Italia ya no pondrá automáticamente el apellido del padre a un recién nacido

  • Sentencia histórica que ahora prevé que reciba los dos en el orden que los padres acuerden

  • El país ha tardado cinco años más que España en dar luz verde a esta medida

  • Ahora quedan abiertas las incógnitas de cómo será su puesta en práctica ante el esperado aluvión de solicitudes de cambio retroactivas

Una sentencia que cambiará la vida de muchas familias, de muchos padres y madres y que ahora dará la posibilidad de asignar el apellido de los dos cónyuges en el orden que acuerden los padres sin que, automáticamente, el paterno prevalezca.

Italia llevaba pidiendo desde hace muchos años una norma relativa a esta materia de género y ha tenido que llegar a través de una sentencia que ve discriminatorio e inconstitucional el artículo 262 del Código Civil italiano que establecía imponer de forma mecánica el apellido del padre a los hijos. A partir de ahora esto se termina y hombres y mujeres están a la misma altura ante la ley y ante sus hijos, dando también un ejemplo de dinámicas igualitarias en el seno de la familia.

La norma ha sido históricamente reclamada en Italia desde hace más de viente años. El Tribunal Constitucional apuró a manifestarse sobre el tema antes de que la ley, que lleva años de propuestas estancadas en el Parlamento, legislase sobre la materia. El método elegido ha sido determinar inconstitucional la obligación del nombre del padre, como ya lo había indicado la Corte europea y la de Estrasburgo, que ya había tirado de las orejas a Italia por la norma “machista”.

Ya en el 2006 el país transalpino establece por primera vez que usar solo el apellido del padre forma parte “de una concepción patriarcal de la familia que ya no es coherente con el valor constitucional de la igualdad de la mujer”. Luego, en 2014, la Corte de Derechos Humanos aconseja a Italia adoptar los marcos legislativos necesarios para cambiar la norma. Más tarde, estamos ya en 2016, llega la sentencia que establece que un hijo puede obtener ambos apellidos, materno y paterno, pero que no eliminaba aún el mecanismo automático por el que los hijos recibían el del padre.

El Constitucional, presidido desde hace tan solo unos meses por el ex primer ministro Giuliano Amato, en un comunicado justificaba esta nueva decisión histórica estableciendo que “todos los ciudadanos tienen la misma dignidad social y son iguales ante la ley sin distinción de sexo”. Corte Constitucional que cuenta en Italia con 4 mujeres -Silvana Sciarra, Daria de Petris, Emanuela Navarretta y que Maria Rosaria San Giorgio- entre 15 jueces que la componen.

En España una norma equivalente entró ya en vigor en 2017, cinco años antes que en Italia, lo que marca un indicio más del atraso que este país lleva en materia de género, que llegó años después en muchas normas del estilo. Por poner un ejemplo: la ley de paridad laboral fue aprobada en Italia todavía este pasado otoño.

Tan solo 48 horas después de la decisión de Giuliano Amato sale a la luz el primer caso que pudo ya acogerse a lo establecido por la Corte Constitucional. Es el de una mujer de Pesaro, región de las Marcas, que pidió incluir su apellido, además del del padre, a su hija acogiéndose a lo establecido en la recién estrenada sentencia histórica. Es el primer caso y el que marca un gesto significativo hacia una realidad de cambio.

Ahora se pide al Parlamento que dé, cuanto antes, luz verde al proceso legislativo para aprobar una norma en la línea de la sentencia y que siga las indicaciones de las distintas propuestas que llevan años esperando desde varias comisiones gubernamentales sobre la materia. Esto ayudará a que la puesta en práctica sea más efectiva y que ponga a disposición un marco de actuación a la altura. La identidad es también materia de género y un gesto simbólico como este es, en realidad, un paso más para una sociedad igualitaria.