Si vives en un municipio en riesgo de despoblamiento en la Comunidad Valenciana, esta deducción de la renta 2025 te interesa

Su importe base es de 330 euros, y puede incrementarse en función del número de hijos
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La Declaración de la Renta 2025 se presenta este año entre el 8 de abril y el 30 de junio. Y como cada año, uno de los errores más habituales entre los contribuyentes es confirmar el borrador tal y como llega, sin revisar las deducciones autonómicas que Hacienda no incorpora de forma automática. En la Comunitat Valenciana hay más de 35 deducciones autonómicas que tienen que añadirse a mano para que apliquen, y una de las más desconocidas es la que premia residir en un municipio en riesgo de despoblamiento.
Cuánto vale la deducción y quién puede aplicarla
La deducción está recogida en el artículo 4.1.aa de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF en la Comunitat Valenciana. Su importe base es de 330 euros, y puede incrementarse en función del número de hijos por los que el contribuyente tenga derecho al mínimo por descendientes: 132 euros adicionales si hay un descendiente, 198 si hay dos, y 264 si hay tres o más. Esto significa que una familia con tres o más hijos que resida en uno de estos municipios puede obtener hasta 594 euros de deducción sobre la cuota autonómica del impuesto.
Hay dos condiciones que deben cumplirse para poder aplicarla. La primera, haber tenido la residencia habitual en un municipio en riesgo de despoblamiento durante el ejercicio 2025. La segunda, que la base liquidable del contribuyente no supere los 30.000 euros en declaración individual, o los 47.000 euros en declaración conjunta.
Hay además una incompatibilidad relevante que conviene conocer: los importes adicionales vinculados al número de descendientes no pueden aplicarse, para el mismo hijo, simultáneamente con las deducciones por nacimiento o adopción, por nacimiento o adopción múltiple, o por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad.

Cómo saber si tu municipio está en el listado
La determinación de qué municipios tienen la consideración de "en riesgo de despoblamiento" no es arbitraria. Está regulada por la Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana, publicada en el BOE. Según esta ley, un municipio se considera en riesgo de despoblamiento cuando cumple al menos cuatro de los indicadores establecidos en su artículo 15, como son tener una densidad de población inferior o igual a 20 habitantes por kilómetro cuadrado, o bien cuando tiene una población inferior a 300 habitantes.
La lista concreta de municipios beneficiarios se actualiza anualmente a través de resoluciones de la Presidencia de la Generalitat, que se publican en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Para la declaración de Renta 2025, son determinantes las resoluciones del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento correspondientes a los ejercicios presupuestarios 2024 y 2025. La resolución del ejercicio 2025 fue publicada en el DOGV número 10175 del 19 de agosto de 2025, y está disponible en el portal oficial de la Generalitat Valenciana dedicado al fondo de cooperación contra el despoblamiento.
Por qué hay que añadirla a mano en el borrador
La deducción por residencia en municipio en riesgo de despoblamiento no aparece preincorporada en el borrador de la declaración. El borrador de Hacienda no incluye automáticamente muchas de las deducciones autonómicas valencianas, y por este motivo confirmar la declaración sin revisarla supone, en la práctica, renunciar a un ahorro fiscal al que se tiene derecho.
Para incorporarla correctamente es necesario acceder a la casilla correspondiente en la declaración, acreditar la residencia habitual en el municipio beneficiario y verificar que el municipio figure en el listado de alguna de las resoluciones del fondo de cooperación vigentes para el ejercicio declarado.
