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La Ley de Bienestar Animal obliga a la recogida y alojamiento de los animales extraviados y abandonados: a quién corresponde

Aunque la ley plantea un modelo claro, su aplicación plantea importantes retos. Freepik
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MadridUn perro solo en medio de la calle, un gato desorientado en un portal o una camada abandonada al lado de un contenedor en la ciudad. Son escenas que, desgraciadamente, se repiten habitualmente en nuestro país y que suelen ir acompañadas de una misma pregunta: ¿quién debe hacerse cargo de este animal? Durante mucho tiempo, la respuesta ha sido confusa, recayendo en ciudadanos o protectoras sin un respaldo.

Sin embargo, la Ley de Bienestar Animal ha cambiado este escenario de manera clara. Ya no es una cuestión de voluntad o solidaridad, sino de una obligación legal bien definida. La norma dispone quién debe recoger, alojar y atender a los animales extraviados o abandonados, poniendo el foco en las administraciones públicas, pero, ¿en realidad, quién responde cuando el sistema falla?

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La clave de la ley: una responsabilidad pública clara

El punto central de la Ley de Bienestar Animal es que la protección de los animales extraviados y abandonados deja de depender de iniciativas aisladas o de la buena voluntad de terceros para convertirse en una responsabilidad pública obligatoria y estructurada. Esta norma establece de forma expresa que son los ayuntamientos quienes deben garantizar la recogida, atención y alojamiento de estos animales, integrando este servicio dentro de sus competencias básicas. Esto marca un cambio relevante respecto a etapas anteriores, donde la actuación podía variar mucho entre municipios y, en muchos casos, recaía casi por completo en protectoras o asociaciones sin recursos suficientes.

Esta responsabilidad no se limita a actuar cuando aparece un animal en la calle, sino que implica la creación de un sistema completo de respuesta. Los municipios deben disponer, de manera directa o gracias a acuerdos, de servicios de recogida operativos, centros de protección animal adecuados y protocolos de actuación que aseguren la trazabilidad de cada caso. Por otro lado, la ley exige que este servicio sea continuo, es decir, que haya una disponibilidad permanente y capacidad de intervención rápida. Se debe garantizar que dichos animales, desde un primer momento, reciben atención, custodia y una solución final acorde a su bienestar.

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Delegación, protectoras y realidad municipal

La Ley de Bienestar Animal permite que los ayuntamientos gestionen la recogida y alojamiento de animales de diferentes formas: pueden hacerlo con medios propios, externalizar el servicios a empresas especializadas o firmar convenios con asociaciones y entidades de protección animal. No obstante, hay un matiz fundamental que la ley deja muy claro: la responsabilidad última nunca puede delegarse. Aunque una protectora o una empresa gestione el servicio en la práctica, el ayuntamiento sigue siendo el responsable de que se cumplan las condiciones legales, de supervisar el funcionamiento y de responder ante cualquier posible incumplimiento.

En esta situación, las protectoras tienen un papel esencial, pero no deben ser confundidas con la administración. Su función es la de colaborar, apoyar y, en ciertos casos, suplir las carencias del sistema, pero no tienen ninguna obligación legal directa de asumir la recogida ni el alojamiento de animales. A pesar de esto, en la práctica, muchas de estas organizaciones terminan soportando gran parte del trabajo: rescatan animales, financian tratamientos veterinarios y gestionan adopciones, la mayoría de las veces con recursos muy limitados y dependiendo de los voluntarios. Esta situación provoca una evidente paradoja: entidades sin obligación legal que acaban asumiendo responsabilidades que corresponderían a la administración pública.

El problema se marca aún más cuando se observa la realidad territorial que hay en España. Aunque la ley establece un marco común, su aplicación va a variar enormemente entre municipios. Mientras que algunas ciudades cuentan con centros propios, servicios de recogida eficaces y protocolos bien definidos, otros ayuntamientos no disponen de infraestructuras suficientes o dependen casi por completo de acuerdos con protectoras. Esto provoca desigualdades significativas en la atención a los animales abandonados, desde retrasos en su recogida hasta centros saturados o falta de seguimiento adecuado.

¿Qué implica recoger y alojar a un animal?

Aunque a simple vista pueda parecer una actuación sencilla, el mandato de la Ley de Bienestar Animal de “recoger y alojar” animales extraviados o abandonados encierra en realidad un proceso completo, estructurado y con múltiples fases, que va mucho más allá de retirar al animal de la vía pública. La norma obliga a los ayuntamientos no solo a intervenir, sino a garantizar que desde ese primer momento se active un sistema de protección integral que cubra todas las necesidades del animal.

En primer lugar, la recogida debe ser rápida, coordinada y realizada por personal cualificado. Esto quiere decir que se deben disponer de servicios preparados para actuar ante avisos ciudadanos, intervención de la policía local o detección directa en la vía pública. No se trata solo de capturar al animal, se debe hacer de forma segura, evitando estrés, daños o cualquier situación de riesgo tanto para el propio animal como las personas. Además, en esta fase inicial se debe comprobar si el animal está identificado para intentar localizar a su dueño lo antes posible.

Una vez que se ha recogido, empieza la fase de alojamiento, que es donde la ley pone especial énfasis. El animal debe ser trasladado a un centro de protección animal autorizado, donde se garantice además de un espacio físico, unas condiciones adecuadas de bienestar. Esto incluye atención veterinaria inicial, evaluación de su estado de salud, acceso a agua y alimentación, higiene y un entorno que reduzca su estrés. Estos lugares deben ser espacios diseñados para cuidar y recuperar al animal.

La obligación no acaba ahí. El alojamiento también implica la custodia y gestión de ese animal durante todo el tiempo que sea necesario hasta resolver su situación. Esto puede incluir la búsqueda de su propietario, la tramitación de su adopción o su inclusión en programas específicos, como pasa con las colonias felinas. Durante este tiempo, la administración debe garantizar el seguimiento del animal, su atención continuada y el cumplimiento de protocolos que eviten el sacrificio injustificado.