Abierto el plazo de solicitud del Bono Emancípate de la Xunta: requisitos y en qué se puede gastar

Imagen de archivo de una mudanza
Imagen de archivo de una mudanza. PEXELS
  • Se trata de una línea de ayudas para la compra de muebles y enseres destinada a jóvenes de entre 18 y 35 años

  • Las ayudas ascienden a 1.500 euros para viviendas alquiladas y 3.000 para las compradas recientemente

  • Además de muebles y enseres, también permitirá pagar los gastos de mudanza, gestoría y notaría

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A CoruñaLa Xunta ha abierto este jueves el plazo de solicitud del 'Bono Emancípate', la línea de ayudas para que jóvenes de entre 18 y 35 años puedan adquirir muebles y otros enseres domésticos para una vivienda recién comprada o alquilada.

Según las bases publicadas la semana pasada en el Diario Oficial de Galicia (DOG), consistirá en una tarjeta monedero virtual cuyo plazo de petición estará abierto hasta el 30 de abril si no se agota antes el crédito de 1,94 millones de euros habilitado.

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Cada bono estará dotado de 1.500 euros para los casos de alquiler y de 3.000 euros para los de compra y se podrá gastar hasta el 31 de diciembre de 2025. Se adjudicará por la modalidad de concurrencia no competitiva, es decir, se irán validando por orden de solicitud siempre que se cumplan los requisitos.

Dónde solicitarlo

En la petición, que será a través de la sede electrónica de la Xunta, habrá que aportar un contrato acreditativo del arrendamiento o de la adquisición de la vivienda posterior al 31 de mayo de 2024.

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La resolución de las solicitudes la debe adoptar la directora xeral de Xuventude, Lara Meneses, en el plazo de cuatro meses. Si transcurre este tiempo sin resolución expresa, se entenderá rechazada.

Requisitos

De acuerdo con las bases publicadas en el DOG, para ser beneficiario del bono hay que tener menos de 36 años en el momento de la solicitud y nacionalidad española o de algún Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

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Además, habrá que disponer de una fuente regular de ingresos, bien por trabajo o bien por una prestación pública de carácter periódico, ya sea contributiva o asistencial.

Los solicitantes tendrán que acreditar una vida laboral de, por lo menos, tres meses de antigüedad en los seis meses inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, por lo menos, seis meses desde el día de su solicitud.

El límite máximo de los ingresos anuales será, con carácter general, tres veces el IPREM en caso de solicitudes individuales y cuatro veces si se solicita por unidad de convivencia.

Otras condiciones

El umbral se elevará a cuatro y cinco veces el IPREM, respectivamente, si se cuenta con una discapacidad de hasta el 33 por ciento; mientras que, si esta es superior al 33 por ciento, el límite máximo será de cinco y seis veces el IPREM.

En casos de alquiler, se deberá acreditar que todas las personas que componen la unidad de convivencia están incluidas en el contrato de alquiler y que tienen menos de 36 años. No pueden tener entre sí parentesco en primer grado de consanguinidad.

Asimismo, el solicitante y todas las personas de la unidad de convivencia tienen que estar empadronadas en el domicilio comprado o alquilado.

Solo se podrá obtener un bono por vivienda. No obstante, si lo piden más de una persona por unidad de convivencia, se distribuirá entre ellas la cuantía a partes iguales.

Causas de exclusión

No se podrá acceder al bono cuando se sea propietario o usufructuario de una casa en España, salvo que se tenga una parte de ella por una herencia o que no pueda ocuparla por separación, divorcio y otras causas ajenas a su voluntad.

Tampoco se podrá tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador o vendedor de la vivienda.

Además, tanto los beneficiarios del bono como el resto de integrantes de su unidad de convivencia deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias.

Dónde gastarlo

Las bases también concretan qué tipo de enseres se pueden adquirir con el bono. Se deberá gastar en establecimientos de muebles, electrodomésticos, decoración y otros locales especializados, grandes superficies, empresas de mudanzas, gestorías y notarías, todos ellos situados en Galicia.

La ayuda permitirá comprar muebles de salón, de comedor, de dormitorio, de cocina, de baño, electrodomésticos básicos --horno, microondas, lavadora, secadora, nevera, deshumidificador y radiador--, artículos de decoración, menaje de cocina, así como textil de hogar, por ejemplo sábanas, edredones y toalla, entre otros.

También se podrá pagar los gastos de mudanza, de gestoría y notaría para las gestiones derivadas de los contratos de arrendamiento y compraventa.

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