Un conductor ebrio de 72 años de Errenteria condenado a prisión por simular soplar en un control

El hombre aseguró que sus problemas respiratorios le impedían realizar correctamente la prueba
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Le pararon porque no llevaba el cinturón de seguridad, y al ir a advertirle se encontraron con un hombre mayor con claros síntomas de ir bebido. Hacerle el control ya fue una odisea. Los hechos ocurrieron en Rentería. Hasta en nueve ocasiones el hombre sopló de forma errónea imposibilitando saber la cantidad de alcohol que llevaba en el cuerpo para la posterior multa. Los agentes interpretaron que el hombre no quería soplar, aunque este les decía que tenía problemas respiratorios.
Finalmente, un tribunal ha determinado una conden a diez meses y quince días de prisión y a tres años sin poder conducir por no colaborar correctamente con la prueba de alcoholemia, según ha adelantado El Diario Vasco.
El Tribunal de Instancia de Donostia-San Sebastián considera probado que el hombre simuló someterse al control, pero realizó los soplidos de manera insuficiente para evitar que el etilómetro pudiera obtener un resultado. Los hechos ocurrieron el 27 de febrero de 2026. El conductor no llevaba cinturón de seguridad. Cuando los agentes se percataron y le dijeron que se lo pusiera se dieron cuenta de que tenía signos evidentes de estar bajo los efectos del alcohol.
El acusado defendió durante el juicio que no se había negado a soplar sino que físicamente no podía hacerlo con la fuerza suficiente. Explicó que dormía con una máscara de oxígeno y que padecía problemas respiratorios que le impedían expulsar el aire necesario. Según su versión, llegó a intentarlo cuatro veces, pero no consiguió completar correctamente la prueba.
Los agentes manifestaron que el hombre realizó nueve o diez intentos aunque en todos ellos expulsaba aire de manera insuficiente. El policía aseguró que el conductor presentaba además claros síntomas de intoxicación etílica y que les había manifestado que había estado bebiendo vino en Lezo.
En la resolución, la magistrada ha considerado que el conjunto de las pruebas permite concluir que el conductor sí estaba afectado por el alcohol y que su comportamiento durante la prueba no obedeció a una imposibilidad física acreditada. La sentencia destaca que no existe ningún informe médico o pericial realizado en el momento de los hechos que respalde la explicación ofrecida posteriormente por el acusado sobre sus problemas respiratorios.
El tribunal considera que los síntomas observados por los policías y la conducta del conductor durante la intervención permiten acreditar el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Un segundo delito por negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia
El fallo judicial también recoge un segundo delito por negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia. Aunque el hombre aparentemente accedió a soplar, el tribunal entiende que lo hizo de una manera deliberadamente incorrecta para impedir que la prueba llegara a completarse.
Por el delito de conducción bajo la influencia del alcohol, el Tribunal de Instancia le impone cuatro meses y quince días de prisión y 15 meses de retirada del permiso de conducir. La ausencia de una tasa concreta de alcohol lleva al tribunal a situar la pena de prisión en su grado mínimo, aunque tiene en cuenta la intensidad de los síntomas que presentaba el conductor.
Por el segundo delito, el de negativa a someterse a las pruebas, recibe otros seis meses de prisión y 15 meses sin poder conducir.
En total, la condena asciende a diez meses y quince días de prisión, además de tres años de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, junto con el pago de las costas del procedimiento.
La sentencia puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa en el plazo de cinco días.
