La Audiencia Nacional absuelve al presunto yihadista de Algeciras pero ordena que entre en un centro psiquiátrico
Los magistrados de la Audiencia Nacional ordenan el ingreso de Yassine Kanjaa por un plazo de hasta 30 años en un centro psiquiátrico penitenciario
El misterioso perfil de ‘lobo solitario’ de Yassine Kanjaa
La Audiencia Nacional ha absuelto a Yassine Kanjaa, acusado de asesinar a un sacristán en Algeciras (Cádiz) en 2023 y de herir a otras dos personas al apreciar la eximente completa de alteración psiquiátrica, si bien se ordena su internamiento por un plazo máximo de 30 años en un establecimiento psiquiátrico penitenciario.
"Elevado grado de peligrosidad"
Los magistrados catalogan los hechos como asesinato terrorista consumado, asesinato terrorista en grado de tentativa y lesiones de carácter terrorista, descartando que se tratase de un simple homicidio. La Sala subraya que el acusado actuó con alevosía y motivación ideológica-religiosa, lo que sitúa el crimen dentro del marco del terrorismo islamista. Apuntan en esta dirección al constatar como probado que el autor apagó su móvil momentos antes de entrar en la iglesia y "se valió de una arma idónea que guardaba oculta en un falso techo de su vivienda", además de "dirigir sus ataques, sin errar, contra quienes consideraba sus objetivos o enemigos religiosos", disparando a "las zonas corporales adecuadas para darles muerte2
A pesar de ello, los magistrados han descartado que el asesinato y los intentos de asesinato cometidos, hechos por los que la Fiscalía pedía para él 50 años de cárcel, tuvieran "carácter terrorista" porque estos tipos penales requieren de "una alteración grave de la paz pública" y provocar "un estado de terror en la población o en una parte de ella".
La sentencia, que en lo referido al terrorismo cuenta con un voto discrepante, considera que cuando Yassine Kanjaa entró en dos iglesias de Algeciras el 25 de enero de 2023, mató al sacristán Diego Valencia e hirió de gravedad al sacerdote Antonio Rodríguez con un machete y al grito de Alá actuaba bajo un "cuadro de filiación esquizofrénica con una descompensación psicótica aguda" que anulaba sus facultades intelectivas y volitivas.
Así, cometió los delitos de asesinato dentro de un cuadro que implicaba una "pérdida de percepción de la realidad" y fruto de "la ideación delirante de prejuicios y mesiánicos que, como el 'elegido', pretendió acabar con los 'poseídos'".
Al no tener conciencia de los delitos cometidos y no mostrar arrepentimiento, la sala ve un "elevado grado de peligrosidad" y por eso decreta su internamiento en un centro psiquiátrico.