Despidos

Condenan a un hotel de Ibiza tras despedir a un botones al solicitar los días su permiso retribuido tras ser padre prematuro

Imagen de archivo de los juzgados de Ibiza
Imagen de archivo de los juzgados de Ibiza. EP
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IbizaUn juzgado de Ibiza ha condenado a una empresa hotelera de la isla a indemnizar con 600 euros a un trabajador que fue despedido tras solicitar los derechos laborales que le concedía la paternidad. Según ha informado 'Diario de Ibiza', el trabajador que llevaba trabajando tan solo un día en el grupo hotelero comunicó a la empresa que debía ausentarse para atender el nacimiento prematuro de su hijo.

Tan solo un día después de dicha comunicación, el trabajador fue notificado de su cese laboral a través de una carta de despido. Por eso, la resolución judicial considera acreditado que la decisión empresarial vulneró el derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación del empleado, según ha adelantado 'Diario de Ibiza'.

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Despedido tras ser padre de forma prematura

El afectado había comenzado a trabajar como botones en un establecimiento hotelero de la isla y se encontraba en periodo de prueba. Tan solo había transcurrido un día desde su incorporación cuando informó a la empresa de que su mujer se había puesto de parto de forma prematura y solicitó acogerse a los derechos laborales que le correspondían como padre para poder atender tanto a su pareja como al recién nacido.

Sin embargo, al día siguiente de comunicar esta situación, la empresa le entregó la carta de despido.

La dirección justificó la decisión alegando que el trabajador seguía en periodo de prueba y que se había recibido una queja de una clienta por la desaparición de unos zapatos durante su estancia en el hotel.

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La demanda del trabajador al grupo hotelero

Al recibir la carta de despido, el empleado decidió demandar al grupo hotelero.

La demanda no solicitaba la nulidad del despido, ya que la extinción del contrato se produjo durante el periodo de prueba, sino que denunciaba una vulneración de sus derechos fundamentales.

Según recoge el medio de comunicación anteriormente citado, la defensa del trabajador sostuvo que la verdadera razón del cese no era una supuesta falta de aptitud para desempeñar sus funciones, sino el hecho de haber comunicado su reciente paternidad y reclamar los permisos que le reconocía la legislación laboral.

La resolución de la demanda interpuesta por el trabajador

La magistrada que ha resuelto el caso ha dado la razón al trabajador, como informan desde 'Diario de Ibiza'. En la sentencia concluye que existe una relación temporal directa entre el anuncio del nacimiento del hijo y la decisión de extinguir el contrato, por lo que aprecia una vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación.

Según recoge 'Diario de Ibiza', la sentencia apunta que el verdadero motivo de la decisión empresarial fue que el trabajador comunicó que debía abandonar temporalmente su puesto para acompañar a su mujer, que se encontraba en una situación delicada tras el nacimiento prematuro del bebé, y ejercer los derechos derivados de su reciente paternidad.

No obstante, la jueza fija una indemnización de 600 euros, una cantidad inferior a la reclamada por el demandante ya que el trabajador había solicitado 7.500 euros por los daños morales sufridos, además de una cuantía similar en concepto de daños y perjuicios derivados de la vulneración de sus derechos fundamentales.

Hay que destacar que, al haberse producido el despido durante el periodo de prueba, la sentencia no obliga a la empresa a readmitir al empleado, aunque sí le impone el pago de la indemnización por la lesión de sus derechos fundamentales.