Las nuevas normas de la DGT que tendrán que cumplir los conductores de motos: hasta 200 euros de multa si no se siguen

El Consejo de Ministros da luz verde a la reforma del Reglamento de Circulación que fija nuevas normas de seguridad para la movilidad, por lo que es importante prestar atención ya que su incumplimiento será una infracción grave
El Gobierno fija en 15 años la edad mínima para conducir patinetes y establece el uso obligatorio de casco
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 23 de junio una modificación del Reglamento General de Circulación. El objetivo “es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía”, según afirma el comunicado de la DGT, concepto en el que se encuentran los motoristas. En cuanto a los conductores de motos, es obligatorio el uso de guantes de protección y los cascos deben estar homologados, y si no cumples estas normas será una infracción grave. Además, se han confirmado nuevas normas de seguridad para patinetes, bicicletas y otros vehículos.

Esta modificación llega tras más de cinco años de trabajo junto a la Dirección General de Tráfico, ya que el primer borrador estuvo listo el 1 de marzo de 2021. La DGT señaló que la reforma es para “adaptar el reglamento al cambio de visión de la movilidad que se ha producido en los últimos veinte años”. Además, se recoge por primera vez una definición de “usuario vulnerable de la vía”: “aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad”.
Atención a los cambios en las motos
El Consejo de Ministros también aprobó varias medidas que afectan directamente a los motoristas. Si te desplazas en moto, debes tener muy en cuenta estas normas porque te pueden multar si no las cumples. Estos son los cambios que incorpora el Reglamento General de Circulación para las motos:
- Es obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros.
- Se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros/hora y previa señalización del tramo.
- Los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados.
- Los 'riders' que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Si no lo llevan, es una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
Estas modificaciones entrarán en vigor a partir del próximo 1 de octubre, excepto los artículos referidos al casco homologado para usuarios de motocicletas, ya que lo hará el 1 de octubre de 2027. Además, la obligación de guantes de protección homologados se hará efectivo cuando entre en vigor la orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas. Mientras tanto, la DGT confirma que se utilizarán guantes de protección de las mismas características de los que se usan en la actualidad.

Los principales cambios en patinetes y ciclistas
Además de las modificaciones en las normas de los motoristas, el Consejo de Ministros también ha aprobado nuevas medidas que afectan a vehículos de movilidad reducida (VMP), especialmente a los patinetes, y a los ciclistas. Estas son las normas que a partir de ahora deben cumplir los usuarios que utilicen vehículos de movilidad reducida:
- 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal.
- Deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Los profesionales que circulen en VMP deberán utilizarlo en todo momento. Si no se cumplen esas normas, será una infracción grave, sancionada con 200 euros.
- Estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado.
- Fuera de los núcleos urbanos, se puede permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, tales como vías ciclistas o carriles bici.
Los ciclistas también tienen que seguir estas normas introducidas en la reforma:
- Todos los ciclistas deberán llevar el casco en todo momento en vías interurbanas.
- Los riders deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante. Si no se cumple esta norma, es una infracción grave y se multará con 200 euros.
- El conductor que adelanta a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía. Además, en calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 metros.
- En vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad. Además, los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril y en carreteras de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros/hora o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación.
Al igual que las nuevas medidas de los motoristas, estas modificaciones de las normas entrarán en vigor a partir del día 1 de octubre de 2026, excepto los artículos referidos al alumbrado obligatorio para los vehículos de movilidad personal.
