Sanciones por incumplir el estado de alarma: ni Ayuso ni nadie estaría libre de sanción

Si el incumplimiento es por parte de la autoridad, este puede perder sus facultades
Si lo comete un funcionario, las autoridades pueden suspenderlos de inmediato
Las sanciones se mantendrán aunque finalice la vigencia del estado de alarma
El Gobierno ha decretado el estado de alarma en Madrid queGobierno ha decretado el estado de alarma en Madrid Ayuso ha intentado evitar a toda costaLa tensión entre ambas administraciones es patente. La Comunidad ya ha señalado que pedirá todos los días el levantamiento del estado de alarma en base a los datos.
¿Qué pasaría de no respetarse el estado de alarma? El incumplimiento del estado de alarma será sancionado si el incumplimiento es por parte de una autoridad con la pérdida de parte de sus facultades, que serían asumidas por la autoridad competente.
El artículo 20 del Real Decreto por el que se declara el estado de alarma dice lo siguiente sobre el régimen sancionador: "El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las Leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981, de 5 de junio".
En ese artículo también se establece que si la desobediencia fuera cometida por funcionarios, las autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario. Aunque después sería el juez quien establecería la culpa.
Y si el incumplimiento corresponde a autoridades, las facultades de éstas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas, podrán ser asumidas por autoridad competente mediante la vigencia de la declaración de alarma.
Las sanciones, según la Ley de estado de alarma, excepción y sitio, se mantendrán aunque finalice la vigencia de la declaración del estado de alarma.
Es decir, una vez que se de por concluido el citado estado, decae la eficacia de las competencias en materia sancionadora y de actuaciones preventivas que correspondan a las autoridades competentes y también todas las medidas concretas que se hayan adoptado en base a éstas, salvo las que consistieran en sanciones firmes.
La medida del Gobierno entrará en vigor después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) pero todo apunta a que las limitaciones que se impondrán a los ciudadanos de las localidades afectadas serán las mismas que recogía la orden de Sanidad de la semana pasada.