Aprobada la Ley de Protección de la Infancia: la prescripción de los delitos empezará a contar cuando la víctima tenga 35 años

  • Aprobada con 297 votos a favor y la única oposición de Vox

  • La prescripción de los delitos contará desde que la víctima tenga 35 años

  • Los menores no tendrán que declarar en comisaría, solo ante el juez

La ley integral de protección a la infancia y la adolescencia frente a la violencia ha sido aprobada este jueves en el Parlamento con 297 votos a favor y la única oposición de Vox.

Con su entrada en vigor, habrá más tiempo para denunciar los abusos a menores, ya que empezará a contar la prescripción de los delitos cuando la víctima tenga 35 años y no 18 como ahora, y cualquier persona que conozca un caso o sospecha de violencia contra niños deberá denunciarlo.

La ley amplía la definición de violencia, persigue delitos cometidos a través de internet, crea unidades especializadas en las fuerzas y cuerpos de seguridad, un Registro Central de Información, un coordinador de bienestar y protección en los centros educativos e impulsa la formación para jueces y fiscales.

Con ella, cuando el caso llegue a los tribunales, los niños menores de 14 años solo tendrán que declarar una vez durante la investigación y se suspenderá el régimen de visitas cuando se dicte una orden de protección por violencia de género o haya indicios de que los hijos han presenciado o sufrido maltrato

El texto ha incorporado múltiples enmiendas durante el proceso de tramitación parlamentaria y hoy se aprueba con un amplísimo consenso, con la única oposición de Vox.

Los detalles de la Ley de Protección a la Infancia

Desde el punto de vista Jurídico:

  • Los delitos más graves contra los menores empiezan a correr para prescribir cuando la víctima cumple 35 años, frente a los 18 actuales.
  • Se introduce como circunstancia agravante la discriminación por edad y la aporofobia (el odio al pobre)
  • Se castiga también penalmente a quienes inciten a través de medios tecnológicos a los menores al suicidio, la autolesión o los trastornos alimenticios y la comisión de delitos sexuales.
  • El perdón de la víctima, si ésta es menor, no extinguirá la responsabilidad criminal.
  • En los asesinatos machistas el asesino perderá la patria potestad de los hijos.
  • El juez suspenderá el régimen de visitas cuando se dicte una orden de protección con medidas de contenido penal por violencia de género y haya indicios de que los hijos han presenciado o sufrido maltrato.
  • Se reconoce el derecho de los niños a ser escuchados a lo largo de todo el proceso y no se podrán tomar en consideración planteamientos sin base científica como el llamado síndrome alienación parental, que presupone que la madre ha manipulado al hijo contra el padre.
  • Se reforma también el Código Civil para reforzar la protección de los menores en los procesos de separación y divorcio
  • Los menores víctimas de delitos violentos graves tendrán derecho a asistencia jurídica gratuita
  • La ley integral contra la violencia de género abarcará también la violencia vicaria, la ejercida sobre familiares o allegados menores de edad para dañar a la mujer.
  • Todas las fuerzas y cuerpos de seguridad dispondrán de unidades especializadas en maltrato infantil. Los agentes, así como jueces, fiscales, recibirán formación específica para abordar este tipo de casos.
  • Con carácter general, se evitará tomar declaración al menor en comisaria, para que solo tenga que narrar los hechos una vez, ante el juzgado de instrucción.
  • Se creará un Registro central de maltrato infantil, al que deberán remitir información las distintas administraciones, el Consejo General del Poder Judicial y las fuerzas y cuerpos de seguridad
  • Los centros de protección de menores quedan bajo supervisión periódica de la Fiscalía y las medidas de contención física y la inmovilización estarán sujetas a estrictos protocolos.
  • Se prohíbe realizar desnudos integrales, exploraciones genitales o pruebas médicas invasivas a los menores para determinar la edad.

Desde el punto de vista educativo, sanitario y social

  • Los centros escolares deben contar con un plan de convivencia, con códigos de conducta.
  • Deberán tener también protocolos contra el abuso y el maltrato, el acoso escolar, el ciberacoso, el acoso sexual, la violencia de género, el suicidio y la autolesión, que se activarán cuando se detecten indicios de violencia o ante la mera comunicación de los hechos por parte de un menor.
  • Habrá un coordinador de bienestar y protección del alumnado en cada colegio, encargado de promover medidas de formación y de asegurar una alimentación saludable y nutritiva, en especial para los más vulnerables.
  • Habrá un protocolo común de actuación sanitaria y de comunicación ante sospechas o evidencias de casos de violencia a los servicios sociales, el juzgado de guardia, las fuerzas y cuerpos de seguridad, la entidad pública de protección a la infancia o el Ministerio Fiscal.
  • Se otorga la condición de agente de la autoridad al personal funcionario de los servicios sociales, que podrá solicitar la colaboración de cualquier servicio público.
  • Prioriza el acogimiento familiar y siempre que no sea posible los recursos residenciales se adecuarán a pequeña escala generando entornos lo más similares posibles a un entorno familiar.
  • Se establece un sistema de seguimiento y registro de los casos de violencia sobre los menores, cuyos datos se incorporarán en el Registro Unificado de Servicios Sociales sobre Violencia contra la Infancia.
  • En los envases de productos tecnológicos se advertirá de la necesidad de un uso responsable para prevenir conductas adictivas y se recomendará a las personas adultas vigilancia en el uso adecuado de estas tecnologías.
  • Los centros que realizan actividades deportivas y de ocio deberán contar con protocolos de actuación frente a la violencia y con un delegado de protección.
  • Se adoptarán medidas para que la actividad física, de cultura y de ocio no sea un escenario de discriminación por edad, raza, discapacidad, orientación sexual, identidad sexual o expresión de género, trabajando en el rechazo al uso de insultos y expresiones degradantes.
  • La Agencia Española de Protección de Datos tendrá un canal accesible y seguro de denuncias, que podrán presentar los menores sin estar acompañadas de una persona adulta si tiene madurez suficiente.
  • Los medios de comunicación deberán respetar el honor, la intimidad y la imagen de la víctima y sus familiares, incluso tras el fallecimiento del menor, y para la difusión de cualquier imagen deberá tener autorización de herederos o progenitores.

La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, ha destacado el consenso alcanzado en torno a la aprobación de la ley de protección a la infancia frente a la violencia, porque cambia la vida de los niños y refuerza su protección, como la de los menores migrantes.

Durante su intervención en el Congreso de los Diputados sobre la bautizada por el Gobierno como ley Rhodes, Belarra ha agradecido el trabajo "incansable" del pianista y activista James Rhodes en una norma "pionera" que se ha comprometido a desarrollar con diligencia para que "desde mañana mismo, los niños empiecen a notar sus efectos".

"No va a ocupar portadas la aprobación de esta ley en el Parlamento, pero es un paso esencial que demuestra que la política puede, debe y va a mejorar la vida de un país", ha aseverado la ministra. "Podemos decir que estamos haciendo política con mayúsculas, la que cambia la vida de la gente y le da sentido a la palabra democracia".