DGT Dirección General Tráfico

Cámaras de detección de infracciones en Madrid: en estos puntos la DGT controla el uso del cinturón de seguridad

Conductores pillados sin cinturón de seguridad. ATEDES
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Los radares de cinturón llevan operando en nuestro país muchos años, aproximadamente desde el año 2015, cuando la Dirección General de Tráfico comenzó a expandir su colocación por todo el territorio nacional como una medida más para concienciar sobre la importancia del uso del cinturón de seguridad, que además es obligatorio desde 1975 para los asientos delanteros y desde 1992 para los traseros.

Cómo funciona un ‘radar de cinturón’

Como en el caso de otras infracciones, no llevar el cinturón de seguridad también es perseguido por las autoridades de tráfico. Puede ser sancionado si se observa por parte de un agente de la autoridad o mediante medios aéreos como los helicópteros Pegasus de la DGT, pero también con medios fijos que se colocan en ciertas vías (generalmente de gran afluencia o en tramos de alta siniestralidad) para certificar que todos los conductores lo hacen con el sistema de seguridad abrochado.

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Se trata de un sistema de cámaras que es capaz de tomar 50 fotos por segundo. Su precisión es tal que pueden identificar al conductor infractor hasta a 500 metros de distancia. Realmente, comienzan sus ráfagas cuando son capaces de leer tanto la matrícula delantera como ver correctamente las plazas del conductor y de su acompañante a través del parabrisas. Posteriormente, estas cámaras de visión artificial analizan las imágenes con un software diseñado específicamente para identificar la presencia o ausencia de cinturón y, si se da este último caso, proceder a emitir la denuncia correspondiente. Estas cámaras también pueden registrar infracciones relacionadas con el uso del teléfono móvil o una incorrecta colocación de los sistemas de retención infantil.

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Según datos de la organización de defensa de los conductores conocida como Automovilistas Europeos Asociados (AEA), en España el número de denuncias por no llevar el cinturón de seguridad fueron 100.766 en 2024, un incremento interanual del 0,12% con respecto a las 100.641 de 2023. Hay que recordar que conducir sin llevar puesto este elemento de seguridad está tipificado como infracción grave según figura en el artículo 117 del Reglamento General de Circulación.

“El conductor y los ocupantes de los vehículos estarán obligados a utilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas. Esta obligación, en lo que se refiere a los cinturones de seguridad, no será exigible en aquellos vehículos que no los tengan instalados. En todo caso, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil y situarse en el vehículo de acuerdo con lo dispuesto en los apartados siguientes”. El incumplimiento conlleva 200 euros de multa y la pérdida de 4 puntos en el carnet de conducir si eres el conductor, mientras que solamente será multa económica en el caso de los ocupantes (también 200 euros, pero impuesta directamente al pasajero infractor).

Cámaras de control de uso de cinturón en Madrid

Según los datos públicos que comparte la Dirección General de Tráfico, en la Comunidad de Madrid hay un total de 11 radares de cinturón operando actualmente. Estos son los que se conocen por el momento:

  • Autovía A-1, punto kilométrico 14,56 en sentido Burgos (en pórtico de radar fijo, a la altura de Alcobendas).
  • Autovía A-1, punto kilométrico 54,6 en sentido Burgos (a la altura de Cabanillas de la Sierra).
  • Autovía A-2, punto kilométrico 8 en sentido Barcelona (a la altura de Canillejas).
  • Autovía A-42, punto kilométrico 19,05 en sentido Madrid (altura Parla).
  • Carretera convencional M-104 (Colmenar Viejo a San Agustín de Guadalix), punto kilométrico 6,65 en sentido creciente.
  • Autovía M-501 (autovía de los Pantanos), punto kilométrico 49,92 en sentido decreciente.
  • Autovía M-501, punto kilométrico 20,59 en sentido creciente.
  • Carretera M-505 (carretera de El Escorial), punto kilométrico 24,175 en sentido creciente.
  • Carretera secundaria M-507, punto kilométrico 13,325 en sentido decreciente.
  • Carretera M-607 (carretera de Colmenar y Navacerrada), punto kilométrico 48,57 en sentido Madrid (a la altura de Cerceda).
  • Carretera convencional M-608, punto kilométrico 9 en sentido decreciente.

Hay que tener en cuenta que puede haber más radares de este tipo en otras vías donde no opera directamente la Dirección General de Tráfico. Por ejemplo, en la M-30, donde el organismo que regula todos los aspectos relacionados con la circulación tras la cesión de la concesión por parte del Ministerio de Fomento en el año 2004 es el Ayuntamiento de Madrid. Según podemos consultar en el Portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de Madrid, hay varios radares por toda la ciudad, pero solamente se catalogan entre radares fijos de velocidad, radares de tramo o radares tipo foto-rojo. Por tanto, que se conozca, el consistorio madrileño no tiene operativos radares de cinturón, aunque siempre puede ser una posibilidad.