Los 5 gastos que nadie sabe que se puede desgravar en la renta 2025

Algunas de estas deducciones no están automatizadas porque Hacienda no dispone de la información
Antes de pulsar “aceptar”, conviene revisar con atención las posibles deducciones autonómicas aplicables
Estafas telefónicas y otros fraudes que te puedes desgravar en la declaración de la renta 2024-2025
MadridLa campaña de la Renta 2024-2025 ya está en marcha, y como cada año, miles de contribuyentes se limitan a revisar el borrador, corregir algún dato personal y confirmar sin más. Sin embargo, ese automatismo puede salir caro. En muchas ocasiones, la declaración no incluye deducciones fiscales a las que el contribuyente tiene derecho, especialmente si se trata de gastos menos conocidos o que varían según la comunidad autónoma. Repasamos cinco de esos “gastos invisibles” que —aunque completamente legales y recogidos en la normativa— pasan desapercibidos para la mayoría, pero que pueden traducirse en un ahorro significativo al presentar la declaración de la renta pertinente.
Enseñanza de idiomas y actividades extraescolares
Aunque las deducciones por gastos escolares no están recogidas en la normativa estatal, muchas comunidades autónomas sí las contemplan dentro de sus tramos autonómicos del IRPF. Por ejemplo Madrid permite deducir hasta el 15% de los gastos en enseñanza de idiomas para hijos escolarizados. Por su parte Andalucía aplica un 15% de deducción por enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática, con un límite de 150 euros por hijo. En el caso de Asturias ofrece deducciones por compra de libros de texto, al igual que Aragón y Castilla y León.
Estas deducciones deben incluirse de forma manual en la declaración, ya que no aparecen en el borrador de Hacienda. Tampoco se admiten si los pagos se realizaron en efectivo: deben justificarse con facturas y, preferentemente, abonos bancarios.
Cuotas a colegios profesionales y sindicatos
Otro gasto que muchas personas pasan por alto —y que Hacienda no incluye por defecto— son las cuotas abonadas a sindicatos son deducibles en su totalidad, como gasto en los rendimientos del trabajo. Se consignan en la casilla 14. En el caso de los colegios profesionales, también deducibles, aunque con un límite del 500 € anual, siempre que la colegiación sea obligatoria para el desempeño del trabajo.
Donativos a ONGs y entidades sin ánimo de lucro
Esta es una deducción conocida, pero aún así infrautilizada. La ley permite deducir hasta el 80% de los primeros 150 euros donados a una ONG o fundación inscrita, y del 35%-40% del resto, si se ha mantenido la fidelidad en la donación durante al menos tres años a la misma entidad.
Es decir, por una donación de 200 euros, se pueden recuperar 170 euros en forma de deducción. Sin embargo, muchas personas no la aplican porque no conservan el certificado de donación, obligatorio para poder deducir.

Gastos en deporte
En comunidades como la Valenciana, los gastos en actividades físicas o deportivas también son deducibles, al permitir un 30% de deducción sobre los gastos en servicios deportivos, hasta un máximo de 150 euros al a ño. Ese porcentaje se eleva hasta el 50% o incluso 100% si el contribuyente tiene más de 65 años o presenta algún grado de discapacidad.
Eso sí, se debe haber acudido a un centro homologado o inscrito en el registro autonómico, y conservar la factura nominativa. Se trata de una medida para promover el envejecimiento activo y hábitos saludables, pero que apenas es utilizada por falta de difusión institucional.
Obras para mejorar la eficiencia energética del hogar
Desde 2021, el Estado permite deducir una parte considerable de las obras realizadas en la vivienda habitual siempre que mejoren su eficiencia energética. En concreto es del 20% si las obras reducen al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. El porcentaje asciende al 40% si las obras reducen el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30% o mejoran la calificación energética de la vivienda a “A” o “B”.
El tope anual deducible es de 5.000 euros (20%) o 7.500 euros (40%) y es obligatorio presentar certificados de eficiencia energética antes y después de la obra. Pese a su potencial, esta deducción ha tenido poca repercusión mediática y muchos contribuyentes con reformas realizadas entre octubre de 2021 y diciembre de 2024 no la están aplicando.
El borrador no lo es todo
Confirmar el borrador de la Renta sin revisar estas deducciones equivale, en muchos casos, a dejar dinero sobre la mesa. Algunas de estas deducciones no están automatizadas porque Hacienda no dispone de la información —como ocurre con las cuotas sindicales— y otras requieren documentación o condiciones específicas que deben introducirse manualmente.
Por eso, antes de pulsar “aceptar”, conviene revisar con atención las posibles deducciones autonómicas, revisar facturas del año anterior, y plantearse si hemos realizado algún gasto que pueda encajar en este tipo de beneficios fiscales. Como bien apunta la OCU: “una buena declaración no solo es la que se entrega a tiempo, sino la que se hace con criterio y conocimiento”.