Crimen

El caso de los gemelos asesinados en Vallecas en la Nochebuena de 2004: dos puñaladas al corazón y una condena que tardó siete años

Imagen de las autoridades madrileñas en Navidad
El crimen de los gemelos de Vallecas se produjo en 2004; imagen de las autoridades madrileñas en Navidad. Pixabay
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La madrugada del 24 de diciembre de 2004, en plena Nochebuena, una discusión en una bodega del barrio madrileño de Vallecas acabó de la forma más violenta posible. Dos hermanos gemelos, vecinos de la zona, se vieron envueltos en un enfrentamiento con otros clientes del local que continuó en la calle. Minutos después, ambos yacían sin vida sobre la acera, mientras los presuntos agresores, un hombre y su yerno, se daban a la fuga. Después de numerosos golpes, habían clavado un cuchillo en el corazón a las víctimas, según las investigaciones policiales y el informe forense.

Los fallecidos eran José María y Esteban López Martínez, de 47 años y albañiles de profesión. El suceso ocurrió alrededor de las 00:30 horas, en las inmediaciones de la bodega 'El Altozano', situada en la confluencia de la calle Esteban Carros con la avenida de las Glorietas, en el entorno del Pozo del Tío Raimundo. Cuando llegaron los servicios de emergencia, los dos hermanos presentaban heridas mortales por arma blanca y no fue posible reanimarlos.

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Según las crónicas publicadas entonces, la pelea se inició dentro del bar y se trasladó al exterior cuando los implicados salieron a la calle. La agresión fue extremadamente violenta y muy rápida: el forense determinó que ambas puñaladas directas al corazón provocaron muertes prácticamente instantáneas. Desde las primeras horas posteriores al crimen, la Policía Nacional centró la investigación en tres hombres relacionados con el caso, entre ellos un suegro y su yerno que habían sido vistos discutiendo con las víctimas momentos antes. Los agentes acudieron a la vivienda de uno de ellos esa misma noche, pero la encontraron vacía, lo que reforzó la hipótesis de la huida.

José María y Esteban López Martínez
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Tres acusados, dos condenados: uno de ellos recibió la sentencia firme 13 años después del crimen de los hermanos

La investigación policial se prolongó durante años. En febrero de 2005 fue detenido uno de los presuntos implicados, Jeromo S. M., de 57 años, cuando se encontraba oculto en un domicilio del distrito de Carabanchel. Su yerno Joaquín E. J. permaneció en paradero desconocido durante casi siete años, con una orden de detención europea en vigor, hasta que fue arrestado en agosto de 2011 tras ser localizado en el asentamiento de Puerta de Hierro en Madrid. Con esta detención concluyó la fase policial del caso.

El recorrido judicial fue largo y lleno de vaivenes. En 2006, Jeromo S. M. fue juzgado y condenado de forma firme a 38 años de prisión por los asesinatos de los hermanos gemelos, convirtiéndose en el primer condenado por estos hechos. Años más tarde, con los otros dos implicados ya detenidos, la Audiencia Provincial de Madrid celebró un nuevo juicio. En marzo de 2016, tras un proceso con jurado popular repetido por cuestiones procesales relacionadas con la práctica de pruebas, Joaquín E. J. y Ricardo S. J., yerno e hijo de Jeromo respectivamente, fueron condenados a 36 años de prisión por dos delitos de asesinato, con una indemnización de 480.000 euros para las familias de las víctimas.

Sin embargo, esta sentencia fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en junio de 2016, que ordenó la puesta en libertad de ambos al considerar insuficiente la valoración de la prueba indiciaria en el juicio. Las viudas de los hermanos recurrieron esta decisión ante el Tribunal Supremo y en julio de 2017 se estimó parcialmente el recurso. El alto tribunal condenó a 36 años de prisión a Joaquín E. J. por dos delitos de asesinato con alevosía, al considerar que hay indicios suficientes de su participación en los hechos, y confirmó la absolución de Ricardo S. J. al no poder probarse que estuviese presente en el momento central del ataque. Así lo recoge una nota oficial del Consejo General del Poder Judicial.

El Supremo también señaló que no pudo determinarse con certeza cuál de los acusados asestó las puñaladas mortales, pero subrayó que la conducta conjunta y la coincidencia de todos en el lugar y la hora de los hechos permiten concluir que actuaron como coautores o cooperadores necesarios en el crimen.