Restricciones durante el estado de alarma: su incumplimiento será castigado con multas

  • Hay que salir de casa de uno en uno

  • El presidente del Gobierno desaconseja viajar

  • Los niños pueden salir acompañados de un adulto

España continúa en estado de alarma por la crisis del coronavirus, al menos hasta el 9 de mayo, incluido. Desde que este se decretase, el Gobierno impuso una serie de medidas a los españoles que contemplaban el confinamiento. Aunque aún no estamos en la fase de desescalada, ya se sabe que los niños serán los primeros en salir desde el 27 de abril.

Los niños podrán salir...

"Un rato al día para oxigenarse" pero el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, aún no ha aclarado si se establecerán turnos de salida ni a qué distancia de podrán alejar de sus domicilios. Tampoco sabemos todavía si podrán ir a jugar a los parques, ahora cerrados, o a visitar a otros familiares.

Sí se conoce que deberán ir en todo momento acompañados de un responsable familiar y que la edad que se establece, en principio, como techo para salir a la calle se sitúa en los 12 años.

Podrás trabajar si...

Teletrabajas o si la actividad que desarrollas no se encuentra entre una de las suspendidas en el artículo 10.3 del Real Decreto recogido también en el anexo de la orde publicada en el BOE. En general, entre otros, los trabajadores de actividades esenciales, industria y construcción, podrán acudir a sus puestos de trabajo.

Podrás coger el coche para...

Se podrá ir en coche y a echar gasolina para comprar alimentos y productos farmacéuticos de primera necesidad, asistencia a centro sanitarios, desplazamiento al lugar de trabajo, retorno a la residencia habitual, asistencia y cuidado a mayores o menores, desplazamiento a entidades financieros y por otras causas de fuerza mayor.

También podrás circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o

empresarial.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad

o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Podrás coger el transporte público...

Los operadores de transporte reducirán la oferta total de operaciones en al menos un 50% en los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo que no están sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público, como consecuencia de la declaración del Estado de alarma. Dicho recorte podría ampliarse hasta el 60% en caso de que se considere necesario.

Podrás pasear al perro, pero no ir a la peluquería

Se permite pasear al perro y también llevarlo a una clínica veterinaria ya que se considera un servicio esencial.. Finalmente no podrás ir a la peluquería aunque se permitirá la asistencia a domicilio en casos concretos.

¿Puedo regresar a mi vivienda habitual ahora que se ha activado el estado de alarma?

Sí. A esta posibilidad sí hace referencia el decreto, que deja vía libre a ese desplazamiento.

¿Puedo ir a Correos?

Las oficinas de Correos abren por las mañana de 9:30 a 12:30 para la entrega y recepción de correo y paquetería. Los fines de semana se encuentran cerrados.

¿Los juzgados siguen activos?

Únicamente se celebrarán los juicios declarados como urgentes y las medidas cautelares urgentes, así como los procesos de EREs y ERTEs.

¿Puedo acudir al Registro Civil?

El Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia. En particular, deberán asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del artículo 52 del Código Civil.

¿Puedo realizar trámites en tráfico?

Las oficinas de tráfico se encuentran cerradas, únicamente se puede realizar algunos trámites en la sede electrónica de la DGT.

¿Puedo ir al banco o al seguro?

Esta es una de las excepciones que permite la norma, acudir a una sucursal bancaria o a una gestoria o correduría de seguros. No obstante, las entidades bancarias han pedido a sus clientes que prioricen las gestiones telemáticas siempre que sea posible y así evitar pone en riesgo los trabajadores de las sucursales.

No podrás ir a la playa ni de cena con un amigo a su casa

El Gobierno permite que los ciudadanos salgan de sus casas con una serie de "requisitos", entre los que no se contempla "irse a cenar a la casa de un amigo o el ocio". "No podrán ir a una terraza, a la montaña o a una estación de esquí, tampoco a la playa". Si quieres hablar con tu vecino hazlo por videoconferencia..

No podrás ir al cine y al teatro o de verbena

Se suspenden las verbenas, desfiles y fiestas populares. También los cines y teatros y las plazas, recintos e instalaciones taurinas. Además se cerrarán otros recintos e instalaciones como pabellones de Congresos, salas de conciertos, salas de conferencias, salas de exposiciones o salas multiuso, así como parques de atracciones o ferias, parques acuáticos, casetas de feria, parques zoológicos y parques recreativos infantiles.

¿Puedo salir a pasear con mi pareja de la mano?

No, hay que ir de uno en uno dejando espacio de al menos un metro.Y no, no debemos salir a pasear, ni hacer running. Solo está permitida la movilidad para ir al trabajo, hacer la compra en un supermercado o tienda de alimentación, echar gasolina o para ir a entidades financieras y de seguros. Solo aquellas personas que sufran una discapacidad de espectro autista podrán ir por la calle acompañadas.

¿Puedo salir a comprar el periódico?

Sí. Los quioscos de prensa, librerías, papelerías, farmacias, lavanderías, estancos, droguerías, ópticas y tiendas de productos ortopédicos, así como los establecimientos especializados en equipos tecnológicos y de telecomunicaciones o comida para mascotas podrán abrir al público.

¿Me pueden poner sanciones por no obedecer?

Las infracciones más graves, además de la multa que puede, pueden ascender hasta a 600.000 euros y acarrear incluso penas de cárcel de entre 3 meses y un año y otras sanciones de 6 a 18 meses.

¿Cuánto va a durar el estado de alarma?

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció la ampliación del Estado de Alarma otros 15 días, con lo que la extensión del estado de alarma será hasta el 11 de abril.

¿Puedo ir a mi casa a cuidar a mi madre dependiente?

Están también justificados los desplazamientos para la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. En estos casos, el Gobierno también permite que se les acompañe por la calle.

¿Puedo salir con mi hijo a la calle o al parque?

No, deben quedarse en casa salvo casos de fuerza mayor. Los parques y zonas de recreo están cerrados. Una excepción a esta prohibición es que su hijo sufra una discapacidad por la que si podrá acompañarle a dar un paseo. Si necesita ir a compar y no tienen con quién dejar a su hijo menor, podrá ir con usted.

¿Está limitado el tiempo que puedo pasar en la calle por una de las razones en las que sea factible?

No, pero a la hora de ir a hacer la compra deberá tomarse el mínimo tiempo posible.

¿Debo comprar provisiones para estos días ante un posible desabastecimiento?

No. Según el decreto las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias para el abastecimiento alimentario en los lugares de consumo y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción, permitiendo la distribución de alimentos desde el origen hasta los establecimientos comerciales de venta al consumidor, incluyendo almacenes, centros logísticos y mercados en destino. No hace falta que te lleves a casa medio supermercado. Van a permanecer abiertos.

¿Puedo ir a comprar ropa o a comer fuera?

No porque no hay restaurantes ni bares. Ni tampoco podrás comprar ropa.

¿Abren los talleres? ¿Y las grúas?

Las personas que por causa mayor -como pueden ser traslados a hospitales o desplazamientos para ir al trabajo- tengan que coger el coche cuentan con servicio de grúas si sufren algún percance, pero posiblemente no encontrarán abiertos los talleres. Fuentes del Real Automóvil Club de España (Race), han confirmado que tanto sus servicios, así como sus proveedores de asistencias (las grúas), están operativas. Pinchazos, cambios de batería y servicios que no requieran intervención en el taller podrán ser resueltos gracias a la asistencia en carretera. Otra cosa será si el vehículo, por un golpe o por una avería mayor, ha de ser trasladado a un taller. En el caso de la red oficial de las marcas de coches, la patronal de concesionarios Faconauto ha explicado que les recomienda que no lo hagan.

¿Qué hago si tengo que pasar la ITV de mi vehículo?

Durante el estado de alarma la reglamentación queda suspendida y seguirá así mientras dure este periodo.

¿Tengo que llevar obligatoriamente un certificado?

Para moverse por la calle a pie o en vehículo las autoridades le pueden requerir un justificante de trabajo o recibo de compra que demuestre que se cumple lo establecido en el decreto del estado de alarma, por ello sí es aconsejable para facilitar las comprobaciones de las fuerzas de seguridad.

¿Puedo llevarme a los niños a hacer la compra?

Ante las dificultades de algunas familias para hacer la compra, las autoridades permiten ir al supermercado con los hijos, solo si no hay con quien dejarlos. La norma general sigue siendo ir solo a la tienda y permanecer allí el menor tiempo posible.

¿Puedo ir a recoger a mi hijo porque tengo custodia compartida?

La recogida de menores de edad en los domicilios de sus padres o tutores (también en los casos en que la custodia es compartida o similares) está permitida como ir a ver a familiares dependientes.

¿Puedo bajar la basura?

Sí.

¿Cuántas personas pueden ir conmigo en el coche?

Debes ir solo excepto para acompañar a personas mayores, menores o discapacitados.

¿Puedo ir a recoger un familiar en el aeropuerto, en la estación?

No, a excepción del acompañamiento de personas con discapacidad, menores u otras personas con necesidades y causa justificada (como ancianos).

¿Podemos estar en los espacios comunitarios del edificio donde vivimos?

No, dado que es un espacio privado de uso público.

¿Puedo hacer uso de las zonas comunes del edificio donde vivo?

Sólo para las actividades imprescindibles de forma individual.

¿Puedo salir a mi patio / balcón / terraza particular?

Sí, pueden hacer uso las personas que residen en el domicilio.

¿Puedo ir a velatorios, en el tanatorio?

No, se recomienda mantener la distancia entre personas y evitar el contacto físico.