La Dirección General de Tráfico anuncia medidas más duras para algunos vehículos, con el objetivo de aclarar una confusión entre conductores y estaciones de la ITV
La DGT confirma el cambio que afectará a millones de conductores por una nueva señalización en carretera
La ITV es una inspección técnica que tiene que pasar obligatoriamente nuestro vehículo cada cierto tiempo. En este procedimiento se revisa si nuestro coche cumple los estándares de seguridad y pasa la normativa de gases. La DGT publicó recientemente algunos cambios, endureciendo los plazos de la ITV para algunas autocaravanas y furgonetas vivienda.
La Dirección General de Tráfico dio a conocer la Instrucción PROT 2026/04, de 11 de marzo de 2026, que sustituye a la PROT 2023/14 y hace más estrictos los plazos de inspección técnica para una parte de las autocaravanas y furgonetas vivienda, según su homologación. Esta medida no afecta a coches particulares, pero deberás estar muy atento si tienes este tipo de furgoneta camperizada, ya que te tocará pasar la ITV cada seis meses.
¿Qué vehículos tienen que pasar la ITV cada seis meses?
Cabe recordar que pasar correctamente la Inspección Técnica de nuestro vehículo es muy importante por tema seguridad. Además, circular sin la ITV puede conllevar una sanción económica de 200 (ITV desfavorable) o 500 euros (ITV negativa), dependiendo del caso. En las situaciones más graves, si se manipula la pegatina de la ITV, el conductor implicado se enfrentaría a una sanción económica de entre 6.000 y 12.000 euros y a una pena de prisión de tres a seis meses.
La ITV es un trámite obligatorio para todos los vehículos, y dependiendo de su antigüedad, se tendrá que pasar con mayor o menor frecuencia. Los vehículos en España están obligados a pasar la inspección técnica, cuando transcurren 4 años si es nuevo. Cada 2, cuando hayan cumplido esos 4 años, y cada año si el vehículo tiene más de 10 años.
A la lista de vehículos destinados al transporte de mercancías o de personas cuando superan los 10 años de antigüedad, como autobuses con más de 9 plazas o remolques y semirremolques de ciertas categorías (O2, O3, O4), se une un tipo de vehículo más que hay que saber diferenciar.
Algunas furgonetas camperizadas deberán pasar la ITV cada seis mes, cuando superen los diez años de antigüedad. Esta novedad afecta a los vehículos de la categoría N. Hay que tener en cuenta que la categoría a la que pertenece es la que aparece en su ficha técnica.
Las camper que figuren como categoría N tendrán que seguir el calendario de los vehículos de transporte de mercancías, teniendo que pasar la ITV cada seis meses. Por otro lado, las autocaravanas se homologan como categoría M, igual que un turismo. Esto hace que tengan que pasar la ITV por primera vez cada 4 años, después cada 2 entre los 4 y los 10 años, y anuales si el vehículo tiene más de 10 años. Además, si has camperizado tu furgoneta a posteriori, debes tener en cuenta que cuando pase los 10 años, te tocará pasar la ITV dos veces al año.
La DGT puso esta nueva normativa en vigor, con el objetivo de diferenciar claramente las autocaravanas de vehículos camperizados, que generaban confusión entre conductores y estaciones ITV. Además, y aunque hayan surgido algunas dudas, esta medida no afecta a todos los coches de más de 10 años de antigüedad, solo a una categoría específica, vehículos que figuren en la categoría N.

