Tribunales

Absuelven a los tres acusados de violar en grupo a una menor en Novelda por falta de pruebas

Absuelven a los tres acusados de violar en grupo a una menor en Novelda por falta de pruebas
Imagen de archivo de la fachada de la Audiencia Provincial de Alicante. Europa Press
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AlicanteLos tres jóvenes acusados de violar en grupo a una menor en Novelda, han sido absueltos por la Audiencia de Alicante al no encontrar evidencias para poder sustentar la condena. La víctima, que entonces tenía 16 años, presentó su denuncia cinco años después de la contextualización de los hechos, que se remontarían a la madrugada del 1 de enero de 2019, algo que, según señalan los magistrados en su sentencia, ha dificultado poder esclarecer lo ocurrido.

No existe evidencia alguna que sitúe a la denunciante en un domicilio de los acusados al margen de su declaración”, sostiene el fallo, que resuelve así a favor de los acusados, para los que se solicitaba una pena de hasta 21 años de cárcel para cada uno, y que se encontraban en libertad a la espera de la decisión judicial. El fallo, no obstante, no es firme, por lo que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.

La joven denunció haber sido víctima de una violación grupal en Año Nuevo

En su declaración, la joven manifestó que aquel día de Año Nuevo de 2019 fue víctima de una violación grupal perpetrada por los tres acusados. Entonces, tenía 16 años, pero no fue hasta cinco años cuando se decidió a denunciarlo.

En su testimonio, y según recoge el medio La Información, expresó que estaba en un botellón con sus amigos, había consumido alcohol y estaba muy afectada por sus efectos. Fue en esas circunstancias en las que dijo haber entablado conversación con los tres acusados, marchándose después al piso de uno de ellos, pese a que un amigo, testigo, le habría sugerido no hacerlo y marcharse a su casa porque estaba muy bebida.

Tras eso, la joven relató que fue violada por ellos por turnos en el baño del domicilio. Fue el 24 de septiembre de 2023 cuando lo declaró, explicando que no quiso denunciar desde el principio para intentar ocultarlo.

En ese sentido, el fallo sostiene que justo antes de que se produjese finalmente su denuncia, cinco años después, se produjo “una agria discusión con cruce de insultos” entre ella y uno de los acusados, con el que se cruzó por la calle. “No se ha aclarado por parte de los participantes el origen de la disputa, ni los términos en los que se desarrolló", sostiene el fallo, del que se hace eco La Información, y en el que los magistrados dejan ver así que todo apunta a que ese incidente terminó de propiciar que presentase la denuncia después.

La investigación y la dificultad para obtener pruebas concluyentes

En su resolución, el fallo hace constar que “es habitual que la decisión se dilate en el tiempo cuando la víctima es menor de edad”, pero apuntan que esos cinco años transcurridos hasta la denuncia han dificultado la obtención de pruebas, limitando la defensa.

Por otro lado, destacan que el relato de la víctima “es muy similar desde su primera declaración”, lo que, según indican, “parece normal al haber contado con cinco años para articularlo”. A ello, además, añaden que "se trata de un recuerdo claro que ofrece muchos detalles".

Más allá, la resolución los magistrados también ponen el foco en los acusados llegando a cuestionar algunas de sus manifestaciones durante el juicio. Los tres dijeron que ni la conocían, algo a lo que el fallo se refiere señalando: “Puede parecer extraño que en una localidad como Novelda se afirme no conocer a una joven de edad parecida”, siendo que les separan dos años de edad.

A ese respecto, cabe subrayar que, como recoge La Información, la joven aportó datos suficientes a los agentes de la Guardia Civil para poder identificarlos y arrestarlos, siendo que además conocía sus perfiles en las redes.

Durante sus intervenciones, los tres acusados hicieron una declaración exculpatoria, contestando solo a preguntas de sus abogados.

El fallo no descarta que el relato de la joven “sea consecuencia de una experiencia vivida”, pero faltan pruebas

En el texto de la sentencia, los magistrados llegan a señalar: “No descartamos que el relato sea consecuencia de una experiencia vivida, pero sí que sea eficaz como prueba única para sustentar la condena”.

Así, insisten en que no han podido probar que la joven hubiera estado en la citada vivienda, detallando que tampoco se han contrastado las características del piso, lo que consideran que habría podido ser “relevante”.

Por otro lado, se apunta que no constan las posibles secuelas psicológicas en la víctima, que estaba siendo tratada desde los 12 años en una unidad de salud mental por diversos trastornos psicológicos. Tampoco a los expertos que la trataban contó nada, al no ofrecerles confianza, siendo que a sus amigas no les relató los hechos denunciados hasta también años más tarde.

Por todo ello, y sin descartar que lo denunciado sea “consecuencia de una experiencia vivida”, el tribunal sostiene que el relato no puede ser “prueba única” para condenar a los tres menores, que quedan absueltos, a la espera de un recurso de la acusación.