Incendio

El nuevo paquete de ayudas a los afectados por los incendios y sus mecanismos de protección laboral durante la emergencia

El nuevo paquete de ayudas a los afectados por los incendios y sus mecanismos de protección laboral durante la emergencia
Desalojos de vecinos con el incendio de Ávila acercándose a La Adrada. Europa Press
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MadridLos gravísimos incendios forestales que asolan a España afectan ya a más de 100.000 personas que han tenido que ser evacuadas o confinadas ante el avance de las llamas que se extienden por Madrid, Ávila, Toledo o Vall d’Uixó (Castellón), entre otros. Ya son más de 175.000 hectáreas arrasadas por el fuego en lo que va de año, o lo que es lo mismo, una superficie seis veces mayor a la que se registró en el mismo periodo en 2025. Ante las dramáticas cifras y sus devastadores efectos, el Gobierno y las distintas instituciones insisten en la coordinación entre administraciones para apoyar tanto a los territorios como a los afectados, para los que se ha diseñado un nuevo paquete de ayudas que ha sido aprobado hoy en el Consejo de Ministros y a los que se les recuerda que cuentan también con mecanismos de protección laboral a los que pueden adherirse mientras dura la emergencia.

"Nadie va a enfrentarse a esta gravísima situación solo o sola. Ante emergencias como esta, contamos con los permisos climáticos: un derecho laboral pensado precisamente para que nadie tenga que elegir entre su seguridad y el empleo", ha subrayado la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

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El Gobierno recalca a los ciudadanos afectados y a la masa empresarial que los derechos estarán “protegidos”

Recordando también que las empresas con instalaciones o actividad afectadas podrán acogerse, por su parte, a los mecanismos de mantenimiento del empleo, incluidos los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTE) por fuerza mayor previstos en la reforma laboral, desde el Ejecutivo insisten en la protección de todos frente a la grave situación, que continúa con múltiples incendios activos y bajo la amenaza de una nueva ola de calor que volverá a subir las temperaturas complicando las labores de extinción.

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“Lo más importante ahora mismo es la salud, la vida y la protección de las personas. Vamos a velar para que todos vuestros derechos estén protegidos”, ha incidido la ministra, que ha apuntado que “toda esta acreditación” para activar los mecanismos de ayuda “se podrá hacer después por cualquier medio de prueba”.

"España siempre se ha levantado unida frente al fuego y esta vez no va a ser distinto", insisten desde el Gobierno.

Los efectivos desplegados en la lucha contra los incendios trabajan contra reloj para contener el fuego antes de una nueva ola de calor
Los efectivos desplegados en la lucha contra los incendios trabajan contra reloj para contener el fuego antes de una nueva ola de calor

Los mecanismos de protección laboral ante los incendios

Recordando “las principales medidas previstas para personas trabajadoras y empresas en situaciones de emergencias”, desde el Ejecutivo resumen:

  • Las personas que no pueden acceder a su centro de trabajo disponen de hasta 4 días de permiso retribuido
  • Protección de las personas trabajadoras que, como consecuencia de la pérdida de su medio de transporte o de alteraciones en el transporte público o colectivo, no puedan desplazarse a su centro de trabajo.
  • Las familias cuyas viviendas hayan resultado afectadas o que hayan tenido que ser evacuadas estarán protegidas hasta que se encuentre una solución habitacional estable y adecuada.
  • Las empresas cuyas instalaciones o actividad se hayan visto afectadas podrán acogerse a lo mecanismos de mantenimiento del empleo, incluidos los ERTE por fuerza mayor previstos en la reforma laboral.

El nuevo paquete de ayudas del Consejo de Ministros para los afectados por los incendios forestales

Junto a los mecanismos ya previstos, este martes el Gobierno ha aprobado un real decreto ley con nuevas medidas para apoyar a los afectados con el objetivo de reforzar su protección frente al impacto de una catástrofe natural.

Entre ellas, destaca una nueva prestación económica extraordinaria del SEPE por emergencia extrema, de naturaleza contributiva, para los trabajadores que no puedan acudir a su puesto de trabajo por cuestiones vinculadas a la a la situación.

Estas causas pueden ser la falta de acceso a la vivienda por evacuaciones o restricciones; que tengan que realizar tareas de limpieza, traslado, recuperación de enseres o reconstrucción del domicilio; la necesidad de abordar trámites administrativos presenciales relacionados con la emergencia o atender al cuidado de familiares afectados por los incendios.

Esa prestación extraordinaria, que no exige un periodo mínimo de cotización, equivaldrá al 70 % de la base reguladora, no consumirá cotizaciones acumuladas para futuras prestaciones por desempleo y tendrá una duración máxima de cuatro meses.

Además, el decreto también contempla la ampliación del permiso por fallecimiento tanto para trabajadores por cuenta ajena como para socios de cooperativas en cinco días hábiles posteriores al sepelio cuando la muerte esté relacionada con los incendios.

Más allá, establece que cualquier represalia empresarial contra los trabajadores que ejerzan estos derechos será considerada nula, con el objetivo de evitar perjuicios laborales derivados de la emergencia.

Las medidas entrarán en vigor tras la publicación del decreto en el BOE, con efecto retroactivo desde el 23 de julio, y se aplicarán mientras persistan las circunstancias que las justifican, aunque los incendios ya se hayan extinguido.

Prestaciones y ayudas tras la declaración de zona afectada por una emergencia de protección civil

Por su parte, el Ministerio del Interior resume las ayudas que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, se recogen en el acuerdo y que los damnificados pueden solicitar desde el momento en el que se produjo la emergencia, y cuya gestión corresponde a este Departamento.

Todas ellas, inciden, están destinadas a paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres; gastos de corporaciones locales; establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, así como a subvencionar a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes para responder a las consecuencias de la emergencia.

En ellas, además, se prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico (duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados) y por expedición del DNI.

La declaración de zona afectada por una emergencia de protección civil "abre además la vía para que otros departamentos del Gobierno puedan habilitar otras ayudas propias de sus ámbitos competenciales", las cuales, recalca Interior, pueden ser:

  • Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas. Como es habitual, las ayudas por daños personales estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y bonificaciones y exenciones de cuotas de la Seguridad Social.
  • Ayudas a las corporaciones locales: el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática concederán ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
  • Daños en infraestructuras públicas y en el dominio público: todos los ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública.
  • En materia de contratación, podrán tener la consideración de obras, servicios o suministros de emergencia, previo acuerdo del órgano de contratación conforme al artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los contratos de reparación o mantenimiento de infraestructuras, equipamientos o servicios, de obras de reposición de bienes perjudicados y de valoraciones de daños, cualquiera que sea su cuantía.
  • Se podrá declarar urgente la ocupación de los bienes afectados por las expropiaciones derivadas de la realización de estas obras, conforme a la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

211 zonas afectadas por emergencias catastróficas en 14 comunidades autónomas

Con el paquete de medidas, anunciado y concretado próximamente por el propio Ejecutivo este martes, el Consejo de Ministros activa también las citadas ayudas para los municipios declarados zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil, sin que se descarte ampliarlas si resultara insuficiente ante la evolución de la situación.

En total, se ha declarado un total de 211 zonas afectadas por emergencias catastróficas en 14 comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Baleares, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Galicia, La Rioja, Madrid, Navarra, País Vasco, Murcia y la Comunidad Valenciana.

La declaración incluye los incendios de la Comunidad de Madrid y de las provincias de Ávila y Toledo que motivaron el pasado 23 de julio la declaración de emergencia de interés nacional, la primera adoptada en España por incendios forestales. También incorpora el fuego de Vall d’Uixó (Castellón), cuyas labores de extinción continúan, al igual que en los anteriores.