Deducciones autonómicas para Galicia: una de ellas vinculada a los daños causados por los incendios forestales
Esta Comunidad Autónoma aplica sobre la cuota íntegra autonómica del IRPF un catálogo de 22 deducciones propias para el ejercicio 2025
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La Comunidad Autónoma de Galicia aplica sobre la cuota íntegra autonómica del IRPF un catálogo de al menos 22 deducciones propias para el ejercicio 2025, según el Manual práctico de Renta 2025 de la AEAT, actualizado a 17 de marzo de 2026. El catálogo incluye novedades específicas para la campaña 2025, entre las que destaca una deducción vinculada a los daños causados por los incendios forestales de ese año que activaron el PEIFOGA en Situación 2. Eso sí, solo pueden aplicarlas los contribuyentes que hayan tenido su residencia habitual en Galicia durante 2025 o la mayor parte de él.
Deducciones por nacimiento y adopción
La deducción por nacimiento o adopción de hijos es una de las más generosas del territorio común para contribuyentes con rentas bajas y familias numerosas. Para contribuyentes cuya base imponible total menos el mínimo personal y familiar no supere los 22.000 euros, las cuantías son de 360 euros por el primer hijo, 1.200 euros por el segundo y 2.400 euros por el tercero y siguientes. Para bases superiores a 22.000,01 euros, el importe se unifica en 300 euros por hijo (360 euros en parto múltiple). La deducción se aplica en el ejercicio del nacimiento y en los dos siguientes, con el requisito de convivencia a 31 de diciembre. Un incremento del 20% sobre todas las cuantías se activa automáticamente para contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes. Si el hijo nacido tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, todas las cuantías anteriores se duplican.
La deducción para familias con dos hijos e hijas complementa el esquema anterior con una cuantía específica para el tramo de dos descendientes que no alcanza la condición de familia numerosa, y puede acumularse con las anteriores cuando se cumplen ambos supuestos.
Deducciones del alquiler
La deducción por alquiler de vivienda habitual es del 10% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 300 euros por contrato y año. El porcentaje sube al 20% con límite de 600 euros cuando el arrendatario tiene dos o más hijos menores de edad. Ambas cuantías se duplican si el arrendatario acredita una discapacidad igual o superior al 33%. Los requisitos de acceso son tres: edad igual o inferior a 35 años a 31 de diciembre; contrato de arrendamiento posterior al 1 de enero de 2003; y depósito de la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS), o en su defecto copia de la denuncia presentada ante ese organismo por no haberla recibido del arrendador. El límite de renta es de 22.000 euros en tributación individual y 31.000 euros en conjunta.
Deducción por el cuidado de hijos menores
La deducción por cuidado de hijos menores es del 30% de las cantidades satisfechas a una persona empleada del hogar o en escuelas infantiles de 0 a 3 años, cuando ambos progenitores trabajen por cuenta propia o ajena. El límite es de 400 euros con carácter general y de 600 euros si hay dos o más hijos con tres años o menos. Para aplicarla, la empleada del hogar debe estar dada de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social. El límite de base imponible, minorada en el mínimo personal y familiar, es de 22.000 euros en individual y 31.000 euros en conjunta.
Deducción por inversión en nuevas empresas
La deducción por inversión en acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación es del 30% de las cantidades invertidas en constitución o ampliación de capital de sociedades anónimas, limitadas, laborales o cooperativas, con un límite máximo de 6.000 euros. La sociedad debe tener su domicilio social y fiscal en Galicia, desarrollar actividad económica real y contar con al menos una persona empleada a jornada completa con residencia habitual en Galicia durante los tres años siguientes. La participación del contribuyente debe mantenerse un mínimo de tres años y no puede superar el 40% del capital social.
Deducciones por eficiencia energética
Galicia tiene una deducción autonómica propia por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o viviendas unifamiliares, que opera de forma complementaria, y compatible, con las tres deducciones estatales del 20%, 40% y 60% ya comentadas en artículos anteriores de esta serie. También existe una deducción específica por instalaciones de climatización y agua caliente sanitaria con energías renovables en la vivienda habitual, destinadas exclusivamente al autoconsumo.
Otras deducciones destacadas del catálogo gallego
El catálogo se completa con la deducción por gastos en nuevas tecnologías en hogares gallegos, como las conexiones a internet de banda ancha, la deducción por rehabilitación de inmuebles en centros históricos, la deducción por inversión en empresas agrarias, la deducción para contribuyentes con discapacidad igual o superior al 65% que precisen ayuda de terceras personas, la deducción por adquisición y rehabilitación de viviendas en proyectos de aldeas modelo y, como novedad absoluta de 2025, la deducción vinculada a las subvenciones y ayudas por daños de los incendios forestales del PEIFOGA en Situación 2 ocurridos en Galicia en 2025.