El TSJ de Madrid tumba la tasa de basura: lo que hay que hacer si ya la has pagado

La polémica tasa de basuras podrá causar desigualdades: cada ayuntamiento fijará la cuantía en función de distintos criterios
El TSJ de Madrid tumba la tasa de basura: lo que hay que hacer si ya la has pagado. Archivo
  • Lo primero: esperar a la publicación íntegra de la sentencia y ver la reacción del Ayuntamiento

  • Hay que comprobar si el tribunal limita los efectos de la nulidad, como ocurrió con la plusvalía municipal, o si, por el contrario, la nulidad despliega efectos generales

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la tasa de basuras municipal por defectos sustanciales en su tramitación al no incorporar los anexos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas. La sentencia se publicará en dos días y sus detalles pueden aportar claves importantes.

La gran pregunta ahora se la hacen los ciudadanos que ya han pagado la tasa y que no interpusieron reclamaciones a la misma en el mes posterior al pago.

Informativos Telecinco se ha puesto en contacto con algunos de los bufetes que se ha encargado de llevar a cabo estas reclamaciones.

Lo primero: esperar a la publicación íntegra de la sentencia y ver la reacción del Ayuntamiento

Desde el bufete Prolegue, se considera que  debemos esperar a la integra publicación de la sentencia ya que es imprescindible analizar su contenido completo antes de dar una respuesta definitiva, dado que hay que comprobar si el tribunal limita los efectos de la nulidad, como ocurrió con la plusvalía municipal, o si, por el contrario, la nulidad despliega efectos generales. Esto determinará si pueden beneficiarse tanto quienes recurrieron en plazo como quienes no lo hicieron. Hasta disponer del texto completo, la recomendación es actuar con prudencia y, en su caso, valorar la interposición de acciones para no perder derechos.

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Coincide con ello Ignacio Lacasa, director de Madrid de BMG en Madrid, que señala los pasos a seguir para la gente que ya ha pagado ese impuesto de basuras en Madrid. Lo primero que hay que hacer es esperar al recurso de casación que tendrá que poner el Ayuntamiento ante esta sentencia para el que tendrá un plazo de 30 días. La respuesta a dicho recurso pondrá las bases de los que deben hacer los ciudadanos que han pagado en el caso de que sea contrario al Ayuntamiento y se declare nula la tasa de basuras. En ese caso se establecerían las condiciones en las que Ayuntamiento tendría que devolver el dinero o en su defecto las acciones que tendrían que hacer los ciudadanos para recuperarlo.

Qué posibilidades tiene de prosperar si el Ayuntamiento recurre

Desde el bufete Prolegue se destaca que "el Ayuntamiento de Madrid ha anunciado que está valorando la interposición de recurso, por lo que, de presentarse, la sentencia no sería firme. No obstante, el fundamento recogido en la nota de prensa, defectos sustanciales en el procedimiento por omisión de documentación esencial en el trámite de información pública, es jurídicamente relevante y consolidado en la jurisprudencia, lo que podría dificultar la viabilidad del recurso del Ayuntamiento. En cualquier caso, matizan, conviene analizar cada situación individual".

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Pese a todo, desde Prolegue se considera que las posibilidades de que prospere el recurso del Ayuntamiento son escasas. A priori, las probabilidades parecen reducidas. "La nulidad se fundamenta en un defecto sustancial del procedimiento: la omisión de documentación esencial (los anexos del informe técnico-económico) durante el trámite de información pública, lo que ha generado indefensión material y vulneración del derecho de participación. Este tipo de vicios, conforme a la doctrina del Tribunal Supremo, suelen determinar la nulidad de pleno derecho y no son fácilmente subsanables a posteriori".

 Qué pasa si no he puesto una reclamación aún y ya he pagado

Hasta el momento, los hay que han optado por asesoramiento legal o directamente han rellenado un formulario y lo han presentado en el Ayuntamiento. Pero esto era válido en el mes posterior al pago, ahora es la sentencia definitiva la de que determinará los pasos a dar para los que no han puesto reclamación. "Dependerá de si la sentencia establece o no una limitación de efectos. Si no hay limitación, podría abrirse la posibilidad de revisar liquidaciones incluso fuera del plazo ordinario. Si la hay, previsiblemente solo se beneficiarán quienes recurrieron en tiempo y forma. Este es uno de los puntos clave que habrá que confirmar cuando se publique la sentencia", destacan desde Prolegue.

No obstante, consideran que "en ese escenario, sí sería recomendable intentar activar vías extraordinarias de revisión, como el recurso extraordinario de revisión o la solicitud de nulidad de pleno derecho. El objetivo sería mantener vivo un procedimiento que permita beneficiarse de futuras resoluciones judiciales favorables o de posibles cambios jurisprudenciales con efectos retroactivos".

Qué pasos dar para reclamar

Dependerá de cada situación, pero de forma general:

  • Si aún están en plazo para impugnar: interponer recurso o solicitud de rectificación/devolución.
  • Si no lo están: valorar vías extraordinarias de revisión.
  • En todo caso: documentar el pago y conservar la liquidación.

En Bufete Prolegue recomiendan analizar cada caso de forma individual y asesorar sobre la mejor estrategia para garantizar la defensa de sus derechos y maximizar las posibilidades de recuperación de las cantidades abonadas.

Los recursos se pueden presentar también sin necesidad de abogado en la sede electrónica del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid o, de forma presencial, en las oficinas de cualquier registro municipal. Aquí está el modelo de Más Madrid del año pasado y el que presentó Vox.

La Federación Regional de Asociaciones Vecinales del Madrid (FRAVM) planteó otra posibilidad de recurso, en este caso de reposición, ante la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid. Hubo dos modelos en su web para hacerlo: el primero servía para solicitar la reducción de la cuantía de la tasa al considerarla desproporcionada, mientras que el segundo reclamaba su anulación en el caso de hallarse en alguna situación de exención.

Existe la posibilidad de obtener un interés legal si ya se ha pagado

Desde BMG se considera que "existe la posiblidad para los que ya hayan pagado de obtener un interés legal -que tiene un máximo de 5 años desde el pago- si el recurso del Ayuntamiento de Madrid no prosperara. Y se creen "que hay motivos para las reclamaciones que se han presentado porque el baremo del importe de la tasa de basuras se basa en el valor catastral sin tener en cuenta la generación de basuras lo que puede considerarse un abuso". Coinciden en este sentido con el bufete de Prolegue, que señala que "en caso de devolución de ingresos indebidos, la normativa reconoce el derecho a percibir intereses de demora desde la fecha del pago hasta la devolución efectiva".

Mientras tanto, los ciudadanos tendrán que esperar a la publicación de la sentencia en 48 horas y al posible recurso del Ayuntamiento de Madrid para saber qué pasa con el dinero que ya han abonado.