El importe mínimo que ganarán las empleadas del hogar por hora trabajada tras la subida del SMI en 2026: un 3,1% más que el año pasado

La diferencia para las empleadas del hogar es de 29 céntimos por hora respecto a 2025, un 3,1% más
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La reciente actualización del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026 también introduce cambios relevantes en el trabajo doméstico. La nueva cuantía queda fijada en 40,70 euros por día o 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos anuales.
Esta cifra establece el umbral retributivo obligatorio para todas las actividades económicas, desde la agricultura hasta los servicios, sin distinción de edad ni género. La medida, formalizada por el Ministerio de Trabajo, impactará en torno a 2,5 millones de personas trabajadoras en España.

En el caso de las empleadas y empleados del hogar, el efecto es especialmente significativo debido a la estructura particular de su régimen laboral, donde predominan los contratos a tiempo parcial y los servicios por horas en distintos domicilios.
El salario por hora en el servicio doméstico
La normativa que regula la relación laboral especial del hogar familiar contempla una referencia específica cuando la prestación se realiza por horas y en régimen externo. Para 2026, la retribución mínima por cada hora efectivamente trabajada se sitúa en 9,55 euros. Esta cifra incluye todos los conceptos salariales obligatorios y se aplica cuando la jornada no alcanza el tiempo completo semanal.
En el ejercicio anterior, el mínimo por hora estaba fijado en 9,26 euros. La diferencia de 29 céntimos por hora refleja una subida aproximada del 3,1%, en línea con la actualización general del salario mínimo.
En términos prácticos, para una persona que trabaje veinte horas semanales, la mejora anual puede superar los 300 euros brutos, dependiendo de la distribución de la jornada y las pagas extraordinarias.
Este ajuste tiene especial relevancia en un sector donde la contratación fragmentada es habitual. Muchas trabajadoras prestan servicios en varios hogares, lo que convierte el cálculo por horas en la referencia esencial para garantizar que se cumple el mínimo legal.
Retribución íntegra en metálico y límites al salario en especie
La legislación vigente establece que las cuantías fijadas como salario mínimo deben abonarse íntegramente en dinero. Esto implica que conceptos como alojamiento o manutención, habituales en determinados supuestos de empleo interno, no pueden utilizarse para reducir la parte en efectivo hasta situarla por debajo del mínimo legal.
En otras palabras, el salario en especie no puede compensar ni absorber el importe mínimo obligatorio. La norma protege así a las personas trabajadoras frente a posibles prácticas que diluyan la retribución real en metálico.
Esta garantía resulta clave en un ámbito donde las condiciones laborales han evolucionado en los últimos años hacia una mayor equiparación con el régimen general.
Aunque el acuerdo se acaba de formalizar en febrero de 2026, la actualización tiene efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de este mismo año.
Esto significa que las empleadas del hogar pueden reclamar las diferencias salariales correspondientes a los meses ya trabajados si su retribución no se ajustó desde el inicio del ejercicio a las nuevas cuantías.
Eventuales y temporeros con nuevas referencias mínimas
La revisión del salario mínimo también incide en las personas trabajadoras eventuales y temporeras cuyos servicios a una misma empresa no superen los 120 días. En estos casos, el importe diario debe integrar la parte proporcional de domingos, festivos y pagas extraordinarias. Para 2026, la cuantía mínima por jornada legal en estas actividades no puede ser inferior a 57,82 euros.
Aunque este colectivo no se corresponde directamente con el servicio doméstico, la actualización confirma la vocación expansiva del salario mínimo como instrumento de garantía retributiva en distintos regímenes laborales.
