Condenado a 24 años y medio de cárcel por dar una paliza mortal a su expareja en Burgos tras saltarse la orden de alejamiento

  • El condenado, de 36 años, se saltó la orden de alejamiento y mató a golpes a su expareja, de 34

  • La Audiencia de Burgos le condena por asesinato, maltrato habitual y quebrantamiento de condena

  • El jurado pular consideró en el juicio que era "consciente de lo que hacía" y la víctima no pudo defenderse

La Audiencia de Burgos ha condenado a 24 años y medio de cárcel a un hombre de 36 años al que el jurado popular halló culpable de dar una paliza mortal a su expareja, de 34, durante la madrugada del 29 de abril de 2018. Los terribles golpes que le propinó tras haberse saltado además una orden de alejamiento provocaron que apenas horas después de la paliza acabase muriendo en el Hospital Universitario.

La sentencia fija una pena de 22 años de cárcel por asesinato, año y medio por maltrato habitual y un año más por quebrantamiento de condena, al saltarse la orden que le prohibía acercarse a su víctima.

De este modo, se cumple prácticamente la pena que pedía la Fiscalía, que solicitaba 25 años de cárcel, mientras las acusaciones popular y particular pedían hasta 28 años de prisión. No obstante, la defensa del condenado recurrirá la resolución y ha llegado incluso a pedir la absolución por falta de pruebas a indefensión.

Orden de alejamiento para que no se acerque a la familia

Por otra parte, la sentencia facilitada por el TSJCyL incluye también una orden de alejamiento del condenado que le impedirá acercarse a menos de 500 metros de los padres y hermanos de la víctima durante los próximos 27 años, e indemnizaciones a los padres y hermanos de la víctima que suman algo más de 100.000 euros.

Era "consciente de lo que hacía"

El jurado popular considera que el condenado tenía intención de matar a la mujer, a la que golpeó "brutalmente" en la cabeza y abdomen. Era "consciente de lo que hacía".

Durante el juicio celebrado en la Audiencia provincial de Burgos, también por unanimidad, los miembros del jurado estimaron que la mujer no tuvo ocasión de defenderse de la agresión.

En cuanto al delito de maltrato continuado, el jurado lo consideró acreditado por las declaraciones de varios testigos y las dos denuncias que interpuso la mujer.

Así mismo, también por los testimonios de varios testigos y por los restos de semen del acusado hallados en el cuerpo de la víctima, el jurado le encontró culpable de quebrantamiento de condena, ya que tenía una orden de alejamiento de la víctima desde la denuncia que ella interpuso el 24 de marzo de 2018, poco más de un mes antes de sufrir la brutal agresión.

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