14 meses de prisión por golpear e insultar a su mujer en Barcelona porque no le gustaba cómo cocinaba
El acusado golpeó con cinturón e insultó en varias ocasiones a su esposa en su domicilio de Corbera de Llobregat
El hombre impidió a su mujer salir de casa durante cuatro meses: la obligaba a tener las persianas bajadas
BarcelonaUna jueza de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) ha condenado a un hombre a 14 meses de prisión por agredir de forma continuada a su esposa porque no le gustaba cómo cocinaba, además de impedirle salir del domicilio durante cuatro meses en Corbera de Llobregat (Barcelona).
El juzgado de violencia sobre la mujer ha celebrado un juicio rápido, con una sentencia de conformidad en la que se declara probado que el acusado golpeó con cinturón e insultó en varias ocasiones a su esposa en su domicilio de Corbera de Llobregat (Barcelona) porque no le gustaba la comida que le había preparado.
La pareja contrajo matrimonio en Marruecos el pasado 23 de julio de 2024 y convivían en el mismo domicilio en Corbera desde el 30 de junio de este año. En la primera semana de su llegada, el acusado con ánimo de menoscabar la integridad física de su pareja, le empezó a dar guantazos en la cabeza recriminándole que no había hecho bien la comida, seguidamente la golpeó por todo el cuerpo con las manos abiertas, sufriendo moratones en los glúteos y caderas.
Retenida en casa y con las persianas bajadas
Unos hechos que durante el primer mes de estancia, al menos una vez a la semana, el acusado empujaba y golpeaba con cinturón a su esposa, "sobre todo" cuando el acusado llegaba al domicilio enfadado del trabajo, según la sentencia consultada por Informativos Telecinco.
En otra ocasión, el hombre la pegó por la espalda y no la dejó ir al médico y con ánimo de despreciarla, se dirigió hacia ella empleando expresiones tales como “eres una mierda, hija de puta, cochina". Una situación que fue a más y que llevó al acusado a no permitirle salir a la calle y obligarla a tener las persianas bajadas, según añade la magistrada, quien condena al hombre por un delito de maltrato habitual y un delito de coacciones, ambos en el ámbito de la violencia de género.
Por el primero delito, impone 14 meses y 2 días de prisión, privación de tenencia de armas por 32 meses y prohibición de aproximación a la víctima a menos de 1.000 metros y de comunicarse con ella por 22 meses.
Suspensión de la pena de cárcel
Por el delito de coacciones, fija las penas de 44 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación de tenencia de armas por 16 meses y prohibición de aproximación a la víctima a menos de 1.000 metros y de comunicarse con ella por dos meses.
La jueza ordena que se suspenda la pena de cárcel por un plazo de dos años, bajo la condición de que el penado no cometa ningún delito, de que no se acerque a la víctima a menos de 1.000 metros, de seguir un programa formativo sobre igualdad de trato y no discriminación y de informar de todo cambio de domicilio.