Condenados a 60 años de cárcel los tres miembros de la Manada de Molins por violar a una joven

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 20 años de cárcel a cada uno de los tres hombres que en mayo de 2018 violaron por turnos a una joven en un descampado, a la salida de la discoteca de Molins de Rei (Barcelona) donde la habían conocido.

La sentencia condena a los tres procesados por tres delitos de agresión sexual -uno como autores y otros dos como cooperadores necesarios- y les obliga a indemnizar a la víctima con 45.360 euros por los daños morales y las lesiones que le causaron en la violación.

Estremecedor relato

El relato de la víctima en el juicio fue escalofriante. "Cuando me di cuenta, me cogieron del pelo y me arrastraron. Me metieron en el maletero. Ha cambiado mi vida por completo. No quiero salir a la calle, me ducho más veces rascándome fuerte porque me da asco. Ya era consumidora de estupefacientes y empeoró la cosa porque quería evadirme y a raíz de eso estuve ingresada en un psiquiátrico", confesaba la víctima, quien ha resaltado que no sale sola a la calle porque tiene miedo y tampoco habla con desconocidos.

"Me cogieron del pelo y me arrastraron. Me cogieron y me tiraron al suelo, me intentaron bajar las medias, me levantaron el vestido".

"Me decían cosas, que era una puta, que me callara, que yo lo ponía más difícil, que otras chicas no ponían tanta resistencia, que yo lo estaba alargando porque quería", confesaba en el juicio.

El joven que grabó las imágenes absuelto de descubrimiento de secretos

Por el contrario, la sala absuelve de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos al acusado que grabó imágenes de la víctima durante la violación y lo compartió en un chat de Whatsapp, al considerar que no está acreditado que lo vieran personas ajenas al grupo.

Los hechos en cuestión sucedieron sobre las 06:30 del 19 de mayo de 2018 a la salida de una discoteca de Molins de Rei, cuando los procesados convencieron a la chica, que habían conocido dentro del local, para que se marchara con ellos.

La víctima, que había ingerido alcohol y sustancias estupefacientes y sufría un "grave deterioro de sus funciones intelectivas y físicas" se subió al vehículo, que los acusados condujeron hasta un descampado del vecino municipio de Sant Boi de Llobregat. Una vez allí, la desnudaron, realizaron tocamientos y la violaron por turnos al tiempo que la agredían y vejaban mientras ella "gritaba e intentaba zafarse de los procesados".

El relato de la joven violada era creíble y fiable

En su sentencia, la sección sexta de la Audiencia de Barcelona ha dado fiabilidad a la versión aportada por la víctima durante el juicio, ya que si bien esta no fue precisa o sincera en alguna manifestación dada la "situación en la que se encontraba en el momento de los hechos", y que la propia joven calificó de "estado emocional en shock", su relato en conjunto fue "creíble" y "fiable": su versión es "veraz en aquello esencial", recalca el tribunal. Además, el tribunal sostiene que el relato de la joven quedó corroborado con el resultado de las pruebas biológicas y los informes que "objetivaron el uso de violencia".

En su sentencia, la sala considera así probado que los acusados, con el ánimo de "satisfacer sus deseos libidinosos", condujeron a la víctima a un descampado recóndito para, de "forma sucesiva", obligarla a realizar felaciones en el interior del vehículo antes de penetrarla vaginalmente.

"En ningún caso consintió los actos sexuales descritos y sin que tampoco pudiera evitarlos pese a los gritos y la resistencia ofrecida" por la víctima, la cual sufrió además una "situación de angustia al verse en el interior del habitáculo de un vehículo y en un descampado, alejada de la posibilidad de pedir auxilio mientras sufría de forma sucesiva los tres ataques sexuales contra su libertad sexual con penetración", subraya la sentencia.

El tribunal constata asimismo que esta violación provocó lesiones en la joven, que requirieron para que sanara de una primera asistencia facultativa y de 10 días para su curación, siendo dos de ellos impeditivos para el ejercicio de sus ocupaciones habituales, así como de un seguimiento psicológico posterior.

Según el tribunal, los ahora condenados se aprovecharon de la situación de intoxicación etílíca que presentaba la joven para agredirla sexualmente y "utilizando para ello la violencia", como corroboran las pruebas, tanto el testimonio de la joven como las periciales aportadas en el juicio, entre ellas, los informes médicos de la exploración física de la chica tras la violación múltiple o los restos biológicos hallados.

En concreto, la Audiencia condena a cada uno de los tres autores -J.A.C.V.D.P, M.H.E. y J.M.V.- a una pena de 8 años de prisión por el delito de agresión sexual y a dos penas de 6 años cada una por el delito de cooperador necesario de un delito de agresión sexual. La jurisprudencia en estos casos de agresión sexual cometidas por varias personas consolidada, determina que si todos cometen el delito, cada uno responde por sus acciones y como cooperadores necesarios de las acciones de los otros.