Agresión sexual

Condenan a un hombre a cinco años de cárcel por agresión sexual al hijo de su pareja en Granada

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la sentencia - Archivo. Europa Press
  • Los hechos con tocamientos en diversas partes del menor ocurrieron en 2019 en un paraje despoblado

  • El acusado, que negó la agresión sexual, llegó a golpear al niño de nueve años cuando se resistía

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GranadaUn hombre ha sido condenado a cumplir cinco años de cárcel y otros seis de libertad vigilada por agresión sexual al hijo de la pareja con la que mantenía una relación esporádica en Granada. Así lo ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

En la sentencia a la que ha accedido Europa Press se recoge que los hechos sucedieron el 29 de noviembre del 2019, a las 20 horas. El acusado llamó curiosamente la atención del menor al decirle que le acompañase a cometer un delito: robar una moto.

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Sin embargo, lo que pretendió con esa excusa fue llevarlo hasta un paraje recóndito y despoblado, ubicado en un pueblo del área metropolitana granadina. Allí había un edificio en construcción, donde se metió con el niño de nueve años.

Diversos tocamientos e incluso golpes al resistirse

El fallo que ya había emitido la Audiencia de Granada continúa relatando que ahí dentro, el implicado empezó a realizar diversos tocamientos en distintas partes del cuerpo de la víctima. Al ver que se resistía a sus acciones, incluso le golpeó.

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Además de agredirlo sexualmente, le causó varias lesiones por su actitud violenta. En la sentencia se añade que el acusado vivía en Jaén, pero se desplazaba hasta la capital granadina para encontrarse con la madre del pequeño.

Llevaban apenas dos meses manteniendo la relación y el hombre se quedaba algunos días en la casa de ella. Tanto la defensa como la acusación particular recurrieron la decisión judicial inicial que condenó al acusado.

Negó la agresión sexual y deberá indemnizarle

El varón negó los hechos, si bien la Sección de Apelaciones de la Sala Penal del TSJA corrobora el fallo de la Audiencia Provincial que dio total credibilidad al testimonio de la víctima. En el fallo también prohíbe al acusado contactar o aproximarse al menor durante 12 años.

Además, deberá indemnizarle en 5.200 euros y no podrá ejercer ninguna profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores por un tiempo de nueve años. Por el delito leve de lesiones, ha sido condenado al pago de una multa de 480 euros.