombre del Consejo de la UE, firmar poco después la reforma; un acto que puso fin a 13 años de negociaciones, y justo un año antes de que la presidencia de turno de la Unión Europea pase a Irlanda, sede de Raynair, lo que se entiende como algo que no es meramente casual.

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Según Bruselas, este acuerdo "fortalecerá significativamente los derechos de los pasajeros aéreos, al tiempo que ofrece una solución equilibrada para el sector". La Eurocámara defiende que los cambios permitirán que los viajes "sean más justos y transparentes" y que las aerolíneas cuenten con una "mayor claridad y previsibilidad". Sin embargo, España votó ‘no’ porque entiende que hay términos clave que no están incluidos.

“No garantiza derechos que para nosotros son fundamentales como la gratuidad del equipaje de mano", señala el Ministerio de Consumo, que dirige Pablo Bustinduy, pese a sí reconocer “avances” con la nueva legislación.

"La gratuidad del equipaje de mano es un derecho reconocido para los pasajeros, tal y como han defendido decenas de sentencias de los tribunales en España, y tal y como señaló una sentencia del TJUE, en la que de basó el Ministerio de Consumo para sancionar a cinco aerolíneas lowcost por, entre otras infracciones, cobrar a los pasajeros por este equipaje", recalcaron el viernes.

A ese respecto, cabe señalar que la Comisión Europea abrió expediente a España por multar a esas compañías, marcando así el camino formalizado ahora con el acuerdo.

"Hacemos más fácil a los pasajeros defender sus derechos y pedir compensaciones", ha defendido la presidenta de la Eurocámara, insistiendo en que la nueva legislación “refuerza los derechos de los pasajeros y garantiza claridad y predictibilidad para nuestras aerolíneas”.

En esa línea, igualmente, el ministro de Transportes chipriota y presidente de turno del Consejo, Alexis Vafeades, ha asegurado que la revisión de los derechos de pasajeros "brindará seguridad jurídica, equidad y una mayor protección a millones de pasajeros aéreos europeos", pero también ofrece un "equilibrio justo" para las aerolíneas, contribuyendo a preservar la conectividad, vital para el mercado interior de la UE y sus ciudadanos”.

¿Qué incluye la normativa y qué impacto tiene en el precio del billete de avión?

Ente los cambios principales, donde destaca que el precio del billete incluirá el de la maleta de mano, se encuentran los siguientes puntos clave:

  • La aerolínea deberá informar a los pasajeros mediante correo electrónico en un plazo de 96 días en caso de que su viaje sufra un retraso por el que tenga derecho a una compensación. En tal caso, el viajero deberá ser informado con claridad de los derechos que le asisten y de los procedimientos a seguir para obtener su indemnización, que cuyos umbrales se mantienen como estaban en el marco actual.
  • Las aerolíneas estarán obligadas a acusar recibo de una reclamación de inmediato y a responder, en un plazo de 14 días, ya sea pagando una indemnización o proporcionando una justificación clara para rechazar la reclamación.
  • Se garantiza una compensación por retraso de más de tres horas de 250 euros para todos los vuelos retrasados en rutas de hasta 1.500 kilómetros, de 400 euros para los vuelos intra-UE y de entre 1.500 y 3.500 kilómetros y de 600 euros para el resto de rutas. También tendrán derecho a estas compensaciones los pasajeros a quienes se cancele el vuelo con menos de 14 días de antelación.
  • Los pasajeros podrán embarcar sin sobrecoste alguno con un bulto de mano que quepa bajo el asiento en el avión (como una mochila o funda de ordenador).
  • Los colegisladores han renunciado a proteger jurídicamente el derecho a subir también sin pagar por ello con una maleta de mano en cabina, tal y como avala una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
  • La nueva norma exigirá transparencia a las aerolíneas de modo que estén obligadas a publicar como primera opción de precio el de un billete que incluya el embarque con una maleta de mano en cabina, pero éste no será el precio más bajo de la ruta ya que podrían ofrecer una tarifa más baja si el pasajero no viaja con esa maleta.
  • Quedan prohibidas las tasas por cambios administrativos de nombre o por errores ortográficos
  • Las aerolíneas estarán obligadas a enviar por correo electrónico a los pasajeros que sufran retrasos o cancelaciones con toda la información pertinente para conocer sus derechos y los pasos a seguir para reclamar la indemnización que les corresponda.
  • El nuevo marco prevé cambios para que las aerolíneas ya no puedan cobrar para garantizar que los menores se sientan junto a sus padres y también deberán garantizar que si viajan con un carrito para bebés puedan depositarlo en la puerta de entrada al avión y recuperarlo en el mismo lugar al finalizar el vuelo.
  • La nueva norma recoge el derecho a recibir refrigerios cada dos horas de espera, además de una comida después de tres horas y cada cinco horas a partir de entonces (hasta tres comidas al día)
  • Los viajeros afectados por retrasos también deberán tener garantizado el acceso a Internet y dos llamadas telefónicas y, en caso de que sea necesario permanecer una o más noches, el pasajero deberá ser alojado en un hotel de forma gratuito y contar con transporte también gratuito del alojamiento al aeropuerto y viceversa.
  • Si una aerolínea no proporciona la asistencia necesaria, los pasajeros también pueden tomar sus propias medidas y solicitar un reembolso.

Por otro lado, la reforma busca reforzar los derechos de los pasajeros por ejemplo cuando acepten como compensación un vale en lugar del reembolso, ya que la norma deja claro que estos bonos no podrán tener fecha de caducidad, ni condiciones inconvenientes.

Además, también se incluyen “nuevos derechos”, tales como:

  • La prohibición de denegar el embarque porque un pasajero no haya tomado el vuelo de ida ('no-show')
  • Derechos de indemnización cuando los aeropuertos no presten la asistencia suficiente que requieran las personas con discapacidad que lo requieran.

Tras el acuerdo para la aplicación de todas estas medidas, el próximo paso para el nuevo reglamento será su aprobación definitiva en pleno en el Parlamento Europeo, lo que tendrá lugar en julio, quedando después un plazo de 12 meses para su entrada en vigor.